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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Quinta y Última Parte. Contiene desde el 18 de septiembre de 1811 hasta el 20 de noviembre del mismo año, y una descripción del baile en la Casa de Moneda, a modo de apéndice.
Octubre de 1811.

Octubre de 1811

Octubre 1º. En este día llegó el correo de la Concepción y entre las diferentes noticias que de allí vinieron salió a luz pública un Manifiesto expedido por aquella Junta circularmente a todos los Partidos de su distrito. Es digno de la mayor atención, y de que se mediten sus cláusulas con incubación estudiosa. Su tenor es a la letra como sigue:

“Cuando de la instalación del Congreso del Reino, esperaba su tranquilidad, su seguridad y su dicha, las intrigas de una facción criminal le han burlado en sus esperanzas y poco faltó para que le arrojasen en los desastres de una guerra civil. Para dar a Vuestras Señorías una clara idea de aquel triste suceso, es preciso tomar las cosas desde su origen.

En la instrucción que dispuso y circuló la Junta provisional para la elección de diputados se fijó el número de los que debía elegir cada Partido y este se reguló por la población que se consideraba en cada uno de ellos. A la Capital se le señalaron seis y aunque este número era exorbitante, habida consideración al resto de habitantes de las demás provincias del Reino, ellas convinieron y se conformaron y en este supuesto pro cedieron a la elección de los suyos.

En el Cabildo de Concepción habían [sic] hombres inocentes y virtuosos; habían [sic] también hombres facciosos que abrigaban en su corazón designios perjudiciales a la Patria y estos eran los que llevaba[n] la voz. Cuando ya se trataba de hacer las elecciones, el Cabildo [de Santiago] pretendió en la Junta, que la capital en lugar de 6 debía elegir 12 diputados. Meditaban ya los facciosos hacerse elegir a estos oficios y con el número excesivo de vocales formarse un partido que ahogase la voz, y los votos de las otras provincias del Reino. La Junta por consideraciones del momento se vio obligada a condescender con esta maliciosa pretensión; pero también cuidó de no comunicar el resultado a las provincias, para que ellas pudiesen reclamar cuando lo estimasen conveniente.

Se debieron hacer las elecciones el día 1º de abril; los facciosos se ligaron con los enemigos naturales de nuestra libertad, y de nuestra justa causa para hacerse de más voto; ellos debían presidir las elecciones, ellos formaban las listas de electores, ellos calificaban los votos y repartían las esquelas; y cuando en todo hacían de jueces, ellos a rostro descubierto y con una impudencia sin ejemplo hacían de agentes en su propia causa, y no omitían arbitrios, pasos ni maniobras por vergonzosas que fuesen, para ser elegidos:  calumnias chocantes, imposturas groseras y cuantos arbitrios puede sugerir el artificio, todo lo prodigaron para ganar la elección. El traidor Figueroa creyó que podía aprovecharse de esta división y del fermento que causaba en el pueblo para trastornar el Gobierno; creyó tal vez que tendría un apoyo en los facciosos del Cabildo que le estaban en oposición y uno de sus primeros pasos fue solicitarlo, como solicitó, a los Ministros de la Real Audiencia; pero la energía del pueblo y de nuestros valerosos soldados, hicieron inútiles sus depravados designios.

Este terrible incidente hizo que por entonces se difiriese la elección, la que, al fin, se verificó después de algunos días; las mismas maniobras, las mismas calumnias, el mismo descaro desenfrenado y escandaloso, hicieron que saliesen elegidos seis diputados, o más individuos del Cabildo, y los otros a quienes ellos designaron y pusieron el nombre: habían [sic] entre ellos algunos enemigos declarados de nuestra sagrada causa.

Los Diputados de todo el Reino se incorporaron en la Junta y en el mismo acto los de las Provincias reclamaron y protestaron contra el aumento de los seis, pero inútilmente: la facción ya estaba formada y el excesivo número de votos sofocaba y burlaba las más justas y equitativas instancias. Desde entonces todo fue desorden y anarquía y nuestra sagrada causa recibió heridas tan graves que sólo han podido curarse con cauterios.

El Comandante de Artillería que el 1º de abril había dado orden para que las tropas sublevadas se recibieran en el Parque, se hallaba por este hecho y por otros muchos gravemente indiciado de complicidad en el atentado de Figueroa; y a pesar de esto se corta, se sofoca su causa, y se le nombra Comandante de las Armas; habían [sic] otros indiciados, acusados y procesados y todos se ponen en libertad, sin poner en estado sus causas y sin seguirlas.

El erario ya exhausto y quebrado en cerca de medio millón de pesos, se disipa en sueldos y erogaciones que se hacían a instancia o en provecho de los mismos diputados. Los oficios, y empleos de confianza y de más riesgo, si se procedía de buena fe, debían conferirse a los patriotas y a los que habían demostrado más interés y adhesión a nuestra sagrada causa; este era el único medio de hacerla prosperar, de apartar todos los riesgos y de afianzar el sistema sobre bases estables; más no era este plan de los diputados; los patriotas, los oficiales veteranos, los más decididos, los más esclarecidos y que más habían trabajado por la justa causa, y en salvar [a] la Patria, son olvidados, son calumniados, son perseguidos y por un plan sistemático se dan todos los ejemplos y oficios de confianza a los enemigos de nuestra libertad, o lo que no es menos, a los que jamás habían demostrado el menor interés por ella, y aún en es tas provisiones sólo regía el egoísmo y la parcialidad más desenfrenada de los provistos.

Para precaver las funestas consecuencias del egoísmo, algunos de los 13 nobles diputados proponen en la Junta que se acuerde por regla invariable que ninguno de los vocales podría solicitar, ni admitir empleos hasta un año después de concluido el Congreso. La moción era de manifiesta justicia y de una conveniencia indubitable y era conforme a la disposición de nuestras leyes y a los principios de la buena política; mas, no era del agrado ni del interés de los diputados de la facción y esto bastó para que se hubiese rechazado; querían no cerrar la puerta a los efectos funestos del egoísmo; querían no perder el cebo con que atraían y seducían a los débiles para aumentar sus votos.

El generoso pueblo de Santiago consultando a su propia seguridad y a la del sistema, pide permiso para formarse en un batallón o cuerpo de Patriotas, en que quería alistarse una gran parte de la nobleza; el pensamiento era laudable y de una utilidad notoria; se le concede la Junta; mas, estos mismos diputados poco después suspenden el permiso con pretextos frívolos; ofrecen organizarlo oportunamente, engañan al pueblo y el cuerpo de Patriotas no ha existido.

El derecho de representar es tan sagrado, que ni se puede enajenar, ni se puede perder con el tiempo; ni puede ser sospechoso o temido a otros gobernantes que a los déspotas o tiranos, pues estos mismos diputados prohíben por un Edicto al generoso pueblo de Santiago, de quien tenían toda su autoridad y facultades que pueda representar sus agravios o pedir lo que juzgue conveniente a la felicidad general y quieren que sólo pueda hacerlo por medio del Procurador, que era un joven muy mal opinado por sus principios, que ellos hicieron elegir, y que aquél pueblo acaba de deponer por esta razón.

Se instaló, al fin, el Congreso, y aquel día que debió ser de gozo, de confianza y regocijo, fue de luto, de tristeza y de temores para toda la ciudad; una gran parte del vecindario se retiró a los campos; una gran parte de los diputados no asiste al acto solemne de la instalación; todos temían: la plaza y las calles se cubrieron de tropas que llevaban cargados los fusiles e iban municionados con 10 cartuchos; la contradicción más obstinada de los diputados amantes de la Patria, no bastó para que el mayor número de los facciosos desistiese de esta medida, que puso en consternación a todos los buenos ciudadanos.

Desde aquel momento los vocales de la Junta provisional se retiraron a sus casas y no volvieron a la sala del despacho; los diputados del Congreso no tuvieron la advertencia de decirles si debían o no continuar en sus funciones, ni les escribieron una letra.

Se trató en seguida de nombrar dos secreta ríos: habían [sic] en el Congreso hombres ilustres por su literatura y patriotismo y los únicamente capaces de desempeñar tan grave encargo, y esta era una razón que obstaba a su nombramiento. Los diputados don Manuel Salas, don Agustín Vial, y don Agustín Eyzaguirre se ofrecen a servir sin sueldo la Secretaría; no era posible hallar unos sujetos capaces de desempeñarla mejor; los pedían además los otros diputados que sostenían la justa causa; pero el mayor número de la facción toma el partido extraño de preferir y nombrar a dos curas de los Partidos, los arranca de sus parroquias, a pesar de las prohibición de las leyes y de los cánones y les señala sueldos considerables; desde entonces se acrecentó el desorden, si era capaz de recibir aumento; había[n] ya corrido cerca de dos meses y aún no se había extendido la [sic] Acta de la instalación, ni se había escrito en los libros un acuerdo, una providencia, una resolución; los curas al fin reconocen su insuficiencia, la exponen al Congreso, hacen sus renuncias y después de haberlas repetido, se les admiten.

Los Diputados patriotas que procedían de buena fe, piden y proponen que las sesiones se tengan a puerta abierta, para que el pueblo concurra y oiga sus deliberaciones, como se practica en todas partes donde hay semejantes asambleas y como lo hacen las actuales Cortes de la Península; mas los Diputados de la facción quieren que sus opiniones, sus discusiones, sus resoluciones se oculten al pueblo a quien representan y que sean la obra del misterio, del secreto y de la reserva, propios de los tiranos, sin advertir que por sólo este hecho se hacían gravemente sospechosos a la Patria; y así fue que se opusieron fuertemente a su moción; las puertas quedaron cerradas y el pueblo excluido de una prerrogativa o de un derecho que le era interesante en sumo grado, y de que nadie lo podía privar, ni había razón para que se le privase, a menos de que fuese para encubrir designios depravados que les fuesen perjudiciales.

Las tropas de la capital, los Granaderos, los Húsares y la Brigada de Artillería, fueron formadas por el sostén de nuestra sagrada causa; sus oficiales eran patriotas recomendables por su nacimiento y demás prendas personales; y estas cualidades personales debían hacerlos sospechosos a los que no las tenían. El Congreso desconfiando de estos cuerpos que habían salvado la patria el 1º de abril y que en nada más se podían interesar que en la defensa y conservación de nuestro actual sistema, pone sobre las armas 400 hombres del Regimiento de Milicias del Rey y los acuartela en el Palacio de los señores obispos, a pesar del estado ruinoso en que se hallaba el tesoro público, como que era un medio de introducir la confusión y el desorden la disipación de los miserables restos del numerario que se hallaba en Cajas. A nadie se ha dado razón de los motivos que obligaron a tomar esta medida inútil, que de muy poco podía aprovecharles, sean los que fueren sus designios, que nadie ha creído rectos, ni favorables a la causa común.

Los diputados de esta provincia y no pocos de la otra quisieron contener este tren de desordenes que tan de cerca aumentaba la ruina de todo el Reino y volvieron a insistir, representar y protestar contra el aumento de los 6 diputados, que les daba en la votación, a que se reducían todos los negocios, una preponderancia decidida. Insistieron también en la institución de la Junta o Poder Ejecutivo en quién debía recaer el Gobierno del Reino, porque el Congreso sólo era instituido para formar la Constitución y la Ley y no para otra cosa; ni era posible sufrir por más tiempo la coalición de los tres poderes que había retenido y que parecía determinado a conservar. Nuestros diputados con los de Valparaíso, San Fernando, Quillota, Aconcagua, Copiapó y Coquimbo, sostenían que el Gobierno, o Poder Ejecutivo que se nombrase, debía ser representativo y componerse de los vocales que eligiesen las provincias, así como el Congreso o Poder Legislativo es representativo y se compone de los diputados que han nombrado las mismas; que por consiguiente la provincia de la Concepción debía nombrar un vocal, uno la de Santiago y otro la de Coquimbo; o si eran cinco, dividirse en cinco partes el Reino y cada una nombrar el suyo. Nada era más justo ni más conforme a los principios de equidad y de política y a la naturaleza y esencia de nuestro actual Gobierno; pero los diputados de la facción y parcialidad se negaron absolutamente y decían que el Congreso debía nombrar todos los Vocales; porque asegurados con el mayor número de votos, también lo estaban en que el nombramiento lo haría recaer en sujetos que pensasen y obrasen a la medida de sus designios.

Los 13 diputados volvieron a protestar sobre los dos puntos indicados y no pudiendo conseguir que se les diese satisfacción, se retiraron del Congreso hasta informar a los partidos a quienes representaban y saber qué era su voluntad. En este número no entraron los diputados de esta ciudad y el del partido de Cauquenes, porque adherían en un todo a la facción preponderante, aunque injusta, sospechosa a la justa causa.

Aunque retirados los 13 diputados no estaba representada en el Congreso ni la mitad del Reino, o por mejor decir, ni la mitad de sus provincias, los que quedaron procedieron el día siguiente a nombrar el Poder Ejecutivo; bien que por consecuencia necesaria del egoísmo imperdonable de que habían dado tantas pruebas, lo despojaron arbitrariamente de las funciones y facultades que le eran propias y naturales y se las reservaron para sí, con especialidad en la parte que tocaba a la provisión de empleos, que era el gran negocio de todas sus atenciones, en vez de ceñirse al grande objeto de su misión, que era muy diverso.

Ni pararon en esto sus tropelías; quieren despedazar la conducta y buena opinión de los 13 diputados; quieren libertarse de unos ciudadanos y patriotas recomendables, o de unos testigos que les eran molestos y que les iban a la mano en sus diarios excesos y expiden un papel a manera de proclama, o manifiesto, en que aglomerando calumnias y hechos falsos, hieren el carácter y procedimientos laudables de aquellos dignos patriotas y excitan y mandan a los pueblos que elijan otros en su lugar, procediendo a su deposición sin causa, proceso, ni audiencia. Nada les interesa, ni perturba la pérdida de unos hombres que servían de ornamento a su cuerpo, ni el que no tuviesen como suplir los conocimientos literarios de muchos de aquellos, tan necesarios para la grande empresa en que se hallaban empeñados; querían caminar directamente a su fin y no les detenía la desgracia de quedarse a oscuras y sin las luces y talentos que sólo podían salvar a la Patria.

