Santiago, 9 de septiembre de 1814.
Noticioso el Gobierno de que varios comerciantes trasladan sus efectos de esta capital para afuera, escandalizando al público este movimiento que por otra parte lo priva de lo necesario; ordena que ninguno pueda hacer semejante traslación, y que vuelvan los géneros exportados dentro del tercero día, todo bajo la pena de comiso. Imprímase, y el plazo corre desde la publicación en el Monitor.‑ Carrera.‑ Uribe.‑ Muñoz.
Santiago y septiembre 9 de 1814.
No pudiendo el Gobierno por sí entender en los vastos ramos que la necesidad y las urgencias ponen a su cuidado; siendo uno de los más preferentes el de la organización de los cuerpos de que debe componerse el ejército de la patria, autoriza al efecto con todo el lleno de sus facultades al Excelentísimo señor Presidente y General en Jefe de aquel [7], para que en su virtud proceda a realizar la fuerza efectiva, y tome por sí cuantas providencias por todas las clases, generales y jefes del Estado. Transcríbase en el Monitor, y póngase en noticia de dicho señor excelentísimo con copia de este decreto.‑ Uribe.‑ Muñoz.
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[7] José Miguel Carrera (N. del E).