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El Monitor Araucano
Tomo II. N° 25.- Viernes 4 de Marzo de 1814.
Sin título ["El Gobierno se conforma..."]. Decreto fechado el 25 de febrero de 1814 que declara villa a la población de San Francisco del Monte.

Santiago, 25 de febrero de 1814.

El Gobierno se conforma en todas sus partes con el an­terior dictamen del Ministerio Fiscal de lo Civil, y Hacienda, sobre la solicitud entablada por el padre Guardián y Sindico del Convento de San Francisco del Monte, para que se declare por Villa aquella población bajo las con­diciones que expresan en su representación. Por tanto, decreta, que de [desde] esta fecha será llamada Villa Deseada de San Francisco del Monte, y para el arreglo y orga­nización de sus calles, repartimiento de solares y otras cosas anexas a tan interesante establecimiento se comi­siona al padre ex Provincial, Doctor fray Francisco Javier Guz­mán, al actual Guardián, fray José Saavedra, y a don Ma­nuel Valdés y Bravo, con la calidad que cuando la villa pueda pagar el terreno y edificios de la recova pueda rea­sumirla para sus propios: concediéndole por ahora al con­vento la gracia de que pueda cobrar el derecho de som­bra de dos reales diarios, en que se ha calculado, en compensativo del gasto que va a hacer en levantar dicha recova; tómese razón de este decreto en las oficinas que co­rresponda, transcríbase a los comisionados, y publíquese en el Monitor.— ECHEVERRÍA.