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El Monitor Araucano
Tomo II. N° 51. Viernes 10 de Junio de 1814.
Bando. Fechado el 8 de junio, reitera el anterior.

Don Antonio José de Irisarri, Gobernador Intendente de la provincia del Estado de Chile, etc.

Por cuanto se me ha denunciado que en contravención al bando publicado el día 7 del que rige, se excusan los bo­degoneros expender la azúcar por los precios designados, suspendiendo el abasto de esta especie en perjuicio del público; en esta inteligencia, y de la obligación a que me ciñe el ministerio que ejerzo de hacer cumplir las órde­nes de la Suprema Dirección, he venido en ordenar que todos los bodegoneros o mercaderes de menudeo, sin la menor excusa ni pretexto, vendan al público la [el] azúcar entera al precio prefijado de cuatro reales por libra, y de dos por media, y al de tres reales por la de molida, bajo la pena establecida en el citado bando, que a la menor queja se les aplicará, sin que les valga pretexto, ni de ex­cepción el de excusárseles los de almacén, o que venden por mayor, a darles el fardo al precio que se les ha orde­nado, pues dándoseme parte de la excusa, serán también penados con la misma pena con que se les ha conminado. Y para que llegue a noticias de todos, publíquese, fíjese e imprímase. Fecho en esta ciudad a 8 de junio de 1814.- Antonio José de Irisarri.- Agustín Díaz, Escriba­no de Gobierno.