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Fuentes Bibliográficas
Sociedad y Población Rural en la Formación de Chile Actual: La Ligua 1700-1850
 
Segunda parte: Las actividades económicas.
 
Capítulo II. Las actividades agrícolas.

3. La renta anual de la propiedad agrícola en el valle de La Ligua.

Los "catastros" de la renta anual de cada propiedad agrícola nos ponen en contacto directo con la realidad económica de los propietarios. En 1833 se aplica un impuesto del 3% sobre la renta anual de cada propiedad agrícola, lo que obligó a estimar su valor. Las propiedades evaluadas con una renta anual de menos de $ 150 no quedaron afectas al impuesto. La estimación de la renta se hizo fundamentalmente sobre la base de su extensión o de la superficie de cada propiedad, por lo que las rentas más altas corresponden a las propiedades más grandes.

Cuadro N° 17
RENTA ANUAL DE LAS PROPIEDADES AGRÍCOLAS DE LA LIGUA. 1833(117)

Categoría de la renta
Propiedades
Renta anual
% sobre el
total
valor
% sobre el
total
$151 a $250
4
23,5
$ 800
2,5
$251 a $ 500
3
17,6
1.500
4,7
$501 a $1.000
1
5,9
600
1,9
$1.001 a $2.500
4
23,5
8.500
26,4
$2.501 y más
5
29,5
20.800
64,5
Total
17
100,0
$32.200
100,0

La ausencia de evaluación de las propiedades más pequeñas nos impide conocer el valor de las que no llegaban a $ 150 de renta anual. Parece cierto, sin embargo, que el numeroso grupo de pequeños propietarios y arrendatarios no quedaron afectos al impuesto como resultado de su capacidad económica insuficiente.

Como se ve la renta anual de las propiedades agrícolas existentes en el valle de La Ligua ascendía a $ 32.200 en 1833; pero sólo cinco propiedades comprendían el 65 % de ella.

Una nueva evaluación de la renta agrícola se hizo en 1853, cuando comienza a aplicarse un impuesto directo a la producción en reemplazo del "diezmo" tradicional. Esta vez fueron evaluadas todas las propiedades agrícolas con una superficie superior a media cuadra (0,75 hectáreas):

Cuadro N° 18
RENTA ANUAL DE LAS PROPIEDADES AGRÍCOLAS. LA LIGUA. 1853(118)

Categoría de renta
Propiedades
Renta anual
%
valor
%
0 - $30
55
32,5
$ 1.626
1,7
$31 - $50
48
23,7
1.690
1,7
$51 - $100
38
22,5
2.707
2,8
$101 - $200
13
7,7
1.939
2,0
$201 - $500
9
5,3
3.440
3,5
$501 - $1.000
5
3,0
3.890
4,0
$1.001 y más
9
5,3
82.228
84,3
Total
169
100,0
$97.520
100,0

Las cifras anteriores permiten apreciar que más de la mitad de las propiedades agrícolas tenían una renta anual de $ 50 o menos. Por otra parte, el 56,2% del total de las propiedades sólo representaban el 3,4% del valor de la renta agrícola total del Departamento. En el otro extremo, en cambio, el 85% de la renta total pertenecía a sólo el 5% del total de las propiedades. El valor total de la renta asciende a $ 97.520, lo que representa un aumento del 300% con respecto a 1833.

El gravamen a las pequeñas propiedades fue abolido en 1875, al disminuirse el impuesto global que le fue asignado al departamento de La Ligua. La renta mínima fue estimada en $ 500, lo que hizo que sólo 16 predios quedaron afectos. En conjunto, éstos representaban una renta total de $ 53.262(119). Finalmente se volvía a la situación de 1833 en lo que respecta a las propiedades que debían pagar el impuesto aunque el monto total de la renta fue alzado en 65% .