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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Primera Parte. Contiene desde el 25 de Mayo hasta el 15 de Octubre de 1810.
Septiembre de 1810.

SEPTIEMBRE DE 1810

El 1º de septiembre estando en el truco de la calle de Ahumada don Fernando Cañol, divirtiéndose a la malilla con otros amigos, llegó don Francisco Valdivieso y Vargas a la mesa donde estaba y expuso que don José Antonio Rojas había escrito de Lima a don Agustín Eyzaguirre, diciéndole que estaba esperando a sus tres compañeros, a saber, don José Ignacio Campino, don Nicolás Matorras y a dicho Eyzaguirre. Se asegura que la carta es positiva y constante a varios sujetos. Cañol contestó diciendo: “Bueno es que lleven a Lima a todos los juntistas”. Sin más expresión que ésta se levantó un murmullo, se reunieron a la mesa más de 6 de la facción y llenándole de oprobios, principalmente el Valdivieso y don Manuel Araos, le conminaron con sumarias y penas condignas por la ofensa que le había hecho a su amigo Eyzaguirre.

Los compañeros de Cañol, especialmente don Agustín Gana, y él mismo que se decía ofensor, interpretaron las palabras, dándoles el mejor y más sano sentido, que no se dirigían expresamente a los sujetos referidos, pues que no se presumían fuese de aquel sistema, que sólo se extendía los que sentían a favor de la Junta. Por fin, humillado Cañol, se desdijo y dio otras muchas satisfacciones, haciendo ver que Eyzaguirre era su amigo y su benefactor y que no había de querer agraviarle con expresión alguna ofensiva.

A pesar de una reiterada satisfacción que se dio a todos los circunstantes y de haberse acordado allí mismo de guardar perpetuo silencio en la materia, pasó a las 10 de la noche don Javier Trucios a la casa de Eyzaguirre, y le dio cuenta de todo el suceso. Resentido éste, se presentó incontinenti; de sus resultas se siguió sumaria a Cañol, y no obstante del mejor y más favorable sentido que se dio a la proposición por los mismos testigos de la sumaria, estándole adverso sólo el de Valdivieso, se decretó el lunes 3 de septiembre mandamiento de prisión y embargo contra Cañol. La buena crítica enseña que todos estos procedimientos se dirigían a infundir terror a los que opinaban contra el sistema de la Junta. Cañol era el principal, y su genio burlesco por una parte, y sus enlaces de amistad por otra, parece que formaban conspiración contra la facción de los juntistas. Por este principio y por quitarle del medio, parece que buscaban ocasión de prenderle y hacerle algún vejamen.

Cañol, noticioso extrajudicialmente de lo decretado, procuró ocultar su persona, y desde allí dirigió al Superior Gobierno una representación entablando en ella la acción declinatoria, 1º por naturaleza del delito de estado; 2° porque todo delito criminal goza caso de corte; dijo también de nulidad por haberse tomado la declaración por el Alcalde compañero de Eyzaguirre, y que el mandamiento se expidió sin vista fiscal. Últimamente se interpuso la apelación subsidiaria en caso omiso o denegado de no querer sobreseer el gobierno en su conocimiento; recusó al asesor por un otrosí, y se nombró en su lugar a don Gabriel Toconal, Asesor del Cabildo, íntimo amigo de Eyzaguirre. Este dictó la providencia de que se llevara a debido efecto la captura de Cañol. En su virtud se dirigió éste a la Real Audiencia implorando la protección, probando la nulidad del Auto, el caso de corte, la naturaleza del crimen que produjo la injuria y también se presentó en el grado mejorando la apelación que había interpuesto subsidiariamente.

El Superior Tribunal de la Real Audiencia mandó traer los Autos, y que, entretanto, no se innove. El Superior Gobierno, lejos de acceder a la Providencia de la Real Audiencia, mandó llevar adelante su mandamiento de prisión y embargo contra Cañol, y enseguida formó la competencia, sin haber suspendido efecto alguno de la sentencia, aún cuando pendiente el nuevo recurso antedicho, como que con mayor actividad procedió el Alguacil Mayor en sus diligencias para capturar la persona de Cañol. Quedó así el recurso, y Cañol siempre escondido por no sufrir el vejamen que mereció por verdadero y fiel patriota. Este suele ser el premio de la virtud cuando la seducción y partido domina.

