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La Aurora de Chile
Número 14. Jueves, 14 de Mayo de 1812. Tomo I.
Nociones fundamentales de derecho público. Origen y fundamentos de la soberanía. Consideraciones en torno al origen de la soberanía.

Los pactos fundamentales, que forman los cuerpos políticos, constituyen también la autoridad suprema, resultado necesario de las convenciones humanas. Los pactos fundamentales de la sociedad, de ningún modo disminuyen ni obscurecen el sublime origen de la alta potestad, fundada en principios capaces por si solos de hacerla respetable. Los hombres, en efecto, pensaron en el establecimiento de los estados y sociedades civiles en consecuencia de los consejos de la recta razón que les hizo conocer que el establecimiento del poder supremo era esencialmente necesario a la conservación de la tranquilidad, orden y felicidad de la especie humana. Dios solo, autor de nuestra razón y de la ley natural, pudo inspirar a los hombres la idea y el deseo de este establecimiento, de donde se sigue que el Ser Supremo es el autor primario de la potestad soberana y de las sociedades civiles. Este es el principio porque los caudillos, o jefes supremos de las naciones, sea cual fuere el nombre que lleven, sea de monarcas, sea de senadores, cónsules, presidentes, etcétera, basta que estén revestidos de la soberanía para que se consideren constituidos por la misma divinidad, y se les respete como a imágenes de Dios sobre la tierra; no solo por que se han constituido por los pueblos en consecuencia del dictamen de la razón, sino también porque en virtud del poder de que están revestidos, conservan el buen orden, la paz y la armonía en el Estado, al ejemplo de Dios que conserva el orden del universo. Este efecto grande y saludable no podían los hombres prometerse de sola la ley natural, por no tener ella una fuerza coactiva presente y sensible como los magistrados, cuya autoridad sostenida por la fuerza contiene por el temor los atentados del crimen.

Hay escritores que sostienen que el gobierno civil debe su origen a la guerra. Esta proposición solo es verdadera en dos sentidos: porque es muy probable que en los remotos tiempos los padres de familia, que habían vivido separados e independientes, se reuniesen y formasen sociedades civiles para repeler las violencias cometidas por la injusticia armada. Es también cierto que en tiempos menos distantes se formaron imperios por la conquista, la usurpación y la violencia. Pero no fueron precisamente las guerras las que por si mismas produjeron el poder soberano. Las guerras se hacían por ejércitos, los ejércitos eran mandados por jefes cuya autoridad debió necesariamente preceder a la invasión. En cuanto a los que fueron subyugados por aquellos ejércitos, es evidente que el vencedor no tuvo sobre ellos autoridad legítima hasta que libre y espontáneamente se obligaron a su obediencia; es pues claro que la guerra no produjo originariamente el poder soberano.

Hay pues un poder tan soberano en las repúblicas como en las monarquías, y este poder es conferido por los pueblos; y desde el instante de su instalación tiene toda la fuerza y autoridad para ejercer las funciones de la soberanía. Estos principios son muy claros y obvios. No obstante, ¿cuántas veces se han olvidado, cuántas veces se han conculcado el derecho y la dignidad de los pueblos? Estos atentados han sido tan antiguos como frecuentes. El Senado de Roma confería reinos, y algunos príncipes, cuyos estados eran independientes de la autoridad de aquella república, solicitaban de ella el título de reyes y lo recibían con agradecimiento. A las veces se ha dispuesto con una arrogancia inconcebible de los estados libres e independientes, y subiendo como por grados de pretensión en pretensión se han dado, cedido, vendido los reinos y los imperios de las cuatro partes del mundo.

(Se Continuará [2])

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[2] Véase el artículo titulado "De las diversas formas de gobierno. De los gobiernos simples y regulares", en Tomo I, Nº 16, Jueves 28 de Mayo de 1812 (N del E).
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