Los dignos habitantes de las provincias de Buenos Aires defienden con nosotros una misma causa, y han adoptado el mismo sistema; son por consiguiente nuestros aliados naturales contra los enemigos comunes; lo son y deben serlo por nuestro propio interés; mientras que subsista el Gobierno y sistema que han adoptado las provincias del Río de la Plata, nosotros a nadie tenemos que temer y viviremos en una perfecta tranquilidad. Si somos atacados por la marina, lo que es muy remoto porque la empresa es muy difícil y aventurada, tendremos una potencia amiga que nos dará graciosamente todos los auxilios que le pidamos y que no podremos ni pedir ni obtener de ninguna otra parte de nuestro continente; mas si Buenos Aires cede, si Buenos Aires sucumbe a los esfuerzos del despotismo, el suntuoso edificio de nuestro sistema y de nuestra libertad se desplomará por su propio peso y todos pereceremos en sus ruinas; los chilenos asilados, abandonados a sus fuerzas individuales y separados por los mares y por inmensas distancias de las naciones del globo, no podrán resistir por mucho tiempo a los esfuerzos combinados de los dos Virreinatos que los rodean para desconocer unas verdades tan evidentes, es preciso no tener ojos o carecer del sentido común.

Tenemos, pues, el mayor interés en la subsistencia y conservación del Gobierno y sistema de Buenos Aires; interés que nada menos importa que nuestra existencia política, nuestra libertad y el goce de los derechos sagrados a que nos ha hallamos restituidos. Si tenemos tan alto interés en que se conserve y subsista debemos cooperar con el mayor esfuerzo a su conservación; debemos auxiliarlo cuando necesite de nuestra ayuda. Buenos Aires es la puerta de la gran fortaleza de este Reino; si esta se franquea a los enemigos comunes, muy en breve nos hallaremos envueltos en mil riesgos y peligros, perdiendo todas las ventajas de nuestra posición geográfica; si allí estamos amenazados del enemigo, allí debemos volar a defendernos; si se incendia una casa del barrio, concurren todos los vecinos a apagar el fuego para que no trascienda a las suyas; y cuando queremos discurrir como egoístas y sin generosidad, será para nosotros una felicidad incuestionable hacer la defensa de nuestros derechos y de nuestra causa en un territorio ajeno, separando así del nuestro los horrores de la guerra.

No es esto lo que parece bien a los enemigos declarados de nuestra sagrada causa, ni a los traidores hipócritas que piensan como ellos, que tienen los mismos deseos y aún no se declaran; quieren ser los testigos, los verdugos o instrumentos vergonzoso de nuestra ruina y desolación y dicen con alborozo y alegría: “Buenos Aires se halla en peligro, Buenos Aires se halla atacado y amenazado por enemigos feroces e intratables que también lo son del sistema chileno y que van a entronizar el despotismo y la desolación; no se le auxilie, ni se le ayude, déjesele perecer; que perezca Buenos Aires, que se reponga  restituya el Gobierno del terror y de la servidumbre y luego lo veremos restituido en este Reino”; así discuten estos viles, estos pérfidos enemigos de  sagrada causa y cuando se les habla de  auxiliar a los patriotas del Río de la Plata, sin poder ocultar el veneno que encierra su corazón dañado, se exaltan, maldicen, llaman excomulgados a los que no piensan como ellos; y a las ridículas y despreciables razones con que intentan cubrir su alevosía, añaden calumnias indecentes e imposturas groseras con que pretenden alucinar a los menos advertidos; nuestros diputa dos del Congreso han imitado su conducta en este punto.

Buenos Aires se halla atacado por todas partes de los comunes enemigos y sólo debe su conservación y nuestra tranquilidad exterior a sus esfuerzos heroicos a su constancia. Una potencia extranjera lo amenaza de muy cerca y con sus tropas invade su territorio; se halla escaso de pólvora para defenderse y defender la causa común; la pide a los diputados del Congreso y estos tigres, estas fieras decretan la ruina y la muerte de sus amigos, de sus aliados, la de su patria y la de nuestros valerosos soldados que mandamos en su auxilio y tratan de negarla, cuando hasta aquí no han tenido, ni tendrán en adelante otra madre a quien recurrir por los socorros que le ha prestado generosamente.

Por fortuna,  o por acaso para la última decisión de este grave negocio se hicieron venir al Congreso li s tres individuos del Poder Ejecutivo que había nombrado, cuales eran don Martín Calvo Encalada, don Miguel Benavente y don Juan José Aldunate; los dos primeros son patriotas conocidos y a esta feliz ocurrencia se debió el buen suceso del día; se entró en votación y por sólo un voto se ganó el auxilio de la pólvora; esto quiere decir que la mitad del Congreso se componía de enemigos declarados de nuestra sagrada causa; con todo, el auxilio de 80 quintales que se decretó será tan corto que ligando el Reino a las resultas de este paso, el beneficio real que se hacía de la patria y a nuestros aliados, era de muy poca importancia y los dejaba en la misma necesidad y peligros.

El pueblo noble y generoso de Santiago, que ya oía discurrir sobre el proyecto inicuo de sujetar el Reino a un cetro extranjero, era testigo ocular de tantos desórdenes, de tanta anarquía y sentía todo el peso de la opresión, arbitrariedad y despotismo de sus mandatarios y representantes; el pueblo ya no dudaba de los designios depravados que abrigaban en su corazón y tomando su partido, proclama su ruina y escarmiento; no todos eran igualmente culpados, cuatro o seis eran los autores del complot y llevaban la voz; los demás seguían por espíritu de facción y de parcialidad, sin saber lo que se hacía.

Las tropas veteranas que salvaron la patria el 1º de abril, la vuelven a salvar el 4 de septiembre. A las 12 de este día toman el Parque de Artillería y se presentan en la plaza mayor en auxilio del vecindario, con quien procedían de acuerdo; el pueblo numeroso reduce el número de los 12 diputados de la capital al de 6 del reglamento y expulsa y destierra a los otros 6, entresacando a los más culpados; de los 6 que quedan depone a otros dos y nombra en su lugar vecinos de conocida probidad, ilustración y patriotismo; llama a los 13 nobles diputados que se habían retirado del Congreso y los repone con honor y aplauso a las sillas que dignamente ocupaban; anula el nombramiento que se había hecho en tres vocales del Poder Ejecutivo, nombra en su lugar 5 individuos que tenían la confianza pública y sólo conserva de los primeros a don Martín Calvo Encalada, que también la tenía; en fin depone y destierra al Comandante de Artillería y toma las otras medidas de seguridad pública que afianzarán para siempre la estabilidad de nuestro sistema y de nuestra justa causa.

El nuevo Poder Ejecutivo, deseando instruir a los pueblos de los motivos de este grande acontecimiento, ha expedido la proclama que acompañamos a Vuestras Señorías y la ha remitido con orden de que se haga circular en los partidos y se lea a sus vecindarios. La Junta de esta provincia ha tenido por conveniente explicar en este oficio las causales que allí se refieren por mayor, a fin de que se hagan perceptibles a todos los que no se hallen impuestos del por menor de los antecedentes de este gran movimiento.

La ciudad de Concepción, que observaba de cerca los males que se hacían y preparaban a nuestra sagrada causa y que también ya sentía sus resultas, casi al mismo tiempo tomó sus medidas para embarazarlos y precaverlos. Un día después, esto es, el 5 del corriente instaló su Junta Provisional y las manda formar en las villas cabeceras de los partidos; revoca los poderes de sus diputados, los cita y emplaza para que vengan a responder a los cargos que se les hagan y nombra en su lugar otros que mejor correspondan a su confianza; escribe y excita al Cabildo de la capital para que como representante de aquel pueblo oprimido, interponga su autoridad e influjo para cortar el curso a tantos daños y con estas medidas y las demás que se acordaron, dio los  primeros pasos para realizar las que han tomado y en que se nos adelantaron nuestros generosos hermanos de la capital; ellos han prevenido nuestros deseos sobre los puntos más interesantes a la provincia; ellos han reducido el excesivo número de sus diputados y en la proclama se fija como un principio la necesidad y la justicia de un Gobierno representativo.

Adoremos los designios y las providencias del Altísimo, que tan manifiestamente nos declara su protección; el Congreso Nacional purgado de los malos genios que lo degradaban, se halla restituido a toda su dignidad; el Poder Ejecutivo, compuesto de ciudadanos de esclarecido y probado patriotismo, nos debe inspirar la mayor confianza. Cooperemos todos a sus altas y benéficas ideas con el ejercicio de las virtudes sociales; que entre los habitantes de ese partido reine la unión, la tranquilidad y el orden y la más estrecha fraternidad; que se fomente y promueva el espíritu público; que se obedezca a la ley con sumisión y se respeten los magistrados y las autoridades establecidas; esto es lo que la Junta recomienda a Vuestras Señorías con el mayor encarecimiento. Dios guarde a Vuestras señorías muchos años. Concepción y septiembre. Benavente.- Rosas.- Cruz.- Vergara Novoa.- Señor Subdelegado, Cabildo y Vecindario de la ciudad de Chillán”.

La única lectura de este manifiesto es bastante para acrisolar por verídica la relación de muchos hechos que se detallan desde 10 de julio de 1811 hasta el 4 de septiembre en este Diario y el despecho con que el Doctor [Martínez de] Rozas se separó de esta capital, después de haber visto frustrados sus designios de colocarse de Presidente de esta Junta y de árbitro en todas las disposiciones del Gobierno; designio que dio todo el fuego activo a tantos movimientos como los que se observaron en dicha época y que fue origen de la instalación de Junta en la Concepción de Penco. El lenguaje con que se explica dicho manifiesto es todo brote del Doctor [Martínez de] Rosas, mejor diré, del Atila del Reino de Chile. Sus conceptos, sus sentencias, sus expresiones respiran sólo y explican el espíritu de la independencia a que se dirigen; es, en fin, una credencial que ratifica mi verdad en la narración sincera de todos los hechos de esta historia. Es gran consuelo para el que le organiza, que los documentos califiquen cuanto ha dicho y puede decir la pluma. Sólo me resta advertir que el antedicho manifiesto cita una proclama expedida por esta Junta circularmente, y es el mismo manifiesto que se describe en el Diario el 5 de septiembre de 1811, siguiente día de la contrarrevolución y mudanza de este gobierno.

En dicho día 1º de octubre se reunió el Cuerpo de Asamblea en el mismo cuartel y Compañía de Dragones de la Reina, pasando estos a la misma clase y calidad de aquellos, para incrementar de este modo los maestros de la disciplina militar, que en breve se van a distribuir por todos los partidos del Reino para poner en táctica rigurosa a sus respectivos Regimientos y Batallones y robustecer los brazos que han de sostener la libertad civil, y la defensa de esta nueva República.

El día 3 renunció don Carlos José Correa de Sáa el empleo de Diputado de la capital que obtuvo en la revolución del 4 de septiembre y que se le concedió por la activa diligencia de representar al que llamaban pueblo. Esta renuncia, que fue una paliada deposición, tuvo origen en los resentimientos de don Juan José Carrera y su familia, por la oposición que hizo el Congreso a la solicitud de don Pedro Díaz Valdés, hermano Político de aquellos para la plaza de Decano del Tribunal de Justicia, en que salió electo el señor don Fernando Márquez de la Plata, como queda dicho el día 14 de septiembre de 1811. Fue el caso, que al tiempo de la votación, Correa hizo ver que el referido Díaz Valdés era europeo y un declarado sarraceno, nada adicto al sistema; cuando al contrario el señor Plata había dado pruebas muy realzadas de su adhesión y patriotismo con un mérito tan sobresaliente que le hacía digno de este empleo y otros de la mayor confianza. Por este discurso perdió Correa su Diputación y si no hace renuncia le exponen aún a perder la vida, por la rivalidad que se le declaró desde aquel punto, así por Carrera como por todos sus facciosos.

Día 4. Fue el célebre señalado en los fastos de la Revolución, porque aunque en repetidas ocasiones se había fijado como un Solio de Soberanía en el Reino con los nombres de Supremo Congreso, Suprema Junta y con el ejercicio de cierta resoluciones y esmaltes, propias solo de la soberanía; pero en este día se erigió la Suprema Autoridad que ha de conocer en aquellos recursos extraordinarios que según el espíritu de nuestras leyes, se hacen inmediatamente a la Soberana Persona del Rey, ya sean los de segunda suplicación o ya los de injusticia notoria; de modo que lo que antiguamente se hacía al Rey nuestro Señor en su Supremo Consejo de Indias, o derechamente a su Real Persona, dirigiéndose a la Península, hoy tiene en el propio Reino y en su propia patria un magistrado con el nombre de Tribunal Supremo Judiciario, donde directamente se deben hacer los indicados recursos. Bajo de que método y reglas de signa el siguiente.

Reglamento Provisional Para el Entable, Sustanciación y Término de los Recursos de Injusticia Notoria, Segunda Suplicación y Otros Extraordinarios que Puedan Interponerse de las últimas Sentencias de los Tribunales del Reino.
“Art. 1. Variadas las circunstancias de la Administración pública en la crisis política del día, es consiguiente variar la forma de los recursos que antes arrastraban al litigante a una distancia inmensa; por cuyo medio tendrán hoy éste la satisfacción de verlos terminados en su propia patria y por magistrados de sus mismos conciudadanos. Esta providencia es comprensiva de los recursos que de nuevo hayan de introducirse en su caso; y también de los que antes se dirigieron a la Península y quedaron pendientes en la época crítica de su Revolución; pero no tendrán lugar recursos de sentencias o fragmentos que antes no se hayan reclamado.

Art. 2. El Magistrado a quien se sujeta la decisión o conocimiento de los indicados recursos, debe componerse de tres jueces letrados, individuos de Alto Congreso, que hará provativamente su nombramiento y faltando aquella calidad, caerá éste en el Vocal de la Junta Ejecutiva, del Tribunal de Justicia y Apelaciones, o en otro Letrado de concepto público, con tal que en éste y cualquier otro caso haya al menos un Vocal de la Autoridad Suprema, que presida y autorice el Tribunal.