El día 6 llegó el correo de Buenos Aires, en cuya expectación estaba todo el pueblo. Vinieron noticias de Europa y habiendo sido las del anterior correo muy plausibles y confirmadas por la vía de Lima, las de éste en la mayor parte fueron melancólicas. El juego de gacetas comprendía hasta el 29 de mayo, pero no las que se repartieron en el correo, que sólo comprendían hasta el 22. Se conocieron de menos desde el Nº 13 hasta el 18 inclusive; faltaba también el Nº 23. Este defecto se ha notado en las gacetas desde la instalación de la Junta de Buenos Aires. Se opina generalmente que por convenios recíprocos, allí se entresacan las noticias buenas y se dejan las malas o menos favorables, y que por esto vienen truncas. Otros juzgan, con probabilidad, que las gacetas se imprimen en Buenos Aires como venidas de España, describiendo en ellas las noticias melancólicas; arbitrio propuesto por los juntistas pan deprimir los ánimos de los españoles, y hacer perder las esperanzas sobre la libertad de nuestra península.

También vinieron las noticias de que el Estado de la Unión que salió de Buenos Aires contra Córdoba, había entrado allí el 22 de julio; que el señor Liniers [1], el señor Concha, Gobernador de esta ciudad, el Ilustrísimo Obispo, el señor Oidor Moscoso, el Tesorero y otros personajes habían salido fugitivos; que a las 80 leguas los habían apresado; que fueron conducidos a Buenos Aires con numerosa escolta, que don Juan Martín de Pueyrredón estaba recibido del mando de dicha ciudad; y por último, que la subyugación al reconocimiento de la Junta de Buenos Aires de todo el distrito de su virreinato, era ya como consecuencia necesaria.

El problema, pues que produjo el retoque de las noticias opuestas de España, el empeño y pluralidad de sujetos en creer las funestas y la conquista de Córdoba como primeros progresos de aquella Junta, dieron vigor y fuerza al prevalente sistema de la Junta en esta capital, y aunque desde el 1º de septiembre, ya se hacían con frecuencia en casa de don Diego Larraín, ubicada en la plaza mayor, diferentes y repetidas juntas conferenciales para este negocio, pero desde el 6 fueron más diariamente en mayor número de sujetos y con mejor partido. El Cabildo por lo mismo duplicaba sus acuerdos y meditaba arbitrios de instalarle cuanto antes.

Día 7. Quejoso el señor Comandante de Artillería de la falta de soldados, o tropa para asegurarla en caso de cualquier ataque, y expuesto esta necesidad a don Manuel Antonio Talavera, le propuso este arbitrio de que entre varios vecinos adictos a la causa del Rey y a impedir toda innovación en el gobierno, podría conseguirse fácilmente la suscripción voluntaria hasta el número de 300 hombres para el indicado fin y otros destinos; que para proceder a la diligencia ganara primero el permiso del Jefe. Al día siguiente le expuso el señor Coronel estaba allanado el paso. Talavera conquistó, primeramente, los ánimos de los sujetos de la mayor condecoración; vio también a los prelados de las comunidades religiosas, y al señor Provisor como a cabeza del clero, para que reunidos todos al mismo propósito, cada comunidad, o cada sujeto suscribiera por uno o por más soldados, según sus facultades. Para el predicho proyecto organizó cuatro representaciones del tenor siguiente:

“Muy Ilustre señor Presidente.

Los honrados y nobles vasallos de Su Majestad que abajo suscriben, penetrados de la dolorosa impresión de ver a la madre Patria afligida con la dura guerra que está sufriendo, del mayor tirano y de que exhausto este Real Erario, no puede ampararse al Reino contra cualesquiera invasión repentina por mar, o por tierra; en prueba de nuestra lealtad ofrecemos a Su Majestad y a Vuestra Señoría, en su nombre la suscripción que abajo se expresa, para que reunidos los soldados de nuestra suscripción, se distribuyan 150 ó 200 hombres al mando y disposición del señor Comandante general de Artillería don Francisco Javier de Reina; para auxiliar por este medio la ventajosa arma de la Artillería, y los demás a las órdenes, instrucción y disciplina militar del Jefe que para ello nombraremos con la Superior aprobación de Vuestra Señoría.

