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El Monitor Araucano
Tomo II. Nš 44. Martes 17 de Mayo de 1814.
Nota. Relativa al arancel de boticas.

Se ha notado que el Arancel de Boticas que por orden del Supremo Gobierno, se mandó dar a la imprenta en lengua castellana, de [del] que se imprimieron muchos ejemplares, éstos no han tenido el despacho correspondiente; se cree que esto proviene de que el público no ha advertido su utilidad; ésta no consiste en que cada uno pueda pasar por el Arancel las recetas de los médicos, por que el precio de éstas se le puede preguntar al facultativo que debe estar instruido en el Arancel; la utilidad está en el uso de los simples, que son muchísimos, pues en vista del Arancel puede cualquier padre de familia que necesita, v. gr. una agua, aceite, emplasto, bálsamo, espíritu, flor, yerba, etc. saber su valor, y de este modo evitar cualquier fraude en los conductores, o en los que despa­chan las medicinas.