Art. 3. Para que exclusivamente intervenga en todos los negocios de su conocimiento, tendrá este Tribunal un Fiscal, que con su misma duración también nombrará el Congreso.

Art. 4. Esta autoridad ha titularse Tribunal Supremo Judiciario; su duración es hasta que se disuelva o que ulteriores ocurrencias exijan variarla; tratamiento de Alteza en cuerpo o Sala; fuera ninguno; renta, el reconocimiento patriótico a que la buena administración de justicia les haga acreedores.

Art. 5. Pueden estos jueces ser recusados por las mismas causas porque antes por ley podían serlo los oidores y hoy los ministros del Tribunal de Justicia y Apelaciones.

Art. 6. Las relaciones y actuaciones que ocurran en el progreso de los indicados recursos se harán por el Relator y Escribano que lo haya sido de la causa, quienes de los derechos que les corresponden dejarán o darán la mitad a favor del erario.

Art. 7. El que quiera interponer recurso de injusticia notoria, consignará antes o afianzará en persona abonada la cantidad de un mil pesos corrientes; si de segunda suplicación, la de un mil quinientos pesos, a excepción de las causas de comercio, en que por consideración a tan interesante gremio en uno u otro recurso solo será la consignación o fianza de un mil pesos. Los declarados por pobres llenan este requisito con la caución juratoria.

Art. 8. La aplicación que de dicha consignación han hecho antes las leyes a favor de los jueces aquí de la parte que obtuvo y de la Cámara, queda hecha en el todo al del Real erario.

Art. 9. Para que tenga lugar el recurso de injusticia notoria, la importancia del pleito debe ser al menos de cantidad de un mil pesos; en los de segunda suplicación de tres mil pesos no menos, y tanto en los juicios de posesión, como de propiedad y de comercio, a cuyo favor, contra lo prevenido en sus respectivas ordenanzas se hace esta especial ampliación y en derogación de las mismas en el artículo 9 se declara que es admisible la apelación al Tribunal de Alzadas en pleitos cuya importancia alcance a 500 pesos.

Art. 10. Los recursos extraordinarios se admitirán sólo en los casos prevenidos por las leyes y por este reglamento, cuando sobre ellos ocurra dificultad o duda, la Autoridad ad quem calificará el grado y la calificación jamás podrá impedir el Tribunal o Juez a quo.

Art. 11. La parte que intente cualquiera de los indicados recursos los hará por sí o Procurador del número con poder especial, que con la boleta de consignación o fianza presentará ante el Juzgado de quien reclama dentro de 10 días de notificada la sentencia, sí en la capital; y si fuera de ella, en el término de los emplazamientos de cada partido.

Art. 12. Interpuesto el recurso, el indicado Tribunal dará traslado a la parte y vista del Ministerio Fiscal; dada ésta en el de injusticia notoria, sin más sustanciación se remitirán los Autos originales con el correspondiente oficio a aquella autoridad y en el de segunda suplicación se mandarán entregar al suplicante para que dentro de 5 días continuos funde el recurso oído en igual término su colitigante, se hará remisión del proceso con noticia de las partes.

Art. 13. Pasado el proceso el Tribunal dará vista a su Fiscal y con su dictamen pedirá autos para declarar si hay injusticia notoria en los recursos de esta clase, o pronunciar sentencia en los de segunda suplicación, señalando en uno y otro el día de la relación, para que ésta se convierta y suscriba por el relator y abogados de ambas partes, que podrán pasar un papel en derecho, pero no asistir a informar en estrados, ni presentar nuevo documento.

Art. 14. El pronunciamiento hecho en los indicados recursos, hará absoluta e irreclamable ejecutoria que con los Autos devolverá el juez a quo para su cumplimiento.

Art. 15. De cualesquiera pleitos, aunque iniciados ante la justicia ordinaria, ni otros juzgados inferiores, si no hay tres sentencias conformes, tiene lugar la segunda suplicación, siendo corrientes en los demás.

Art. 16. Ambos recursos se admitirán de Autos interlocutorios revistados, que no sean reparables en definitiva.

Art. 17. La ejecución de la sentencia pronunciada en cualquiera de estos recursos, siendo reclamada ésta, se suspenderá por el fácil adito y esperarse breve determinación.

Art. 18. Los decretos de substanciación se proveerán por dos conjueces y cuando sea preciso que tengan efecto fuera de la capital, el testimonio de ellos servirá de despacho.

Art. 19. Cuando las partes sean rebeldes a los plazos sustanciarios que quedan sentados, el Tribunal a quo a la primera acusación remitirá los Autos al Tribunal ad quem, que sin más trámite que su vista, declarará la deserción.

Art. 20. El Poder Ejecutivo hará pasar a los Tribunales este Reglamento y en la forma acostumbrada lo hará también publicar, registrar y circular en todo el Reino, cuidando de su observación, inter este Alto Congreso no decida variarlo o derogarlo. Sala del Congreso y octubre 4 de 1811. El Congreso”.

Fueron electos para Ministros del Tribunal Supremo Judicial, don Juan de Dios Vial del Río, don Joaquín de Echeverría y Larraín, y don José María Rosas, todos tres comerciantes, estos dos últimos diputados del Congreso y el primero suplente por la ciudad de Talca, todos ellos abogados, sin haber tenido jamás estudio abierto. Igualmente salió electo Fiscal el Doctor don Bernardo Vera, sin embargo de ser comisionado plenipotenciario cerca de esta corte por la capital de Buenos Aires. Después de muchas fatigas y conatos en promover la presente revolución, ha venido el Doctor Vera a lograr los indicados ascensos. Es indecible lo que ha bajado y maniobrado a favor del sistema, siendo muy recomendable el poema que echó a luz el 18 de septiembre, cumple año de la Junta. En un magnífico lienzo puso retratado a un león con la espada a los pies y encima de la cabeza una lanza y una flecha; abajo el siguiente poema

Doce vueltas ha dado
sobre su órbita el astro luminoso,
Y hoy se oculta asombrado
Al saber de Chile el paso majestuoso
Con que su libertad civil ostenta.
El león que blasonaba
Timbres de la Metrópoli chilena,
No alza la espada brava:
De indiana sangre en otro tiempo llena
Blandamente la rinde hoy humillado
Al patriotismo que nos ha salvado.
Ved en un año sólo
De 300 destruido el despotismo
En uno y otro polo:
Del gran Chile resuene el heroísmo:
Corra como la luz en su carrera
El sistema que a Chile regenera.
Montes por el Levante,
Desierto y Mar a Sur, Norte y Oeste,
A Chile harán triunfante:
De la ambición de la extranjera hueste,
Y afianzando en el centro su sistema,
Será de la política alto emblema.
A la grata memoria
Del dulce, sabio y eficaz Gobierno,
A la patria, y su gloria,
Su aclamación, el viva, el loor eterno,
El ciudadano en reconocimiento
Le tribute sus fuerzas y talento.
La libertad renace,
La libertad cumple año, ciudadanos:
Nadie el gozo disfrace;
Ya se acabó el terror de los Tiranos;
La igualdad y el amor estrechamente
Se unan en nuestra dicha permanente.

Colocóse en la ventana de los altos del Cabildo con mucha iluminación y letras excesivamente grandes, capaces de leerse de larga distancia. Esta alusión significa que el león de España vencido soltó la espada que en otro tiempo victorioso ensangrentó en la conquista de este Reino y que los derechos nativos de la América, representados por la flecha y por la lanza, armas que usan los indios, se han restablecido, adquiriendo la antigua libertad.

El mismo día llegó de Lima la fragata Candelaria, cuya correspondencia fue sorprendida a bordo por el Gobernador de Valparaíso y remitida a esta Renta de Correos, cuyo Administrador pasó la valija inmediatamente a don Joaquín Larraín, Presidente del Congreso. Aquí se hizo el más riguroso escrutinio de las cartas, en términos que en más de 12 horas no se supo noticia alguna, y aun después, por cuanto las pocas que se entregaron, eran sin aquella referencia. Aun es más: las dirigidas a varios vecinos y comerciantes de Valparaíso, vinieron a esta capital a pasar por el mismo examen. Así hubimos de quedar a oscuras y llenos de furor por ver ofendidos tan escandalosamente los derechos más sagrados del hombre, con el depravado fin de hacer desmayar el fiel deseo de los buenos españoles en instruirse de los progresos del Ejército del Perú.

Para impresionar más al público y alentar los ánimos de los facciosos, se hizo correr la noticia de que Riveros había destrozado a Goyeneche y le tenía preso, decantando otras mil ventajas del ejército porteño. Para sostener esta patraña remitió el Gobernador de Valparaíso unas declaraciones tomadas, según se dice, al Capitán del buque, que se asegura bastante adicto al sistema. Este arbitrio es general y se fragua a la llegada de cualquiera embarcación. Yo entiendo que es con el objeto de poner en problema las noticias más ciertas y oscurecer la verdad, pero la Providencia vela sobre nosotros. Rara es la vez que no pase una que otra gaceta, o algunas cartas que nos cercioren del verdadero estado de las cosas, sin dar lugar a sus repetidas imposturas.

Día 5. Se publicó el nuevo Tribunal Supremo Judiciario, y el nombramiento de los ministros que le componen. Desde aquel momento revivió la esperanza de muchos facciosos, unos que habían perdido sus pleitos y otros que temían, prometiéndose mejor acogida para sus causas, por las alianzas sistemáticas de los que las han de juzgar. En efecto, se han interpuesto ya muchos recursos extraordinarios. No dudo que la facilidad inducirá a otros muchos a seguir el mismo camino y a introducir mayores inquietudes en los Tribunales del Reino.

El mismo día 5 fue electo don Pedro Díaz Valdés de colega del Tribunal de Justicia en lugar de don Lorenzo Villalón, que en el mismo día se nombró de Fiscal. El despacho de su nombramiento se lo llevó un oficial en su casa, donde sólo encontró a su consorte doña Javiera Carrera, quién instruida del suceso, arrojó al suelo el despacho, con otras expresiones bien descomedidas, manifestando sus resentimientos por no habérsele colocado de Decano con preferencia al señor [Márquez de la] Plata, y asegurando que su marido tendría mejor colocación que la que le daban fiada, sin duda, en la intrepidez y osadía de sus hermanos y en la fuerza de las armas que tenía a su disposición.

Día 7. Llegó el correo de Buenos Aires con el triste estado y últimas agonías de aquella capital. Hízose con la valija igual operación que con la correspondencia de la Candelaria. La ocultación de cartas fue indecible, pero siempre escaparon una que otra que nos certificaba la completa derrota del ejército de la Banda Oriental por nuestro auxiliador el portugués; También la íntegra mutación del Gobierno y otras novedades.

Día 8. Se hizo el nombramiento en don Francisco Antonio Pinto, abogado de esta Real Audiencia, para Embajador o Plenipotenciario a la inmediación de la Corte de Buenos Aires con 1.500 pesos de sueldo anualmente y 300 para su transporte. Se le condecoró con el grado de Capitán y ya está en camino para su destino.

El mismo día se le confirió grado de Teniente Coronel a don Antonio Álvarez Jonte, enviado por la capital de Buenos Aires para promover en este Reino la instalación de la Junta y después su Diputado, de que ha sido removido a petición de es te Congreso por las razones que se expusieron el día de este Diario.

Día 9. Lo sucedido en esta fecha se agregará de suplemento a la conclusión de la historia, por exigirlo así las circunstancias en que vivimos y se aprobará entonces la resolución del diarista.

Día 10. Conociendo experimentalmente la carestía que se iba introduciendo del tabaco en polvo y rama a causa de los obstáculos opuestos por el Excelentísimo señor Virrey del Perú para la remisión acostumbrada, se concedió libre permiso por dos años para la siembra de aquella especie bajo las modificaciones que contiene el siguiente Bando:

“Don Fernando VII y en su Real nombre el Poder Ejecutivo que Gobierna este Reino de Chile & c. Por cuanto el Supremo Congreso deseoso de subvenir a la actual necesidad de tabacos del Reino y del adelantamiento de la agricultura, ha pasado oficio a esta autoridad, a fin de que por este año y el que sigue se permitan las siembras de esta especie, que hasta aquí han sido prohibidas. Por tanto, poniendo en ejecución su cumplimiento se concede a todo habitante del Reino que quiera dedicarse a dicha tarea, que pueda libremente sembrarlo bajo las calidades siguientes:

1ª. Que todo el producto de la cosecha en cualquiera cantidad que sea, no puedan venderlo a ningún particular, sino que precisamente deba entrar en la Renta.

2ª. Esta se obliga a pagar un real por cada libra del que sea útil.

3ª. Que deben presentarlo en mazos que contengan el dicho peso de libra poco más o menos, excluyéndose el peso de la amarra.

4ª. Que debe tener el mismo largo de los mazos de Saña [1].

5ª. Que los que quieran sembrarlo, antes de verificar la siembra, deben presentarse a la Dirección o al Administrador de su distrito, avisando qué cantidad piensan sembrar, cual es su nombre y apellido, el lugar destinado para la sementera y el de su residencia y habitación.

6ª. Que verificada la siembra, y arraigadas las plantas, vuelvan a avisarle para que puedan reconocerse. Bajo las expresadas calidades se concede el permiso referido, advirtiendo que si se faltase a alguna de ellas, se escarmentarán severamente los contraventores, tratándose como a defraudadores de las rentas Reales, destruyéndoles los sembrados, con la multa de 500 pesos a los pudientes y tres años de destierro a uno de los presidios del Reino a los que no lo sean. Y para que llegue a noticia de todos, publíquese en forma de bando, fíjese y circúlese. Santiago y octubre 3 de 1811. Rosales.- Calvo Encalada.- Benavente.- Doctor Marín.- Argomedo”.

