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Fuentes Bibliográficas
Sociedad y Población Rural en la Formación de Chile Actual: La Ligua 1700-1850
 
Primera parte: El marco físico y social.
 
Capítulo III. La doctrina de La Ligua.

7. El Sustento Económico Del Clero. Las Rentas Eclesiásticas.

El servicio de cada doctrina se encargaba a un cura, a quien se le dotaba con un salario de $ 400 anuales correspondientes a $ 2:2 por cada indígena; estos fondos se obtenían de la retribución que le correspondía al indio por los servicios prestados al encomendero. La disminución del número de indios, de las encomiendas y de los pueblos determinaron que muy pronto la renta se viera notoriamente reducida a menos del 50% decreciendo con ello el interés por servir la doctrina(46). La doctrina de La Ligua, aunque algo más tarde que otras, no escapó a esta situación: hacia 1646 la renta total había bajado ya en un 10%(47).

La creciente disminución de la renta asignada a los curatos rurales trató de paliarse con la asignación de fondos provenientes de los censos de los naturales, con los que se intentó completar la cantidad primitivamente señalada: así fue como a la doctrina de La Ligua se le fijó en 1680 la cantidad de $ 50 de salario con cargo a dichos censos, correspondientes al 5 % del rédito que se obtenía de un principal de $ 1.000 conque se gravaron diversas propiedades rurales y urbanas de La Ligua, Valparaíso y Santiago(48).

A mediados del siglo XVII las rentas del curato de La Ligua procedían de la parte que le correspondía de los réditos generados por los capitales impuestos a censos y de las obvenciones parroquiales, que consistían en las cantidades percibidas por concepto de celebración de bautismos, matrimonios y defunciones, además de las misas de honra y derechos de vicaría, cuyo total permitía calcular la contribución que debían aportar los curatos a la renta episcopal denominada cuarta. En 1767 se estimaba en $ 50 para La Ligua(49).

Al finalizar el siglo XVIII la participación del curato en los dividendos generados por los capitales de indios impuestos a censos ascendían a $ 68,7, correspondientes al 5% de $ 1.379 en que estaban "acensuadas" dos propiedades evaluadas en $ 1.179 la primera y $ 200 la segunda. La obligación impuesta al cura incluía el oficiar 30 misas por los indígenas(50).

El curato no tenía otro tipo de rentas y su participación en los censos no varió mayormente durante más de un siglo pues en 1834 seguía percibiendo los mismos $ 68,7(51). En cuanto a las obvenciones, con el aumento de la población se habían triplicado: los $ 500 que se calcularon en 1767 se elevaron a $ 1.500 en 1840, no obstante que el curato experimentó dos desmembraciones de su territorio entre una fecha y otra(52).

Los curatos que no disponían de participación en los censos quedaban sujetos sólo a las obvenciones cuyo monto total, irregular y variable por la ocupación discontinua y dispersa del espacio, determinaban el escaso interés de los curas por servirlos. Sólo un gran territorio permitía reunir un número importante de fieles, aunque ello hacía más difícil su obra apostólica.