Nuestra garantía animada de nuestra fidelidad al soberano, y del obedecimiento a sus legítimas autoridades, se extiende igualmente a ofrecer al Rey nuestro señor, y a Vuestra Señoría como su imagen, nuestras personas, no solo para las guardias y fatigas en el parque de Artillería, sino también para oficiales, sin premio ni sueldo alguno, o para los demás destinos que sean del mejor servicio del soberano, guarda y mayor seguridad de éstos sus dominios, a que estaremos prontos a las más leve insinuación de Vuestra Señoría.

Cada uno respectivamente estará pronto a doblar el sueldo de su suscripción en las Reales Cajas, entregándolo a los señores Ministros de Real Hacienda, 6 días antes del respectivo pagamiento, a cuyo fin los subscriptores nombrarán un recaudador para la pronta colectación del numerario, y que en ello se reconozca la menor falta, pues a este fin obligan sus personas y bienes bajo su palabra de honor.

La suscripción se entenderá por el término de un año, pues según el aspecto y circunstancias de la nación en esta época, los subscriptores darán éstas y otras nuevas pruebas de su amor, celo y, protección que necesite la monarquía. A Vuestra Señoría pedimos y suplicamos se digne a nombre de Su Majestad aceptarnos nuestras leales y generosas ofertas, como pruebas de nuestro verdadero patriotismo, que así nos parece ser del mejor servicio de Su Majestad.

Otro sí. Se ha servir la justificación de Vuestra Señoría mandar se nos de el respectivo testimonio de esta nuestra representación, de la suscripción integra y de la providencia que se dignare dictar en la materia para los fines que nos pueda convenir”.

En menos de dos horas por medio del indicado arbitrio habían [sic] sobre 60 suscripciones, ya sic uno, ya de dos, ya de tres soldados. El señor Marqués de Casa Real [2]  10; don Pedro Nicolás de Chopitea, otro igual número. A porfía se adelantaban a una prueba tan relevante de su patriotismo. Uno de los encargados para recoger la suscripción fue don Roque Allende, quien andando en esta diligencia, lo sorprendió don Juan de Dios Vial, y le arrebató la representación de las manos; después de llenarle de oprobios, le condujo a presencia del jefe, quien instruido de la operación en que andaba, le hizo delincuente del mayor crimen, y sufrió el mayor sonrojo por lo mismo de haber concurrido a unas ideas tan ajustadas a las circunstancias de sostener la Real Autoridad con los demás sus compatriotas; mas, como todo miraba a dar fuerzas de contradicción al sistema prevalente de la Junta, se procuraba hacer desmayar los ánimos de los fieles vasallos de Su Majestad. Por el indicado principio, temerosos los cooperantes de la obra tan útil al Rey, desistieron por no sufrir, ni exponerse a otros mayores vejámenes, sepultándose así la sana intención de estos vasallos.

Al tiempo de la suscripción voluntaria, agitada y activada a un tiempo por 4 sujetos encargados de esta diligencia, hacían suscribir igualmente la protesta y juramento que el mismo Talavera organizó para electrizar el patriotismo y excitar la antigua bien acreditada lealtad de los buenos españoles, la que subscribieron muchos con el mayor regocijo, siendo el contenido de dicha protesta a la letra como sigue:

“Muy Ilustre Señor Presidente y Real Audiencia.

El honrado y noble vecindario que abajo subscribe, deseoso de dar a V. A., a la capital, al reino y a toda la amplia monarquía española, las pruebas más distintivas de su lealtad; no contento con el juramento que tiene hecho a su soberano el señor don Fernando VII, ni al reconocimiento que se acaba de hacer del Supremo Consejo de Regencia, imagen y reflejo de la real soberanía por esta municipalidad y demás cuerpos respetables, ha resuelto hacer en manos de V. A. la protesta más generosa, el juramento más solemne sobre nuestra palabra de honor, y por la invocación del sagrado nombre de Dios que traemos por testigo de no reconocer t otro soberano que al señor don Fernando VII, y al Supremo Consejo de Regencia, que en su nombre gobierna estos dominios, y a los que le sucedan por legítima línea y derecho de sucesión, de obedecer sus leyes y sanciones como mandatos de su señor natural, de acatar y respetar a este tribunal y Superior Gobierno y demás autoridades constituidas por el Soberano y su Regencia, prestándole todo el honor y debido obedecimiento de no admitir otro sistema de gobierno que el que reconocen nuestras leyes, bajo cuya observancia ha vivido este vecindario y sus progenitores, de promover todos los arbitrios que conciernan a este interesante objeto, como a impedir los que se dirijan a introducir otra innovación o alteración peligrosa y novedades en el gobierno, según se han experimentado escandalosamente en otras posesiones de la América; a cuyo fin todos y cada uno de por sí ofrecen derramar su sangre y concurrir con todas sus facultades, poniéndolas a disposición de este Superior Gobierno y Tribunal de la Real Audiencia, con sus personas, y demás arbitrios para el mejor servicio de Su Majestad, paz y tranquilidad de sus dominios.