Bien claro está que solo la necesidad que se tiene de tabaco dio lugar al permiso para su siembra, cuando por otra parte es evidente el quebranto de la Real Hacienda por lo que respecta a este ramo, pues mediante el indicado arbitrio se fomentará el contrabando y los propios sembradores se surtirán de lo necesario para sus vicios y de este modo será menos el consumo de las partidas que se hayan de vender de cuenta de Su Majestad. El quebranto por la indicada razón es conocido, pero inexcusable, atendido el público clamor de todo el Reino, que se trata de precaver en tiempo.

El día 10 se llevó al Congreso el expediente promovido sobre la inversión de la yerba del Paraguay por el descubridor don Manuel Alfaro, con precedente informe del protomédico de este Reino, a quién se encargó la analización del árbol Guillipatagua [2]  , que se dijo ser el de la yerba del Paraguay. Dicho protomédico asienta que según las experiencias que ha hecho, no es la misma yerba, pero que tenía analogía y semejanza en el uso del mate; que ha notado ser un emético suave y que a muchas personas sirve también de purgante; pero aquellos efectos podrá ser que pierda en el modo y método de beneficiar y que ha oído decir que sin perjuicio de la salud se usa generalmente en el partido de Curicó. Mediante el indicado informe se expidió un decreto y se publicó en el tenor siguiente un Bando:

“Santiago y octubre 14 de 1811. Resultando de los anteriores informes convencida no sólo la analogía de la yerba Guillipatagua con la del Portugal, por su olor, sabor y efectos, sino la preferente bondad médica que por repetidas experiencias está demostrada en diversas preparaciones y con especialidad en la teiforme del mate; y debiéndose esperar por lo mismo, que su uso después de tomada en sazón y beneficiada con método, sea ventajosa a la salud pública, que ha padecido considerablemente en el concepto cuasi unánime de los físicos, por el uso de la del Paraguay que analizada por los mejores botánicos y químicos de Europa, es abiertamente nociva; Se declara libre su cultivo, expendio y uso; y entretanto esta autoridad logra los beneficiadores que solicitará con el mayor empeño, se arreglará por ahora el beneficio a las prevenciones del juicioso y fundado informe que antecede del Protomédico don José Antonio Ríos, de que se circularán testimonios a los subdelegados y párrocos del reino, acompañándose igualmente al Tribunal del Consulado para que empeñe su celo y facultades en la perfección de un descubrimiento que después de ser de su inmediato resorte, puede hacer en parte muy notable la felicidad del reino, ofreciendo a nombre de la patria y bajo la garantía de este poder, se asignará una pensión vitalicia decente al que llegase a perfeccionar su beneficio en términos que generalice su uso, con más la libertad de derechos de salida, por diez años, la misma que se dispensará al propio tiempo al descubridor don Manuel Alfaro, sin perjuicio de que se queda a la mira de su mejor suerte, como lo permitan las circunstancias y estrecheces notorias del erario. Publíquese por bando y fíjese en los carteles para que llegue a noticia de todos, haciéndosele saber al descubridor previamente. Benavente.- Rosales.- Calvo Encalada.- Mackenna.- Doctor Marín.- Vial”.

Todo el principio de la anterior providencia fue el siguiente suceso. El Doctor Manuel Alfaro había ido acompañando a don Feliciano Letelier al descubrimiento de un camino que se introduce por un boquete que hay de la villa de San Fernando a la tierra de los indios. El dicho Letelier observó que las hojas del árbol Guillipatagua tenían el mismo verdor que la yerba del Paraguay. Las hizo tostar y notó que tenían casi el mismo olor; sólo sí, que en el mate, al modo que se usa aquella, era suma mente áspera y amarga. Le dijo a Alfaro trajera algunas ramas de dicho árbol, las que presentó a este Gobierno, donde fui llamado por ser hijo de aquella provincia y con la sinceridad que acostumbro contesté que la que estaba tostada en el olor tenía analogía y la que no lo estaba, en nada se parecía por tener diferente crasicie [3]  y configuración, comprobándole más el concepto de tener otro olor muy diferente la hoja tostada a la de sin tostar, lo que no sucede con la yerba del Paraguay. Finalmente expuse el método de beneficiarle, según las ideas que conservaba, aunque ya remotas. Me afirmé más en el concepto cuando llegó a mi mano la descripción que se hizo por este Gobierno al soberano, de todas las producciones naturales del Reino, en lo que está la respectiva a la Guillipatagua, si no me engaño, literalmente como sigue: La Guillipatagua, que se da en Quillota, Colchagua, Talca y Concepción, es un árbol de 8 varas de alto, 3 cuartas en circunferencia de grueso; su corteza sirve para adobar cueros; tostada la hoja se parece a la yerba del Paraguay de que se toma mate. Es un excelente emético y dada en mayor cantidad sirve de purgante y suele usarse en las enfermedades venéreas; da fruto insípido que no se come.

La antecedente descripción me ratificó más en mi concepto respecto a ser cualidades muy contrarias aquellas a las de la yerba del Paraguay; mas me fue preciso llamarme al silencio y no abrir más dictamen en la materia, por el sumo interés que desde aquel punto tomó el Gobierno en promover su uso, sin duda para subvenir a la suma escasez que se iba introduciendo de la del Paraguay, en términos de hallarse a 72 pesos arroba, cuando su precio corriente ha sido el de 3 pesos como en efecto se ha dejado ver por el indicado bando, a pesar de que por repetidas experiencias se han conocido los efectos de la Guillipatagua, en los unos de haberles servido de vomitorio y en los otros de purga. ¡Rara providencia de Dios, haber sustituido este equivalente a la yerba del Paraguay, para purgar por ambas vías los malos humores de la independencia! Lo sensible será que el personal escarmiento retraiga a muchos del uso que se ha empezado a hacer de aquella especie.

En el propio día hizo renuncia don Juan José Carrera de su empleo de Sargento Mayor por resentimiento que ha tenido con el nuevo Gobierno, así por la falta de pactos, como por la postergación de sus premios. No se le aceptó la renuncia, pero según entiendo, pronto se experimentarán nuevas contrarrevoluciones, de que ya hay positivos indicios.

En el mismo día se recibió el Presbítero Doctor don Miguel Baquedano, de Capellán Honorario de Ejército, con que se le ha premiado su decisiva y buenos servicios a favor de la Junta. Para manifestar su placer celebró su nuevo empleo con muchos festines y saraos a los que llaman verdaderos patriotas.

También en este día se hizo reunión de todos los patriotas para la organización y nombramientos de sus respectivas compañías y oficiales. Se formó solo un Batallón de 8 compañías porque no hubo aquella adhesión que se figuraron los facciosos, por cuya razón se vieron precisados a admitir de toda broza, para no dejar tan desairado el proyecto.

El 11 se hizo nueva reunión de los oficiales de los patriotas para elegir a los de la plana mayor y habiendo salido don Agustín Eyzaguirre con 18 votos de Comandante y no don Juan Martínez de Rozas como se pretendía, se dijo de nulidad de la elección en el propio acto y se defirió para otro día hacer nuevo nombramiento; como de facto el día 12 se procedió a él y salieron electos los siguientes: Comandante Doctor don Juan Martínez de Rozas, Sargento Mayor don Juan de Dios Vial, primer Ayudante Mayor don Nicolás Matorras, segundo Ayudante Mayor don José Antonio Díaz. Así se realizaron las ideas del Cuerpo Patriótico. En su consecuencia el Comisionado don Juan de Dios Vial dirigió al Congreso un oficio dando cuenta de su comisión con el estado en los términos siguientes:

“Señor. El adjunto estado manifiesta los oficiales que el Batallón de Patriotas creado en esta capital ha nombrado para su Plana Mayor y compañías; y yo se lo paso a Vuestra Alteza por ausencia del Coronel de dicho cuerpo, para su debido conocimiento y que en su consecuencia pueda mandar librarles los respectivos despachos si fuere de su aprobación.

No habiéndose podido conformar los individuos de dicho cuerpo en sus distintos pareceres sobre la clase de uniforme que deberá usar, lo hago presente a Vuestra Alteza para que se sirva asignar el que le pareciere más propio y conveniente, como también señalar el paraje donde habrá de concurrir el referido Batallón a instruirse en las evoluciones y disciplina de su instituto. Dios guarde a Vuestra Alteza muchos años. Santiago de Chile, 12 de octubre de 1811. Señor.- Juan de Dios Vial. Señor Presidente y Diputado del Alto Congreso Nacional del Reino”.

“Compañías.  Comandante Brigadier Doctor don Juan [Martínez de] Rozas, Sargento Mayor Coronel de Ejército don Juan de Dios Vial, Ayudante don Nicolás Matorras, segundo id. don José Antonio Díaz, Abanderado don José Antonio Girón, Id. don José Joaquín Pérez Mascayano, Capellán don Joaquín Larraín. Otro id. Fray Camilo Henríquez, Cirujano don José María Olea. Tambor Mayor Mateo Hernández.

Capitanes. Don Juan Agustín Jofré, don Pedro Ramón Arriagada, don Joaquín Benítez, don Francisco Aldunate, don Antonio Mendiburu, don Juan de Dios Vial del Río, don José Samaniego, don Antonio José Irisarri, don José Santiago Pérez Rodríguez.

Tenientes. Don Pedro Arrué, don José Manuel Astorga, don José María Villar, don Santiago Pérez, 1. Pedro Niño, don José María Rozas, don Juan José Echeverría, don Andrés Sánchez, don Alonso Figueroa.

Subtenientes. Don Silvestre Lazo, don Juan Álamos, don Mariano Egaña, don José Claro, don José Antonio Huici, don Carlos Correa, don Ramón Formas, don Ignacio Torres, don Salvador Cavareda. Reino de Chile, 1811. Santiago, Batallón de Infantería nuevamente creado con el título de Patriotas. Santiago de Chile, 13 de octubre de 1811. Juan de Dios Vial”.

El Alto Congreso remitió el antedicho Plano a la Junta o Poder Ejecutivo con el siguiente oficio:

“Excelentísimo señor. En conformidad de lo resuelto por Vuestra Excelencia para la organización del Batallón de Patriotas, después de calificar los individuos que debían componerle, he asistido a las elecciones de sus oficiales que con entera libertad se han hecho en los sujetos que manifiesta el estado presentado a mí por el Sargento Mayor nombrado y que traslado a Vuestra Excelencia para los fines indicados en el oficio de dicho Sargento Mayor, recomendando a Vuestra Excelencia el pronto despacho de este interesante asunto y que a tan distinguido cuerpo le declare los privilegios a que se hacen acreedores tan señalados soldados de la Patria. Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años. Santiago y octubre 14 de 1811. Excelentísimo señor. Joaquín Larraín, Presidente. Excelentísimo Señor Presidente y Vocales de la Junta de Gobierno”.

En su consecuencia expidió la Junta el siguiente decreto:

“Santiago 17 de octubre de 1811. Llenando tan justamente la confianza del Gobierno la creación de un cuerpo que formado voluntariamente de la parte más distinguida y sana de su ilustre capital, es no solo el apoyo más firme de su seguridad interior, sino la muralla invencible en que deben estrellarse eternamente los enemigos de la sagrada causa que proclama, y sostiene; se aprueba desde luego el Batallón de Patriotas Voluntarios de Santiago cuyo título se le declara; se aprueban igualmente las propuestas que de común consentimiento del cuerpo glosa el estado acompañado; expídanse a los nombrados los correspondientes despachos y se le concede por uniforme, casaca negra con cuello y botas encarnada, solapa ante chaleco y pantalón blanco, todo con vivo encarnado, a los extremos del cuello una lanza atravesada de una flecha, bordadas de oro y por orla del sombrero, que será redondo, un lazo formado de tres cordones de seda ante, con sus globos por remate, también de oro; encargándose al Sargento Mayor la mayor escrupulosidad y prontitud en formar y acompañar listas circunstanciadas de cada compañía, con su estado de fuerza demás documentos indispensables para completar el Expediente de su creación, como la mejor disciplina del cuerpo, para la que de acuerdo con la Plana Mayor elegirá el sitio más proporcionado; todo en virtud de este decreto, que se transcribirá al Comandante, haciéndose saber en la orden de la Plaza. Juan Miguel Benavente.- Martín Calvo Encalada.- Juan Mackenna.- Doctor José Gaspar Marín.- Agustín de Vial, Secretario de Guerra”.

El mismo día 12 de octubre se hizo elección de nuevos regidores para subrogar el lugar de los dos confinados, a saber, don Juan Manuel de la Cruz y don Antonio Mata y también el de don Francisco Lastra, vacante por su ascenso a Gobernador de Valparaíso. Salieron electos don Nicolás Matorras, don José Antonio Rojas y don Antonio Hermida, insignes promovedores y protectores y secuaces del nuevo sistema. También se procedió a elegir Procurador de ciudad, vacante deposición de don Manuel Rodríguez y recayó el nombramiento en don Anselmo Cruz, actual Secretario del Tribunal del Consulado, en premio de sus realzadas pruebas a favor de la Junta desde los principios de su instalación.

En el propio día se decretó la separación de don Pedro Ugarte de la Sargentía Mayor de Húsares y la de su hermano don José María de la Capitanía de Artilleros, por los sucesos del 4 de septiembre, sin duda por no haberse allanado a las miras y sugerimientos de los señores Carreras.

Día 13. Llegó de Buenos Aires don Francisco Calderón, Capitán de Dragones de Penco, uno de los oficiales que caminó con la tropa en auxilio de aquella capital. Vino en solicitud de mil quintales de pólvora, con encargo de remitirlos con la mayor precisión. A pocos días pasó a Valparaíso para colectar allí la que había y se están aprontando para aquel destino 800 quintales.

