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El Monitor Araucano
Tomo II. N° 35. Viernes 15 de Abril de 1814.
El Supremo Director del Estado de Chile. Ordena iluminación de calles.

Por cuanto una de las primeras atenciones de mi mi­nisterio es conservar la tranquilidad pública, separando del gremio de los ciudadanos a los perturbadores de ella, y siéndome preciso tomar las providencias necesarias pa­ra separar aquellos genios que se complacen en ser causa de la inquietud de los pueblos, ordeno y mando que hasta nueva orden todos los vecinos hagan iluminar las calles de su pertenencia por la noche, descansando por lo de­más en la seguridad de las medidas que he tomado para conservar el orden público; y para que llegue a noticias de todos, publíquese por bando en la forma de estilo, fí­jese a imprimase.- Santiago y abril 13 de 1814.­­ Francisco de la Lastra.­­ Agustín Díaz, Escribano de Go­bierno.