Por lo expuesto vendrá V. A. en conocimiento que el vecindario que suscribe esta protesta no ha tenido otro dictamen que le pueda apartar de estas sagradas obligaciones y que si el pueblo ha estado dividido en sistemas y en diversidad de opiniones, según se sabe lo ha representado el Sindico Procurador de ciudad en el expediente formado para el obedecimiento del Supremo Consejo de Regencia, no es bien que la vaga generalidad de estas voces vengan a manchar la inalterable fidelidad de los buenos vasallos, que no han tenido otro sentimiento que el de los buenos españoles. Este discernimiento tan justo y necesario para separar el vecindario que suscribe aún de esa vaga e indeterminada sombra de infidencia que pueda oscurecer y confundir nuestra reputación y buen nombre, es también el móvil de renovar en particular nuestro juramento, teniéndolo hecho en común con el pueblo y pedimos que para esta indemnización se agreguen [sic] testimonio de esta nuestra representación al expediente citado y que con todo ello se de cuenta a Su Majestad.

Santiago de Chile, 7 de septiembre de 1810”.

Esta protesta por la misma razón que la antedicha suscripción, también suspendió el buen efecto a que aspiraba, pues patrocinado el partido de la Junta por el mismo Jefe y Capitán General (como se ha dicho muchas veces) y reunida la fuerza a la propia autoridad, fue preciso que la lealtad, amarrando las manos al honrado vecino, le precisara a poner silencio y llamarse al recogimiento a sufrir el tortor de ver así triunfante la instalación de un gobierno contra el prescrito de nuestras leyes.

El día 8, como a las 9 de la noche, corrió la noticia repentinamente que sobre 88 presos que se hallaban en la cárcel pública, estaban de común acuerdo para formar asalto a la Guardia, matar las centinelas y Alcaide al tiempo de hacer la requisa o registro de los calabozos a esa hora; que de ello había dado denuncio uno de los mismos reos. A la referida hora se dio parte al gobierno y duplicando las guardias, se hizo registro por el Alcalde Eyzaguirre, comisionado a este fin. Se encontraron en aquella noche 14 cuchillos muy afilados y 2 machetones, muchas limas para limar las prisiones y un naranjero [3]  cargado con 7 balas. Se dejó la cárcel con duplicada guardia. El día 9 se repitió el registro y se encontraron 12 cuchillos y dos puñales más una pistola cargada. Puestos en confesión, declararon que esa noche pretendían dar el asalto para liberarse. Los críticos, en circunstancias de un movimiento popular tan grande, han opinado que los presos serían para patrocinar algún partido.

El día 10, dispuso el Cabildo mandar una diputación al señor Presidente, compuesta de don Diego Larraín, de don Fernando Errázuriz, del Alcalde Eyzaguirre y el Procurador de ciudad, solicitando que al día siguiente 11 del corriente, se convocara el Cabildo en su palacio, llamándose a él a la Real Audiencia, los Jefes y señores coroneles Olaguer Feliú y Reina, para tratarse allí asuntos importantes a la pacificación y tranquilidad del pueblo. A las 10 de la noche pasó el señor Regente en persona, y le hizo ver al señor Presidente lo inoportuno de aquella Junta y que se difiera para otro día, pues que el caso necesitaba de meditación; consiguiólo así, y a las 11 de la noche se mandó contraorden, y avisar de nuevo al Cabildo de esta última resolución.