Día 14. Convencido el Congreso de las repetidas pruebas patrióticas del Reverendo Padre Fray José María Torres, teniendo sin duda presente el artículo 4º de la instrucción de Napoleón, que estriba en lo mucho que influye en los fieles el carácter y cualidad de sacerdotes para extender y propagar la doctrina del sistema, le constituyó su satélite o emisario para la propagación de sus máximas por medio de la prédica y demás ejercicios de su ministerio. Esta comisión la justifica un oficio que se le dirigió que es a la letra, el siguiente:

“El notorio celo con que V. P. R. ha explicada los principios que sirven de base al presente sistema de Gobierno, la imperiosa necesidad que ha obligado a adoptarlo como el único medio justo, y seguro para conservar intacta nuestra Santa Católica Religión, para defender estos dominios de los ataques o seducción extranjera, de modo que siempre permanezca en ellos el amor y lealtad al legítimo soberano el desgraciado Fernando VII y sirvan de asilo a los españoles que por seguir su causa pierdan sus hogares y propiedades; todo esto ha persuadido al Congreso a que debe aprovecharse de un órgano tan recomendable para la propagación de estas verdades en los pueblos y campos que va a transitar V. P. para trasladarse a su destino de Prior de la Concepción y así le encarga con el encarecimiento que merece una materia tan importante y con la confianza que tiene de su probada actividad, que no sólo predique, sino que persuada a que otros le imiten en el ejercicio de un ministerio que en las circunstancias presentes se hace más que nunca útil a la paz, a la unión, a la fraternidad y demás virtudes que constituyen un buen cristiano y un ciudadano fiel.

En vista de ésta deberán auxiliar a V. P. lo Párrocos, los Prelados y también los Magistrados; y espera el Congreso que le comunique incesantemente las ocurrencias de este encargo y le dé los avisos para repetir otros semejantes a personas dignas de él. Dios guarde a V. P. R. muchos años. Sala del Congreso y octubre 14 de 1811. El Congreso. Al Reverendo Padre Fray José Maria Torres, Prior del Convento de Predicadores de Concepción”.

El mismo contexto del oficio significa que el medio que ha adoptado es trascendental a todos aquellos que sean dignos de este encargo y confianza, para repetir otros semejantes a las personas que los merezcan; de modo que no dejan arbitrio alguno en lo eclesiástico para adelantar su conquista, valiéndose de los Ministros del Santuario para que por su alto carácter, impriman más seguramente en los ánimos de los fieles seducionalmente sus depravadas máximas.

Día 15. Llegó don Manuel Ugarte, Capitán de la compañía de Dragones de la Reina, de su hacienda de campo, llamado por la Junta. Inmediatamente se le intimó la orden de desocupar el cuartel de Dragones, desalojando [de] allí [a] toda su familia dentro de tercero día. Se le jubiló, separándole enteramente [d]el mando de la Compañía. Así lo requerían las repetidas veleidades con que se comportó, agregándose siempre a la facción que más le consultaba a su comodidad. Para aquietar sus reclamos se le confirió el grado de Coronel de Ejército que para un patriota es muy recomendable.

El mismo día 15 se publicó un bando declarando por libres los vientres de las criadas esclavas y todos aquellos que por espacio de 6 meses hayan residido en este Reino, cualquiera que sea la causa o motivo de retención, prohibiendo en lo sucesivo la introducción de los que se hayan de vender dentro del propio Reino. Será bien se oiga el literal Contexto del Bando:

“Con esta fecha dice el Supremo Congreso lo que sigue:

Aunque la esclavitud por opuesta espíritu cristiano, a la humanidad y a las buenas costumbres; por inútil y aun contraria al servicio don que ha sido el aparente motivo de su conservación, debería desaparecer en un suelo en que sus Magistrados sólo tratan de extinguir la infelicidad en cuanto alcancen sus últimos esfuerzos; con todo, conciliando estos sentimientos con la preocupación y el interés de los actuales dueños de esta clase de miserable propiedad, acordó el Congreso que desde hoy en adelante no venga a Chile ningún esclavo y que los que transiten para países donde subsiste esta dura ley y se demoren por cualquier causa y permanezcan 6 meses en el Reino, quedan libres por el mismo hecho; que los que al presente se hallan en servidumbre permanezcan en una condición, que se las hará tolerable la habitud, la idea de la dificultad de encontrar repentinamente recursos de que subsistir sin gravamen de la sociedad, el buen trato que generalmente reciben de su amos y, sobre todo, el consuelo de que sus hijos que nazcan desde hoy serán libres, como expresamente se establece por regla inalterable. Para evitar los fraudes de la codicia y que no se prive de ese beneficio a las madres que sean vendidas para fuera del país, se declaran igualmente los vientres libres y que deben serlo por consiguientes sus productos en cualquiera parte y que así se anote por cláusula forzosa en las escrituras que se otorguen y en los pases de las aduanas, a cuyo fin se hará entender a los administradores, escribanos, etc. Se le copia a usted para su cumplimiento, Dios guarde a usted muchos años. Santiago y octubre 15 de 1811.- Señores vocales”.

Es increíble la impresión que hizo en los ánimos de los esclavos el bando antecedente, el orgullo y osadía que han concebido con la esperanza de la libertad futura de sus hijos. Los propios esclavos se conceptúan ya en aquella esfera, con tal que manifiesten el patriotismo al nuevo Gobierno. Es caso singular lo que se experimentó a pocos días después de publicado este bando. Se mancomunaron todos los criados e hicieron una bolsa para que un abogado les hiciera una representación a la Junta, pidiéndoles su libertad mediante un generoso ofrecimiento de que se les diera armas para defender la patria. La liga era de más de 300 y todos ellos estaban ya armados de cuchillos prontos para activar una sublevación en el pueblo, de cuyas resultas hay más de siete en la cárcel, que fueron los cabezas del proyecto, con el fin de hacer las especulaciones necesarias.

No dificulto que el sistema que se propuso el Gobierno fue atraerse a la plebe con rasgos de que agradecidos, se adhieran sus ideas, con grave perjuicio de los intereses del vecindario en la pérdida de aquellos frutos autorizados por el derecho de gentes y civil. No es éste el primer daño que se sigue. Los amos mantienen a los partos con expendio de muchos gastos: ya son libres, ya cesa aquella obligación; y ¿quién la tiene? O habrán de perecer con agravio de la humanidad o los habrán de sostener con nuevo perjuicio de sus intereses. El Gobierno no ha previsto este daño, que es consiguiente así a los párvulos como a sus amos, que tratarán de desprenderse de ellos por dejar expedito el servicio y las criadas y consultar a su propia economía. La Junta cuidará de mantenerlos; el Gobierno será responsable para con Dios de los riegos que amenazan a la vida de aquellos párvulos, de las necesidades y miserias que puedan sufrir por una libertad perniciosa y mal entendida. No es sólo este el tropiezo, sino que esta gracia trascienda a la capital de los Reyes del Perú, donde hay centenares de esclavos y que allí obre los mismos detestables efectos que se han experimentado en este Reino. No estoy lejos de comprender que este objeto haya tenido la resolución a la esperanza de que pueda realizarse allí el establecimiento de la Junta, por el descontento general de la esclavitud y cooperar por su parte a la revolución de aquel Reino, con su riesgo de las propias escenas que se han visto en Francia, donde a fuerza de los asesinatos de sus propios amos, quedaron los esclavos libres y en posesión de todas sus riquezas.

Desengañado ya sin duda este Gobierno de que por medio de los comerciantes ingleses y de sus repetidas contratas, no puede lograr el acopio de las armas que necesita para la obstinada defensa a que se prepara, por cuanto el Gabinete de la Gran Bretaña ha prohibido todo tráfico de armas o artículo de guerra entre sus mercantes, y [los] habitantes de la América del Sur, acordó en el propio día 15 la entrega de todas las armas de chispa y blancas destinadas para los usos de los particulares, ya sea por vía de depósito en la Sala de Armas o por la enajenación, recibiendo de contado su valor. Mejor será para mayor ilustración de lo acordado en este negocio, poner aquí literalmente el respectivo Bando:

“La importancia de armas sólo puede meditarse por la necesidad de defendernos; hemos jurado mantener este dominio a la Religión, a nuestro Soberano y a nosotros mismos; cuanto se debe a tan sagrados objetos, obliga nuestra diligencia por lograr del modo dable las armas de chispas y blancas, que destinadas antes a usos particulares, deben hoy consagrarse a la seguridad general. Sabe esta autoridad que es uno el voto del Reino en orden a su defensa y cuando la más gloriosa emulación por alistarse bajo tan dignas banderas le aseguran este decidido concepto, no vacila en interesar a todos para que presentando las que posean, pueda realizarse un estado del efectivo armamento, clasificarlo para preparar las municiones y descansar sobre dato seguro en un artículo tan interesante; espera por consiguiente: lo 1º, que cada habitante de esta capital dará razón a los comisionados don Tomás Vicuña, don Pedro Prado, don Luis Mata y don Joaquín Trucios; lo 2º, que el que voluntariamente quiera depositarlas en la Sala de Armas, podrá hacerlo bajo el recibo de los Comisionados, cuya conservación y restitución garante desde ahora esta Autoridad, o su valor de contado, si quisiere recibirlo; lo 3º, que se compran del mismo modo, y a justa tasación todos los fusiles, carabinas, escopetas, pistolas, sables, espadas, empuñadas o en hoja de servicio, o descompuestas que  presenten a dichos señores comisionados, sin que por la adquisición de los primeros, pistolas y espadas que llevan la presunción de ser del Rey, sean reconvenidos los vendedores; lo 4º, que del mismo modo se comprarán las piedras de chispas de fusil y las piezas sueltas de esta arma, que se presentaren; lo 5º, que se concrete desde ahora un escudo al brazo con el lema Con su valor y espada, salvó la patria armada, al que se presentare armado a su costa en cualquier cuerpo militar; lo 6º, que el que promoviere, adelantare o perfeccionase la fábrica de armas con especialidad la de fusiles, será titulado de palabra y por escrito con el tratamiento de distinguido patriota, se le considerará muy particularmente el servicio y será acreedor sobre el eterno reconocimiento de la patria, a los empleos, honras y distinciones proporcionadas a su capacidad y carrera, que le asegura a nombre de la misma este Poder. En Santiago de Chile a 15 de octubre de 1811. Juan Mackenna.- Martín Calvo Encalada.- Juan Miguel Benavente.- Doctor José Gaspar Marín.- Vial, Secretario”.

Todo esto es una prueba decisiva de que el nuevo Gobierno trata de sostenerse a toda costa y que hallándose falto de armas y socorro de lo demás que interesa a la guerra, ha tomado el arbitrio de que las de los particulares sirvan a llenar sus intenciones, en término que la providencia aquella no sólo ha sido extensiva a la capital, sino también a todos los partidos del Reino, para que la alarma sea general en todo él.

En este propio día 15, de resultas de todas las providencias que sucesivamente se han indicado tomadas por este Gobierno desde el día 4 de septiembre, con el fin de comprobar al público las nerviosas activas resoluciones desde aquella crisis, de un modo que aseguren su estabilidad y firmeza, dio al Reino un manifiesto de todas sus operaciones tan satisfactoriamente como lo acredita. El historiador no ha querido soltarle al público desnudamente, por parecerle necesarias algunas notas declaratorias e impugnativas de muchas faltas capciosas y perjudiciales sentencias que contiene, y van puestas sucintamente al pie de dicho Manifiesto:

“Ciudadanos: Después de 300 años en que habéis oído aquella máxima tan sostenida en el código de la opresión, sobre que los soberanos sólo deben responder a Dios de su conducta; escuchad ahora por la primera vez la ley de la razón y el homenaje que hacen vuestros representantes a los sagrados derechos de los pueblos. Somos vuestros mandatarios, y os daremos sucesivamente cuenta de nuestras gestiones públicas para que la opinión dirija nuestros principios. Ved aquí el resumen de las providencias más interesantes que se han expedido para vuestra felicidad desde el 4 de septiembre último hasta la fecha”.

Nota 1. Que los reyes como soberanos de la tierra, que mandan con imperio absoluto no reconozcan más que a Dios por Supremo Juez, a quien dar cuenta de sus operaciones, sin sujetarse a ninguna autoridad de la tierra, no es máxima sostenida en el código de la opresión, como se dice, sino por el espíritu de la Religión en la sana interpretación de los sagrados dogmas, por el uniforme consentimiento de los padres en la exposición del Salmo 50 v. 5 de Populo si quis erraverit et Deo peccat et Regi, at quando Rex delinquit Soli Deo Reus, quia hominem non habet qui ejus facta dijudicet, dice Casiodoro.

“Los derechos cargados a los oratorios, matrimonios, óleos y entierros, impedían la fecundidad natural del país, fomentaban la inmoralidad y aun desacreditaban la Religión. ¡Ciudadanos pobres, ya podéis libremente y sin costo obedecer a los dulces impulsos de la naturaleza, reproduciros virtuosamente y ser llamados a la Religión según el espíritu literal del Evangelio!”

Nota 2. No entiendo de qué modo impidan la fecundidad natural del país los oratorios, matrimonios, óleos y entierros, ni fomenten la inmoralidad, desacreditando la Religión. En la Iglesia Metropolitana de Lima y en ésta hay aranceles que se hicieron con aprobación del soberano. En esta posesión han estado los párrocos, viviendo del Altar, como que sirven a él. El Evangelio recomienda la vida del celibato con preferencia a las bodas. No de libremente seguir los impulsos de la naturaleza, antes bien, nos estrecha al imperio de la razón y de la virtud en la subyugación de las pasiones.

“¡Esclavos! Preciosa porción, aunque infeliz de la humanidad, nuestras embarcaciones jamás condujeron del África a vuestros progenitores. Vosotros habéis visto a nuestros hermanos los indios, sujetos a peor condición y vuestras trabas y envilecimiento cuasi nos dejaba de una suerte igual a la vuestra. Ya es libre vuestra posteridad. Chile es el primer país de la América Española que proclama ese natural derecho; agradecednos lo que es posible por ahora. Os halláis sin industrias y sin ocupaciones para subsistir; por esto no podéis ser unos hombres libres. Sin embargo, luego veréis los principios suaves y benéficos que modificarán la triste servidumbre, hasta reduciros a la clase de hijos”.

Nota 3. La servidumbre, fuera de ser aprobada por el derecho de gentes, el primer Vicario de Cristo la reconoció en aquellas palabras: A quo quisque superatus est hujus et servus est. La ley del Reino mancomunadamente la reconoce como necesaria en estos países para la agricultura. El soberano ha expedido leyes muy vigilantes para su enseñanza y conservación servil. El Gobierno de Chile no sólo las detesta, sino que las deroga; ¿con qué fin? Para llamar la atención de la plebe al auxilio de su revolución, movidos del aliciente de la gratitud por la libertad, que es de precio inestimable.

