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El Monitor Araucano
Tomo I. N° 99. Sábado, 27 de Noviembre de 1813.
"El Catecismo de los Patriotas". De Camilo Henríquez. (Continúa en Tomo I, Nº 100, y Tomo II Nº 1, 2 y 3).

¿Qué es un patriota?

El amigo de la América y de la libertad.

El amor de la Patria es un sentimiento inspirado por la naturaleza, y sancionado por la religión.

Como la Patria es esta gran familia, esta sociedad de nuestros conciudadanos, que comprende todas las familias, debemos amar a la Patria más que a nuestra familia, que es una entre tantas. El interés personal ésta unido al bien de la Patria, porque cada ciudadano participa de la felicidad y gloria de la Patria. Si la Patria tiene un buen gobierno, los ciudadanos son bien gobernados, se les administra bien la justicia, sus hijos son bien educados, hay industria, y ocupación para todos, y cada uno vive en seguridad y quietud. Si la Patria vence y confunde a sus enemigos, si florece en la literatura y en las ciencias, cada ciudadano se gloria de pertenecer a la Patria. Nuestro Salvador nos dió ejemplo del amor a la Patria, cuando derramó lágrimas sobre Jerusalén sabiendo los males que iban a venir sobre ella.

La libertad es de dos modos, libertad nacional y libertad civil.

La libertad nacional es la independencia; esto es, que la Patria no dependa de la España, de la Francia, de Inglaterra, de Turquía etc., sino que se gobierne por sí misma.

La libertad civil consiste en que la ley sea igual para todos.

En que todos sean iguales delante de la ley, y sólo sean superiores de los ciudadanos los que han sido elegidos para mandarlos por la elección libre de los mismos ciudadanos, o de sus representantes libremente nombrados por ellos. Donde hay libertad civil, todos están igualmente sujetos al Gobierno; y el Gobierno esta sujeto a la ley. La libertad civil es la observancia de los derechos del ciudadano. La libertad nacional es la observancia de los derechos del hombre.

El olvido y el despreció de estos derechos son las causas principales de las desgracias públicas, de las opresiones, y de la corrupción de los Gobiernos. Si estos derechos fuesen bien entendidos y estuviesen siempre a la vista de todos, se compararían fácilmente los actos de la autoridad legislativa y ejecutiva con que se debe al hombre ya por la naturaleza, ya por el fin de la sociedad civil, y de todas las instituciones políticas; y no se habría arraigado tanto el despotismo si los pueblos hubiesen conocido lo que se les debía por principios sencillos a incontestables. Estos derechos son la base de la libertad y de la prosperidad pública; ellos señalan a los magistrados, la regla de sus acciones; a los legisladores el objeto de su misión, y a los ciudadanos sus libertades y prerrogativas para que no se dejen oprimir, ni ultrajar por los tiranos.

Se han publicado en Europa y en América varias y hermosas declaraciones de los derechos del hombre y del ciudadano; la siguiente es bella y compendiosa.

El fin y el objeto de la, sociedad civil es la felicidad pública.

Los Gobiernos se han instituido para conservar a los hombres en el goce de sus derechos naturales y eternos.

Estos derechos son la igualdad, la libertad, la seguridad, la propiedad, y la resistencia a la opresión.

Todos los hombres nacen iguales e independientes, y deben ser iguales a los ojos de la ley.

La ley es la expresión libre y solemne de la voluntad general; ella debe ser igual para todos, sea que proteja, sea que castigue, ella sólo puede mandar lo que es justo, y útil a la sociedad, y ella sólo puede prohibir lo que es dañoso.

No es contra la igualdad la preferencia que se da por los pueblos libres a las virtudes, a los méritos, y a los talentos porque tienen ante los ojos la utilidad general.

La libertad es el poder y facultad que tiene todo ser de hacer lo que no sea contrario a los derechos de otro. La libertad esta fundada en la naturaleza; tiene por regla la justicia; y por baluarte y salvaguardia a la ley. Los límites de la libertad están comprendidos en esta máxima de N. S. Jesucristo: No hagas a otro lo que no quieres que se haga contigo. Alleris ne feceris quod tibi firi non vis.

La necesidad de anunciar y proclamar sus derechos supone la presencia o la reciente memoria del despotismo.

Jamás puede suspenderse la libertad de manifestar sus pensamientos, sea por medio de la prensa, sea de cualquier otro modo.

La seguridad consiste en la protección que concede la sociedad a cada uno de sus miembros para la conservación de su persona, de sus derechos, y de sus propiedades.

La ley debe proteger la libertad pública eindividual contra toda opresión.

Ninguno puede ser acusado ni preso sino en los casos determinados por la ley, y según el modo y forma que ella prescribe. Todo acto practicado contra un hombre fuera de los casos y formas prescritas por la ley, es arbitrario y tiránico.

Las penas deben ser proporcionadas al delito y útiles a la sociedad.

El derecho de propiedad es la facultad que tienen los ciudadanos de disponer a su gusto de sus bienes, rentas y frutos de su trabajo a industria.

El objeto y fin único de las contribuciones es la utilidad general. Todos los ciudadanos tienen derecho para concurrir al establecimiento de las contribuciones; para averiguar y velar sobra la distribución que se hace de sus productos, y para que se les dé cuenta de su inversión.

(Se continuará).