El día 11 a las 10 del día se presentó allí el Cabildo y persuadió al señor Presidente la pronta expedición y necesidad que había de apaciguar y aquietar un pueblo que, dividido en partidos y rivalidades de europeos y patricios, tenían inquieto al vecindario. Clamaron de nuevo por el Tribunal de la Real Audiencia. No pudiéndose excusar, hizo el Jefe venir allí al Tribunal. Llamáronse a los cabildantes que faltaban. Asistieron también los coroneles don Manuel Olaguer Feliú y don Francisco Javier de Reina. Este último dio su parecer, negándose al del Cabildo, se retiró; en igual dictamen le siguió don Manuel de Olaguer Feliú y también se retiro.

Puesto el Cabildo con solo los señores oidores, empezaron a discutir arbitrios para apaciguar a un pueblo totalmente conmovido. El Alcalde don Agustín Eyzaguirre propuso una Junta de Gobierno como único arbitrio de la pacificación. Le siguió don Fernando Errázuriz con su acostumbrado calor. Este adelantó más; que supuesto que la conmoción popular nacía de la provisión del señor Elío a Presidente de este Reino y el Doctor Garfias de su asesor, ni a uno ni a otro se les debía recibir. Casi del mismo sistema fueron los regidores Ramírez, Pérez, Larraín, a excepción de don Pedro González y don Joaquín Rodríguez, que opinaron en todo lo contrario: no así el Procurador General de ciudad, quien siempre protegía el sistema de la Junta.

El señor Regente y demás señores alternativamente satisfizo a los reparos y arbitrios propuestos por el Cabildo, les hizo ver que estando obedecido el Consejo de Regencia, nuestras leyes en su puntual observancia y el Gobierno en el pié que debe estar, ni podía alterarse con un nuevo sistema desconocido y menos podía negarse el obedecimiento a los despachos de los dos agraciados por el soberano, el Señor Elio y Doctor Garfias. Después de una dura y larga disputa se resolvió que para aquietar el pueblo se publicara un Bando, expresando en él que sobre el actual gobierno no habría la menor alteración; que desde luego no se instalaría la Junta y que sobre el particular no se hablara palabra en lo sucesivo. El señor Oidor Concha se encargó de extender el acuerdo, como lo ejecutó el día 12 y después de haber firmado los señores del Real Acuerdo, lo remitió al señor Presidente para el mismo efecto y que se publicara.

En la noche del día 12 corrió un rumor extraordinario de que los patricios trataban de apoderarse de la Artillería y que por una clase de sorpresa se iba a formar la Junta sin darse cumplimiento a lo acordado, ni a la publicación del Bando. Como quiera que la Artillería era [fuera] el arma más ventajosa, trataron los europeos y muchos leales patricios de asilarse a su parque. Agolpados en casa del señor Comandante le pidieron permiso a este fin, quien les facilitó después de la orden verbal del señor Presidente. Acogiéronse allí 54 vecinos, los más de ellos europeos y pasaron toda la noche en vela, hasta las 6 de la mañana que se retiraron.

A las 10 de la referida noche vino al cuartel señor Comandante de Artillería a dar sus órdenes y a prevenir a todos el juicio, subordinación y quietud. Aseguró una y muchas veces que no se alteraría el Gobierno en cosa alguna, mediante aquel Bando que se iba a publicar el día siguiente, pacificaría el pueblo inquieto y dividido en rivalidades. A la 1 de la madrugada vino el Alcalde Eyzaguirre al parque, y en su compañía don Diego Larraín, don Nicolás Matorras y sobre 20, todos de la facción de la Junta. Llegó a la puerta del parque el Capitán de la guardia, la hizo abrir con guardia doble y bayoneta calada. Preguntó qué gente había; se le contestó que toda era de hombres de bien y la mayor parte del comercio con lo que se retiró.

El día 13 que se esperaba la publicación del Bando, no hubo nada porque el señor Presidente no le quiso firmar y menos hacerle publicar; lo que hizo a las gentes quedar en nueva expectación.

El mismo día 13 se convocó en su palacio cierta clase de Congreso, compuesto del señor Presidente, del Cabildo, de dos canónigos, a saber don Vicente Larraín, y don Juan Pablo Fretes, nombrados por el Dean don Estanislao Recabarren en virtud de un oficio que se les dirigió por el Superior Gobierno. También fueron llamados a él, el Prior del Consulado, don Celedonio Villota y el Cónsul don Joaquín Gandarillas. Se dice que asistieron también los señores coroneles don Manuel Olaguer Feliú, y don Francisco Reina, quienes, ratificando su dictamen sobre la publicación del Bando, se retiraron.