“Negociantes: vosotros podéis usar del derecho natural de salir del país, y pagáis una contribución con el nombre de licencia; marchad ahora libres, y volved a vuestra patria con luces, con industria y con comercio, para recompensarle sus cuidados”.

Nota 4. Saldrán los negociantes del país sin la contribución de la licencia, pero agobiados con un 4% más de derechos; grabados con los que no debían contribuir por estar agraciados en los puertos de Guanchaco y Pacasmayo; con el 9% del trigo y otras mil imposiciones que les agravarían los cuidados con expendio de sus intereses.

“Agricultores: la siembra de tabacos os estaba prohibida; ya podéis hacerla bajo de unas trabas que se os ha permitido; formaréis vuestra subsistencia con esta ocupación, si os dedicáis a ella empeñosamente”.

Nota 5. La siembra de tabacos es concedida, porque asoma la necesidad y sobresalta el temor de que no venga de Lima, de modo que abriéndose la puerta a este cultivo, sólo se consulta apagar el clamor general de los que le usan y subvenir a que la renta no pierda 250 mil pesos que entra al Erario por esta especie. No es poco sensible al Gobierno la falta que le resulta de dinero para auxiliar sus tropas...

“Infelices litigantes: ya no es la vida de un hombre y el caudal de un poderoso lo que se necesita para concluir los recursos que debieron hacerse en la Península. Si os sintieseis agraviados de las magistraturas, en el seno de vuestra patria está establecido el Tribunal que os hará justicia en todos los recursos extraordinarios”.

Nota 6. Aquí está el Tribunal que llamamos de segunda suplicación, que debe hacerse inmediatamente a la Real Persona en su Supremo Consejo de Indias. Se han elegido para conocer esta clase de recursos a los diputados don Joaquín de Echeverría, don José Manuel Rozas y al suplente don Juan de Dios Vial del Río y se ha nombrado para Fiscal al Doctor don Bernardo Vera. Ya hay varios recursos pendientes en el Tribunal; ¿que otra prueba se necesita para conocer el Gobierno de independencia?

“Pueblo: Os quejabais justamente que el erario formado con vuestros sudores era únicamente la tesorería de los opulentos funcionarios y agraciados que venían de Europa. Vedlos hoy a todos contribuyendo con sus mismos alimentos para vuestra defensa; extinguidas las masas inútiles; moderados los sueldos; destruidos los privilegios de exenciones arbitrarias de derechos, y aumentado el erario en más de 80 mil pesos, sin que este aumento cueste una gota de sudor al labrador, ni un suspiro al padre de familia”.

Nota 7. La Real Hacienda se ha engrosado con la baja de sueldos, supresión de empleos y por los muchos arbitrios que ya se indican. Más bien es este un patriotismo de lágrimas que incremento de Erario, pues muchos padres de familia, después de haberse sacrificado en el Real servicio por muchos años, no tienen con que sustentar [a] sus familias, porque o han sufrido baja en sus sueldos, o han perdido sus plazas por no ser adictos al sistema.

“Los peligros que por todas partes nos rodean, necesitan armas y la pericia militar de todos los ciudadanos. El Gobierno espera racionalmente que dentro de 10 meses se verifiquen con felicidad las activas providencias que ha tomado sobre el primer artículo, y aumentado ya el Cuerpo de Asamblea, correrán en breve a los campos, a las villas, para disciplinar los robustos brazos en que la patria funda su seguridad y sus derechos”.

Nota 8. Rodean los peligros al Gobierno tumultuario y su mayor temor es hallarse desprevenido de armas, por cuyo principio han activado sus providencias, formando repetidas contratas con las naciones extranjeras. Mientras tanto solo cuidan de disciplinar aquellos brazos que puedan sostener la independencia.

“Ciudadanos, ¿creísteis que los subdelegados eran restos de la antigua opresión de los pueblos? Ya están dadas las providencias para extinguirlos. Elegiréis vuestros funcionarios y deberéis a vosotros mismos los principios inmediatos de vuestra felicidad”.

Nota 9. El Gobierno es popular; los subdelegados son representantes del antiguo; no están bien con los principios del sistema; por cuya razón se han expedido órdenes circulares previniendo que dentro de 7 meses deben cesar todas las subdelegaciones del Reino.

“Tenéis dos puertos principales; os quejabais justamente de su desamparo. Ya Valparaíso y Coquimbo se van a fortalecer con valientes guarniciones”.

Nota 10. Las guarniciones son una compañía de Húsares y otra de Granaderos, un oficial con 22 Artilleros, con orden de reintegrar la compañía hasta 72 plazas en cada uno de los puertos ya indicados.

“Ciudadanos ilustres: quisisteis que el Gobierno confiase en vuestras luces y en vuestro amor a la patria y a vuestros hijos su inviolabilidad y la energía de sus principios liberales. Ya formasteis un Regimiento de Patriotas, dispuesto por la Autoridad Suprema y organizado por vuestra libre elección”.

Nota 11. El Regimiento de los Patriotas que aquí se anuncia, no se erigió por falta de adictos. Sólo se formó un Batallón de 8 compañías de a 50 hombres, a cuyo fin admitieron de toda prosa, comprendiendo muy de pronto este Gobierno, que no era tanta cuanta se pensaba la adhesión de los ilustres vecinos que trataban de seguir sus banderas.

“Centenares de millares de numerario absorbe la compra de yerba del Paraguay. Vuestro Gobierno cuida con actividad y con felices resultados, sustituir una abundante equivalente de es te fruto en la Guillipatagua propia del país”.

Nota 12. La escasez de yerba y la mayor carestía que amenaza al Reino, hizo que el Gobierno aprobara la Guillipatagua como equivalente de la del Paraguay y publicarlo por bando. Por la experiencia que hay, es un excelente emético y en mayor cantidad poderoso purgante. Cuando otra cosa no sea, servirá para evacuar los malos humores de la independencia.

“Necesitábamos de relaciones políticas y de darles la correspondiente energía y seguro giro. Ya tenéis un enviado diplomático a la capital de Buenos Aires.

Nota 13. Don Francisco Antonio Pinto, abogado de esta Real Audiencia, es nombrado Embajador a la inmediación de la Corte de Buenos Aires con 1 .500 pesos anuales de sueldo y 300 para su transporte.

“Nuestros hermanos los Pardos han manifestado siempre una ardiente y generosa adhesión a nuestros principios. Deben contarse entre los valientes defensores de la patria. Ya su cuerpo está aumentando a la clase de Batallón y dentro de dos meses podrá competir con los veteranos”.

Nota 14. Gracias al Señor que la decantada Caballería de los héroes de Chile ya reconocen a los mulatos por sus hermanos. Antiguamente se juzgaban por hombres de otra estirpe que la de Adán. Es tiempo de adular por la necesidad que tienen de los valientes defensores de la Patria.

“La Artillería forma el nervio principal de la guerra y la seguridad de la defensa. Ya está disponiéndose una escuela práctica de Artillería y preparándose los libros que no teníamos necesarios para ella, con trabajo de escribirlos”.

Nota 15. La Artillería es excelente, pero no hay manos que le dirijan, ni oficial facultativo científico. De nada sirven los libros sin directores, ni maestros que los enseñen.

“Ya tenéis decretado el establecimiento de una Escuela de Matemática y Dibujo militar y llamado un excelente maestro que la dirija”.

Nota 16. Se trata de poner la escuela que se indica y a este fin se ha llamado de Valdivia a don Miguel Atero, Capitán del Cuerpo de Ingenieros.

“Vuestra Artillería no podía salir dos leguas por defectos de sus trenes. Ya la tenéis con todos sus atalajes y pronta para ocurrir a los puntos que se necesiten”.

Nota 17. La Artillería podrá salir a cualquiera parte: ¿y qué hará sin artilleros y sin oficiales facultativos?

“La disciplina y orden militar se ha asegurado con la creación de una Inspección y circulan las órdenes correspondientes a los cuerpos militares del Reino para establecer y consolidar los principios de ordenanza. Tenéis un Gobierno de cuyo despacho parece no podréis quejaros de que haya algún negocio atrasado”.

Nota 18. Trátase de disciplinar los Cuerpos Militares, y para ello se han dado órdenes circulares, todo con el fin de sostenerse, aun en el caso de que se pierda su aliada Buenos Aires.

“He aquí la razón por mayor que os dan vuestros Mandatarios en poco más de un mes de sus funciones. Con la misma continuarán en épocas determinadas. Pero entended que vosotros también sois responsables a la opinión, a vuestra posteridad y al examen de todas las naciones que hoy fijan los ojos sobre la América. En el día que proclamasteis vuestros sagrados derechos y os encargasteis de vuestra seguridad, en ese mismo habéis renunciado al egoísmo, a las miras bajas y rastreras y a formar un círculo de vuestros intereses, independiente de la fortuna pública. Seréis cuanto queráis, si amáis vuestros principios, confiáis en vuestro Gobierno y conserváis la más perfecta unión; pero todo lo perderéis en el momento que os falten estos sentimientos que son los únicos que forman los pueblos. Santiago y octubre 15 de 1811. Benavente.- Rosales. Calvo Encalada.- Mackenna.- Marín.- Argomedo, Secretario”.

Nota 19. Todo el objeto del nuevo Gobierno es reunir las voluntades de los habitantes del Reino para que conspiren mancomunadamente a su defensa. A este fin usa unas veces de amenazas y trata de aterrar con los castigos; otras halaga con blanduras, con promesas, con distinciones y privilegios. No ha tenido otro objeto la libertad de los derechos de arancel en los feligreses, dejando a los curas en estado de perecer, sin sueldo alguno, sólo con la esperanza de una contribución equivalente, sino el que la numerosa plebe agradecida a estas fingidas liberalidades se comprometa en fuerza de su agradecimiento, a la defensa y a cuanto quieran los protectores del sistema.

***

Consiguientemente a la nueva solicitud del Gobierno de Buenos Aires sobre la remisión de la pólvora, se activaron aquí las providencias, como que el mismo Capitán Calderón, que, como encargado vino de aquella capital para transportarle, pasó en persona a Valparaíso con el Doctor Vera a tomar allí de los Reales Almacenes, unos dicen 800, otros que 1.000 quintales. Lo cierto es que dentro de muy breve término estaba todo expedito y puesto ya en el Valle de Aconcagua. El empeño del Congreso en esta materia lo acredita el oficio que dirigió al Gobierno de Buenos Aires con fecha 15 de octubre de este propio año, y es a la letra como sigue:

“La conducta de los enemigos de la causa del Rey y de la patria y los mismos medios de que se valen para combatirla, se han de convertir necesariamente en favor de ella, y han de sostener la energía con que Vuestra Excelencia la defiende. Si los documentos irrefragables en que se apoyan los manifiestos publicados a un propio tiempo en diversos, distantes y separados puntos de la América; los crueles atentados cometidos; si el silencio en disculparlos, no bastaron para acallar la obstina da prevención, o la tercera pueril rivalidad que dividía los ánimos; si la atroz infracción de los tratados, que respetan las tribus más bárbaras, no fue suficiente a concitar el rencor y presentar a los pueblos la horrenda perspectiva de la suerte que se les prepara, hoy se las pone a los ojos del nuevo José, que abriendo la puerta a los españoles, vende la patria a su personal venganza. Este hecho corre el telón, reunirá las opiniones más opuestas y hará triunfar a Fernando, a la justicia y a Vuestra Excelencia.

 Una parte de la pólvora que pide V. E., está en camino y otra seguirá luego. Se ha encargado a la Junta Gubernativa que allane el envío de las demás, y a ese efecto ha dado las más activas providencias a fin de que a la llegada (que acaba de verificarse al escribir ésta) del Capitán don Francisco Calderón, se halle en estado de que prontamente llene la comisión de transportarla. Este nuevo servicio en obsequio de Vuestra Excelencia, y el haberse hecho digno de su recomendación, confirman el buen concepto que se tenía de es te oficial, que ha sabido acreditar los sentimientos de sus compatriotas, quienes por su parte los ratificarán distinguiendo su mérito. Dios guarde, etc., Santiago de Chile y octubre 15 de 1811.- El Congreso”.

Día 17. Se hizo una universal citación de mulatos en el basural que llaman de Santo Domingo, para completar el Batallón de su cuerpo, habiendo sido previamente elegido para Sub Inspector del referido Batallón don Juan de Dios Vial, que es como un comandante universal de cuantos cuerpos milicianos se levantan en esta capital, y el sostén del Gobierno para todas estas deliberaciones.

En este propio día llegó a Valparaíso la fragata Piedad procedente de Lima. El Gobernador de aquel puerto sorprendió al instante la correspondencia a bordo de dicho buque y ejecutó la misma diligencia que con la Candelaria, con información tomada al Capellán, y otros de su facción, ratificando la derrota y prisión del señor Goyeneche, que presto se falsificó por varios impresos que pudieron escapar de las garras de aquel Gobernador y se supieron los grandes triunfos de la batalla de Suipacha contra los cochabambinos.

Día 18. Se trajo a la vista del Congreso un expediente sobre realizar un cementerio o panteón público con el fin de impedir en lo sucesivo el que los cuerpos se entierren en las iglesias. Confieso que la providencia es la más arreglada, atendida la pública utilidad que resulta. Será digno de tener consideración al auto expedido para el efecto que es del tenor siguiente:

“Santiago y octubre 18 de 1811. Visto este tan importante retardado como importante expediente, se declara que desde luego deben cumplirse las reiteradas providencias para desterrar la indecente y nociva costumbre de sepultar los cadáveres en las iglesias. Que a este fin se trate de construir un cementerio público y común en la parte que designa el Ayuntamiento, conciliando la comodidad de los concurrentes con la situación del edificio, de modo que colocado este a sotavento de la ciudad, alejen de ella los vientos dominantes y la infección que no puede evitarse por medio de las precauciones conocidas. Para designar la ubicación, para activar la obra, para procurar arbitrios de realizarla, se encargarán tres personas de celo y carácter, una elegida por el Congreso y lo será su actual Presidente Excelentísimo señor don Joaquín Larraín; la otra por la Autoridad Eclesiástica y el Procurador general por el Cabildo, a quienes se comunicará esta resolución. Como la falta de fondos ha sido la causa o pretexto para la inejecución de una obra por que clama el respeto debido al santuario, la salud pública y el ejemplo de los países cultos; para ocurrir a este defecto, a más de la diligencia de los comisionados, contribuirá una suscripción que empezará por los individuos del cuerpo y cuya circulación se encarga a la piedad y patriotismo del Coronel don Pedro Prado, don Joaquín Sotomayor, Capitán don Lucas Arriarán, don Antonio Sol y Martorel, Reverendo Padre ex Provincial Doctor Fray Francisco Javier Guzmán, Reverendo Padre Fray Lorenzo Videla y conjuez don Francisco Pérez; quienes excitarán a la voluntaria contribución, no solo haciendo presentes los bienes que de ella deben resultar al común, sino franqueando las distinciones que aseguran a sus personas o sus familias, los que por alguna erogación se hacen acreedores a perpetuar la consideración debida y que las cenizas de sus parientes reunidas en un lugar exciten la memoria de su piedad. Finalmente se estimula a todo ciudadano a proponer cuanto le ocurra conducente a tan santo fin, que será un objeto de interesante conato del Gobierno, hasta verlo practicado en la capital y a su ejemplo en todo el Reino, circulándose a todas sus partes esta resolución, que precisamente empezará a verificarse en esta ciudad el 1º de mayo próximo. Joaquín Larraín, Presidente.- Manuel Antonio Recabarren, Vice Presidente.- Manuel Salas, Diputado Secretario”.

Consiguiente al anterior Decreto se dio a luz un manifiesto para todo el Reino, trabajado, según se dice, por el Diputado don Manuel Salas. Cuanto tiene de moderación el derecho antedicho, tiene de arrogancia y anacronismo aquel manifiesto. Sus proposiciones y doctrinas son capciosas, mal sonantes y ofensivas en parte a la Religión. Por esos motivos he resuelto agregarle aquí con sus notas expositivas e impugnativas al margen. He aquí a la letra el Manifiesto:

“El Congreso a los Pueblos del Reino de Chile.

En vano se empeñaría el Congreso en echar las verdaderas bases de la libertad civil de la Provincias, si no ocupara sus primeras atenciones en desterrar los envejecidos prejuicios que chocan precisamente con las ideas liberales que proclama. No tiene el hombre mayor enemigo de su felicidad, que las preocupaciones sostenidas por el torrente del uso, y la tiranía de una opinión que se cree sagrada. El imperio de la costumbre, sin más principio que un vicio, sin más autorización que la ciega práctica de los mayores, ha arrastrado, y fuerza al ejercicio de unas acciones incompatibles con la santidad y pureza de la religión misma, e inconciliables con el sagrado interés de la salud pública.

De cuanto puede impresionar el espíritu humano, se han valido siempre los déspotas para fomentar la humillación y abatimiento y mantener la ignorancia de los pueblos, como el más seguro sostén de sus arbitrariedades. En consecuencia de esta conducta fascinante, una de las preocupaciones que se ha hecho dominar en el Reino, es el seductivo abuso de enterrar los cadáveres humanos en los templos, profanando en realidad los venerables alcázares de la Religión. Con lo que la humanidad tiene de más inmundo, e infestando de este modo la morada sacrosanta de la oración con lo más perjudicial a la salud y existencia de los vivientes.

Los pueblos desde la más remota antigüedad, en el seno de la superstición, jamás pensaron deshonrar con un cuerpo muerto el lugar que creían habilitado por la divinidad. La Nación escogida del Ser Supremo, nunca conoció otros sepulcros que los desiertos y asperezas y aún el virtuoso y político Moisés fue enterrado en el Valle de Moab por orden expresa de Dios.

El cristianismo adopto igualmente la inhumación. Esta santa Religión nacida en medio de las persecuciones, no podía tener sus sagradas ceremonias sino en secreto. Se congregaban los fieles a orar en las cuevas y subterráneos en que se sepultaban a los Santos Mártires y confesores de donde se llamaron catacumbas; según se aplacaban las persecuciones, se hacían las sepulturas fuera de poblado en las casas de campo, principiando de aquí los cementerios, pero nunca tuvieron aquellos cristianos la temeridad de atentar el decoro de sus templos con sus cadáveres, ni de mezclar con sus huesos las respetables reliquias de los santos en el Sagrado depósito de las iglesias. Aun el mismo Emperador Constantino no tuvo el honor de ser enterrado en recinto de la iglesia de los Santos Apóstoles que había hecho fabricar en Constantinopla.

Posteriormente la prepotencia de los grandes, el fatal influjo de los poderosos, la ambición, el lujo, la relajación eclesiástica y sobre todo el deseo de cohonestar en la muerte la opinión que en su vida no habría quizá sido sino una gran cadena de vicios, introdujo la indecorosa y nociva práctica de inhumar en el centro de los templos. Una ciega imitación la ha perpetuado hasta nuestros días, habituándose los pueblos a una ritualidad de tan viciosos principios, como de tan temibles efectos, que no han examinado ni conocido. Para excitar las fiebres malignas y causar los morbos pestilenciales, no puede excogitarse causa ni más grave ni más eficaz, que la inspiración de las partículas cadavéricas, como ha de mostrado la experiencia, y por repetidas observaciones se ha conocido que de las sepulturas en el seno de los templos se han originado pestes tan furiosas, que han desbaratado provincias enteras.

Por esta causa, y por la falta de decencia debida a las casas que la Religión ha consagrado, se empeñaron los concilios de Braga, Maguncia, Nantes y Milán; en tiempos de San Carlos Borromeo, los más celosos pontífices y pastores de conocida virtud, en desterrar enteramente la inhumación de las iglesias; los más sabios legisladores en todos los siglos han procedido de acuerdo con los sentimientos de los Santos Padres; y aún el señor don Alfonso el Sabio lo estableció en su famoso código, renovando la misma orden el señor don Carlos IV en una circular inserta en el cuerpo de la Legislación el año pasado de 1805; por lo que la España, que aun en tiempo del Papa Pelagio II conservaba el decoro debido a sus Basílicas, adoptó ya generalmente la práctica de inhumar en cementerios, imitándola en esta parte casi todas las Américas.

Este Congreso en vista de fan poderosos motivos, no pudiendo ser indiferente a los males con que amenaza a la comunidad el abuso tan remarcable de enterrar en los templos, siguiendo la plausible costumbre de las naciones cultas, y consultando en fin al mayor decoro y decencia de los augustos palacios de la Santa Religión que tan solemnemente ha jurado; ha venido en determinar que desde esta fecha no se entierre cuerpo alguno en las iglesias, sea la persona que fuere, de cualquiera clase o condición, sin que se pueda alegar pretexto alguno en contrario, y así mismo sin perjuicio de los funerales acostumbrados y establecidos. El Congreso conoce que la inhumación por sí es una de las costumbres cuyo origen sube al de las sociedades, siendo muy natural alejar de la vista y cubrir de tierra unos objetos que no pueden hacer más que entristecer la humanidad pero está íntimamente persuadido que solo el orgullo y la ignorancia pueden autorizar se coloquen soberbiamente los cuerpos laceros, troncos y miembros podridos cerca del Sacramento cuerpo de Jesé Cristo, Dios vivo y hombre verdadero.

En esta virtud los curas párrocos, coadjutores, prelados de todas las órdenes religiosas y sin excepción y demás personas autorizadas en línea de entierros, tendrán especial y obligatorio cuidado de inhumar en los campos santos donde los hubiese, y donde no, dar pronta providencia a fin de que se demarquen proporcionalmente en el recinto de las iglesias receptivas, quedando entretanto el Congreso en el activo empeño de de terminar los medios y lugares oportunos para el establecimiento de un decente panteón o cementerio, donde sean conducidas las honorables reliquias del virtuoso ciudadano.

Tendráse así entendido para su exacto cumplimiento. Santiago y octubre 19 de 1811. Juan Pablo Fretes”.

Día 19. Fue electo Presidente del Congreso don Juan Pablo Fretes, natural de Buenos Aires y canónigo de esta Santa Iglesia Catedral, activo agente de las revoluciones del Reino. Igualmente se eligió de Vice Presidente a don José María Rozas, sobrino del Doctor don Juan Martínez de Rozas, heredero de su espíritu y de sus ideas.

Día 21. Salieron las tropas destinadas para Valparaíso y Coquimbo de que se hace expresión en el manifiesto del día 15 de este Diario.

Día 23. De resultas de haberse presentado al Congreso un peón campestre a denunciar una Guaca (así llaman en el país los entierros de oro, plata y alhajas) del valor e 600 pesos en dinero, que dijo existir en la Hacienda de la Calera, que fue de los expatriados jesuitas, quienes privadamente sabedores de su extinción, procuraron hacer dicho entierro; nombró para el descubrimiento al Diputado suplente Doctor don Juan Francisco León de la Barra, quien escoltado de 6 hombres, y un escribano pasó a la referida Hacienda de la Calera, que hoy es mayorazgo de don Francisco Tagle Jaraquemada. Fueron indecibles la sorpresa y susto que sobresaltaron a la señora doña Rosario Portales, madre de dicho don Francisco y a toda la familia. Juzgaban que dicho Barra iba a traerlos presos, a secuestrar sus bienes o a alguna otra extorsión. En este conflicto estuvieron desde las oraciones en que llegó el comisionado con su escolta dicha, hasta las 6 de la mañana siguiente, en que por medio del Escribano hizo intimar el decreto en que se ordenaba por este Congreso, que los dueños de dicha Hacienda permitiesen hacer un registro o excavación en el lugar que designase el Doctor Barra.

En efecto, se le franquearon barretas, palas y demás herramientas necesarias y peones para la excavación que mandó hacer bajo la manzana, en el propio sitio que señaló el denunciante. Duró la operación todo el día; hicieron un socavón de más de 6 varas de largo y de 4 de profundidad, ya inclinándose a una parte, ya a la otra, al arbitrio del delator. Llegó la noche sin haberse encontrado cosa alguna. El campestre conociendo los riesgos que podía producir una burla de esta naturaleza, fugó esa noche, dejando pifiados al comisionado, escribano escolta, que tuvieron esa mañana que retirarse avergonzados a la ciudad a dar razón al Congreso de aquel fatal acontecimiento. Sin duda el gran deseo de incrementar el erario repentinamente y fomentar las vastas ideas de la defensa, les hizo prestar ligeramente asenso a la relación del campestre; lo que ha dado no poco material a la crítica y risa del pueblo.

Día 24. Avisó este Congreso a la Junta de Buenos Aires, la elección hecha en don Francisco Antonio Pinto para Embajador a la inmediación de aquella Corte, a fin de que sirva de órgano y serio conducto de las deliberaciones de ambos pueblos y contribuir a la combinación de sus recíprocas relaciones. Dicho oficio es a la letra como sigue:

“Se presentará a Vuestra Excelencia don Francisco Antonio Pinto a ratificar verbalmente las sinceras protestas de la más cordial y firme amistad entre ese y este país, a quienes liga la naturaleza, la uniformidad de sentimientos e intereses. Será un órgano de las muestras de la consideración que profesamos al Gobierno y a los heroicos habitantes de las Provincias del Río de la Plata y un conducto siempre dispuesto a comunicarnos sus voluntades. Nos lisonjeamos de que este carácter le proporcionará la aceptación que necesita para desempeñar dignamente su cargo, que consiste principalmente en contribuir a la mejor combinación de nuestras relaciones, y de los esfuerzos comunes para procurar la felicidad de ambos pueblos y sostener la causa del Rey y de la Patria. Dios guarde etc. Santiago de Chile octubre 24 de 1811. El Congreso. A la Excelentísima Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Río de la Plata”.

Día 26. El Congreso dio cuenta a esta Junta de aquel nombramiento, advirtiéndole su representación para que le comunique las órdenes que le parezcan necesarias según el interés del Reino. Le recomienda lo importante que es el destino y que las instrucciones para su mejor desempeño se formarán y caminarán reservadas. Pongamos a la vista para comprender mejor el antedicho oficio:

“Cuando el Congreso advirtió la necesidad de tener en Buenos Aires un encargado, nada hubo de más natural que nombrarle, gratificarle, instruirle y prevenirle como debe dirigir sus avisos en negocios públicos. Esto es todo lo que aparece, en sus Actas y Oficios y es todo lo que debe aparecer. Para que Vuestra Excelencia le comunique sus órdenes, se le dio la de que se presentase a recibirlas. La correspondencia privada y de asuntos en que no debe sin perjuicio aventurarse el secreto, se acordó la llevase con los Secretarios de éste y ese cuerpo, tanto porque nunca faltase quico la conteste, como porque así se creyó ocurrir mejor al interés del Reino; pero si Vuestra Excelencia concibe que podrá llenarse más bien este importante encargo, recayendo en otro individuo suyo, se asociará con él aquel que elija el Congreso. Lo que indudablemente importa es que parta luego y que al llegar a su destino encuentre las instrucciones reservadas que mientras tanto pueden formarse por una comisión compuesta de miembros de ambos cuerpos, en que se salvarán todos los embarazos que un permite ahora la angustia del tiempo; con lo que se logrará el sigilo y el mejor servicio de la patria, inseparable de la buena armonía y acuerdo, e inconciliable con los ápices y la demora. Dios guarde etc. Sala del Congreso y octubre 26 de 1811.- El Congreso. Excelentísimo señor Presidente y vocales de la Junta Provisional de Gobierno”.

Día 29. Desairado en cierto modo el Gobierno de ver que en su manifiesto de 15 de este mes publicó a este Reino la erección de un Regimiento de Patriotas, siendo el resultado el de un solo Batallón que queda detallado el 11 del corriente, a causa de que muchos resistieron su alistamiento; resolvió que todo hombre libre del estado secular desde 16 a 60 años, se presente en el término de 20 días al cuerpo militar que su condición o calidad los determinen y que no lo haciendo las Justicias les reconozcan por enemigos de la sociedad. Oígase lo que en este particular literalmente se publicó por el siguiente Bando:

“Si cada habitante de Chile ha jurado sostener a todo trance los derechos sagrados de Dios, el Rey y sus hogares, están obligados sin excepción de clases, ni personas a ponerse en estado de llenar tan augustos votos; no puede ser sin el orden militar, que solo da la disciplina, ni lograrse ésta sin estar alistado, y reconocer cuerpo. Por tanto ha venido en declarar esta Autoridad que todo hombre libre del estado secular desde 16 a 60 años se presente dentro de 20 días al Cuerpo que su calidad e inclinación lo determine, en que tendrá el asiento que corresponda a su calidad y aptitud, dándole el despacho o papeleta respectiva posteriores a esta fecha que podrán exigirle los jefes militares y justicias, que en su defecto los conocerán como a enemigos de la Sociedad que los abriga. Santiago de Chile, 29 de octubre de 1811. Mackenna.- Rosales.- Calvo Encalada.- Benavente.- Doctor Marín.- Vial, Secretario”.

No hay arbitrios que pueda sugerir el despotismo que no se ponga en ejecución. El empeño de armarse es general; todo el Reino está en movimiento por las repetidas órdenes circulares que se han dirigido a todos los partidos para un alistamiento comprensivo de sus habitantes. En la capital no se oye sino el estrépito de Marte en la disciplina diaria de las tropas. El que no reconoce cuerpo tiene declarada contra sí la indignación y el concepto más despreciable de bajeza. Se trata que todos sean soldados, para que todos entren a la lid que se espera y el que no sigue este sendero es enemigo de la Patria; tal es la agitación del vecindario en esta época lamentable y temo sea mayor en lo sucesivo.

En el propio día dirigió la Junta un oficio al Vicario de Monasterios, haciéndole presente la resolución del Congreso sobre que se devuelvan los dotes por fallecimiento de las religiosas a sus padres y demás legítimos herederos desde la fecha en adelante, con sola la excepción de las religiosas Capuchinas. El tenor del oficio es a la letra como sigue:

“Con fecha 23 del corriente ha bajado del Alto Congreso la orden que sigue: Siendo tan antiguo como notorio el clamor de los padres y familias que se creen privados del derecho a los caudales que se emplean en las dotes de las religiosas que por su fallecimiento deberían volver a aquellos que las leyes llaman de la sucesión; y teniendo consideración a que el incremento que por este medio toman los fondos pertenecientes a manos muertas, es un arbitrio con que indirectamente se autoriza la infracción de la providencias que autorizan su adquisición; se acordó que desde el día todas las dotes que se den a las que tomen el hábito de religiosas, o desde esta fecha entren en los conventos, se devuelvan después de su muerte a aquellas personas a quienes correspondería según las disposiciones de las leyes; exceptuándose solo de esta regla invariable las religiosas Capuchinas. Se traslada a Vuestra Excelencia para su inteligencia y cumplimiento, mediante las providencias que le tocan. Dios guarde, etc. Octubre 29 de 1811. Juan Mackenna.- Juan Enrique Rosales. Martín Calvo Encalada.- Juan Miguel Benavente. Doctor José Gaspar Marín. Señor Vicario de Monasterios”.

En este día vino a mis manos el oficio con que este Congreso dio cuenta a la Junta de Buenos Aires del suceso del día 4 de septiembre. Por la postergación que padeció el documento en haber perdido el lugar correspondiente, me hizo vacilar sobre estamparle o no en los fastos de esta Historia; pero considerando la mucha conducencia que tiene a la comprobación de varios hechos, en particular de la alianza de este Gobierno con el de Buenos Aires, por aquel principio he venido en escribirle, que es a la letra como sigue:

“El grande edificio de nuestra felicidad es una de aquellas obras que por su magnitud y por la concurrencia rara de dificultades que se la oponen, no tomará fácilmente aquel asiento en que consiste su solidez; antes de su perfecta consistencia sufrirá los embates de la prevención y de las pasiones; pero la justicia, la ilustración y el tacto de las propias ventajas, reunirán al fin las opiniones y los esfuerzos y la imparcial posteridad bendecirá llena de gratitud a los que sacrificaron por arrojar los primeros cimientos del santuario de las inmunidades de los hombres y del asilo de la desgraciada humanidad. La inocente confianza en los sanos principios que han guiado las resoluciones de estos habitantes y el descuido consiguiente al concepto de que nadie podía interesarse en variar un sistema que concilia con la propia conservación la de los derechos del Soberano a la de las costumbres y religión santa; esta idea, a la verdad, y una conducta conforme a ella, parecía que degeneraba en tibieza y se echaba de menos aquella perspicaz vigilancia y actividad que caracterizan el [al] gobierno de los que acaban de salir de la opresión y están amagados de peligros que acaso abulta la imaginación, o la malicia, o que pueden nacer de la combinación inesperada de sucesos de que apenas tenemos noticia y cuyos resultados serían nuestra ruina. La misma impavidez de los ingratos que repugnan los bienes anexos a la actual constitución, por una ciega obstinación o porque justamente recelan de verse reducidos a su justo valor; su audacia en exagerar los progresos de los enemigos de ese heroico Gobierno, con lo que indirectamente censuraban a éste; todo agitaba a este digno pueblo, que poseído de su riesgo, se presentó a pedir que se instituyese una Junta Gubernativa de cinco personas que designó y fueron don Juan Enrique Rosales, el Brigadier don Juan Martínez de Rosas, el Coronel don Martín Calvo Encalada, Teniente Coronel don Juan Mackenna, y Doctor don Gaspar Marín, entre los que turnase la presidencia y que fuesen Secretarias de ella el Licenciado don Agustín Vial, y el Doctor don José Gregorio Argomedo. El orden con que se hizo esta solicitud, la racionalidad de ella, la probada aptitud de los nombrados, todo concurrió a obtener la sanción del Congreso y a merecer el común aplauso, que se manifestó con todas las demostraciones de complacencia, no solo del común, sino de los más sensatos patriotas, que ven las riendas del Gobierno en manos vigorosas y maestras que tranquilizan sobre su suerte a los que ya descansan en la vigilancia de sus funcionarios.

Esto acaeció el memorable día 4 del pasado; y antes de 12 horas, o casi en la misma sucedió lo propio en la ciudad de Concepción; de modo que el vasto espacio que media entre el Mapocho y Biobío, se inflamó a un tiempo del fuego eléctrico de amor a Fernando y a la Patria. A la distancia de 150 leguas se instaló allí el día 5 una Junta Provisional, cuyo primer acto fue protestar su fraternidad y sumisión a este Gobierno y ofrecer todas sus facultades para sostener la unión de que pende nuestra dicha.

Vuestra Excelencia será doblemente sensible a ella, sabiendo que dio impulso al general movimiento el haberse entendido que se vacilaba sobre el envío de la pólvora que Vuestra Excelencia pidió. Este generoso pueblo nada mira con más interés que los triunfos de ese, que debe contar al chileno por su invariable eterno aliado. Por eso aguarda con ansia el resultado de las negociaciones con Montevideo que anuncia en su oficio de 6 de septiembre. Quiera el cielo oír sus votos, y que haya Vuestra Excelencia logrado la dulce recompensa de sus nobles fatigas, viendo restituida la paz entre esas dos ciudades. Nuestro Señor guarde, etc. Octubre 4 de 1811. El Congreso. Excelentísimo señor Presidente y vocales de la Junta Gubernativa de las Provincias del Río de la Plata”.

Por el propio principio que lo que va expuesto, no tuvo la respectiva colocación un oficio que dirigió el Congreso a don Pedro Díaz Valdés. Es el caso que dicho señor estaba sumamente resentido por la postergación que padeció el 14 de septiembre en la elección de Decano del Tribunal de Justicia, que aunque después se le quiso contentar en el empleo de Colega, no le aceptó. Como quiera que don Juan José Carrera unido con sus dos hermanos don José Miguel y don Luis, tenían la tropa a su devoción, ha blasonado de ser el árbitro del Gobierno. Estos, hermanos políticos de dicho Valdés, tenían sumamente sobresaltado al Congreso, a la Junta y demás funcionarios públicos, temiendo todos igualmente un suceso como el del día 4 de septiembre. Para apagar este fuego fue preciso dar a esta casa otomana las más sumisas satisfacciones, a que defiriéndose Díaz Valdés, se dirigió al Congreso con un oficio, manifestando en él las ideas más patrióticas que le caracterizan. El contexto de aquel se deja entender por la respuesta que le dio el Congreso en el siguiente oficio:

“La sensibilidad que usted manifiesta en su oficio de... y las vivas expresiones con que recomienda las ideas patrióticas que le son características, persuaden al Congreso de la buena ley, virtud y nobles procedimientos que honran la persona de usted, y la hacen acreedora a las mejores confianzas del Gobierno y del Alto Congreso; y si en este, el calor de la disputa, la libertad de opinar, licencia a alguno para explicarse equivocadamente contra el sentimiento común, usted está seguro que el concepto que se merece está afianzado en las pruebas reales que usted y toda su distinguida familia tienen dadas al Reino y mejores en la última crisis que ha padecido el sistema; descanse usted pues, en la confianza de que la patria no sabrá olvidar el verdadero mérito de un honrado servidor suyo; que así lo ha encomendado este Congreso a la Autoridad Ejecutiva, como lo acredita el adjunto certificado y lo tendrá presente para los destinos honrosos del servicio público, a que le considera muy acreedor. Dios guarde, etc. Septiembre 30 de 1811”.

Nada tiene que vacilarse para comprender el trastorno y mudanza que ha padecido la conducta de don Pedro Díaz Valdés. Este sufrió el despojo de su empleo de Asesor General. Paso a la Península; allí entabló sus reclamos sin otra noticia que la de estar colocado su suegro don Ignacio de la Carrera de Vocal de la Junta nuevamente erigida en esta capital, dejó sus recursos pendientes, y el principal sobre su reposición a la plaza; sacó un certificado de haberse presentado allí sobre el despojo y aceleradamente se embarcó en el navío inglés nombrado el Estandarte, trayéndose consigo a su hermano político don José Miguel Carrera. Esta pronta intempestiva deliberación fue con el designio de prevenir en tiempo e impedir la recepción del Doctor don Antonio Garfias a la dicha Asesoría. Llegó a Valparaíso el 25 de julio; encontró mudado el teatro; a su suegro fuera del tribunal; a Garfias en Montevideo, intimado por este Gobierno de que no se le daba cumplimiento a su despacho de Asesor, por último, que la obediencia y subordinación al Consejo de Regencia, que expresa la Acta de la instalación de la Junta era todo fingido, pues que no se había dado cumplimiento a ninguno de lo Despachos, Reales Cédulas y Órdenes expedidas por aquel Tribunal Supremo Nacional.

Frustrado así el proyecto de don Pedro Díaz Valdés empezó a vacilar sobre su suerte. Volver a la Península inmediatamente le pareció un desatino; llevar su primera intención adelante, pidiendo la reposición a su plaza, era imposible por la mudanza de Gobierno, y por que este se negaba al cumplimiento de todos los despachos. Ve que el Tribunal de la Real Audiencia es extinguido; que no existe ninguna de las autoridades legítimamente constituidas; ve finalmente el universal trastorno que se ha seguido en el antiguo Gobierno.

No podía contemplarse las primeras zozobras que padeció su espíritu, principalmente viéndose rodeado de mujer, hijos, suegro, cuñados y demás deudos, todos ellos de la facción del sistema, y que el menor bostezo en contra sería un delito de alta traición. ¡Qué contraste tan doloroso para un hombre de bien! Ello es que le ha sido forzoso adherirse al sistema, manifestar sus ideas patrióticas al Congreso, estar pronto a sus órdenes, esperar de allí su colocación y, desnaturalizándose, constituirse un verdadero patriota, hasta merecer las confianzas del nuevo Gobierno, y su recomendación para los primeros empleos; consecuencias tristes de la ligereza y acaloramiento de una imaginación ambiciosa. Podemos decir con verdad que queriendo evitar las llamas cayó en las brasas.

Desde que llegó a esta Capital el Correo de Buenos Aires con fecha de 16 de agosto con las noticias de estar ya en los campos de Montevideo el ejército portugués en auxilio del señor Elío contra los insurgentes del Río de la Plata, y que tres de sus diputados habían pasado a aquella Plaza a negociar con dicho Excelentísimo señor las avenencias de ambas ciudades, empezaron aquí los principales facciosos a desmayar la suerte de Buenos Aires y permanencia de un uniforme sistema, por cuya razón muchos diputados de este Congreso trataron insensiblemente de retirarse, acaso para olvidar de este modo sus primeras influencias, y no cooperar a las ulteriores determinaciones.

El primero que abrazó este dictamen fue don José Fuenzalida, Diputado por Melipilla, quien a poco tiempo hizo renuncia, y se eligió en su lugar al Doctor don Juan de Egaña, y de suplente a don José Ignacio Campino. El segundo fue don Agustín de Eyzaguirre, Diputado por la capital, y entró en su lugar como suplente el Doctor don Juan Francisco León de la Barra. En seguida hicieron lo mismo don Francisco Tagle y Jaraquemada, Diputado por Los Andes, don Estanislao Portales por la Villa de Cuzcuz, don José María Ugarte y Castelblanco por la de San Fernando, don Mateo Vergara por la ciudad de Talca, etc.; de modo que con haberse retirado y despojado a otros, queda el Congreso casi enteramente regenerado.

 

Notas.

1. Localidad peruana que actualmente integra el departamento de Lambayeque. (C. Guerrero L).

2. Guillipatagua o Huillipatagua es el nombre mapuche de la Citronella mucronata o naranjillo, especie endémica de Chile que crece entre Limarí y Osorno. (C. Guerrero L).

3. Grosura. Sustancia crasa o mantecosa. (C. Guerrero L).