En esta junta se revocó de plano todo lo acordado en la mañana del día 11, se mandó suspender la publicación del Bando, se acordó que se citara al vecindario a una Junta General o Cabildo, para discutir en él el sistema de gobierno que se debía adoptar para mantener estos dominios en defensa y seguridad y para ello se organizo la esquela en los términos siguientes: “Para el día 18 del corriente espera a V. el Muy Ilustre señor Presidente con el Ilustre Ayuntamiento en las salas del Real Tribunal del Consulado; a tratar de los medios de seguridad pública, discutiéndose allí cual sistema de gobierno deba adoptarse para conservar estos dominios al señor don Fernando VII”.

Apenas salió a luz el contenido de la esquela, cuando volvió a redoblarse la alteración de ánimos por la discusión que da a entender de un nuevo sistema de Gobierno, infiriéndose de aquí que sería para la instalación de la Junta. En ese mismo día dirigió oficio la Real Audiencia, al Superior Gobierno haciéndole ver que una corporación ilegítima que se había celebrado, no podía alterar lo resuelto en el Real Acuerdo del día anterior, y que por lo mismo se debía llevar a debido efecto la publicación del Bando. Aunque sobre ello se dirigió por el Real Acuerdo tres oficios más al Superior Gobierno, no se consiguió otra cosa que reformarse el contexto de la esquela de convite, dando a entender que la asistencia era únicamente a tratar de los medios de seguridad pública para conservar estos dominios a nuestro amado Rey Fernando VII.

El 14 repitió la Real Audiencia sus oficios, sin haber recibido más contestación que de la primera. En ese día se hizo en casa de don Diego Larraín una gran junta. Llamaron a este congreso a dos europeos: don Mariano Serra y don Pedro Arrué, con el fin de suavizar los ánimos de los que se oponían a la Junta. Asistieron también el señor don Manuel Olaguer Feliú y don Juan Mackenna, todo ello sin fruto alguno. En la anterior noche hubo un gran congreso de europeos y muchos patriotas en casa de don Manuel de Aldunate, de la misma facción de aquellos. Aquí vino don Pedro Prado a cerciorarse de ser positiva la reunión de muchos a la contradicción de la Junta; oyó a muchos la oposición y principalmente a don Juan Antonio Fresno, a don Manuel Riesco y a otros muchos comerciantes de este rango. Se acordó allí se nombrara dos vecinos europeos para discutir este punto en casa de don Diego Larraín. De facto, quedaron a este fin elegidos don Antonio Mata y don Felipe del Castillo Albo. Sólo este asistió sin haber adelantado un punto en la materia.

Se dice positivamente que en la noche del día 11 se reunieron sobre 200 europeos y patricios armados de pistolas y trabucos a dar el asalto al parque de artillería y apoderarse de los cañones y hacerse fuertes para hacer oposición al declarado sistema de la Junta. Reunidos a las inmediaciones del parque, fueron sentidos a las 7 ½ de la noche y por lo mismo erraron el tiro, libertándose de la sorpresa de las rondas, que en ese mismo momento se redoblaron. Vinieron a custodiar el parque 40 hombres de tropa de línea, una compañía de infantería de milicias disciplinadas del Rey, y otras varias divisiones de caballería con el mismo fin, colocadas todas en la plazuela frente del parque. Toda esta conmoción y aún mayor hubo en la ciudad con este motivo, pues salieron igualmente dos divisiones de juntistas, una al mando de don Ignacio de la Carrera con más de 30, y otra al de don Juan Enrique Rosales con más de 50. Estos prendieron a don Cristino Huidobro, al sobrino de don Pedro Nicolás de Chopitea y a su cajero, todos tres europeos armados de pistolas y sables; sin más examen los condujeron presos al cuartel de San Pablo.

En esa misma noche los de la facción de don Ignacio Carrera, prendieron a don José Arca, a su dependiente, a Diego Carvajal, peluquero, todos tres armados e hicieron con ellos lo mismo que con los primeros. En la propia noche, Rosales fu a registrar la casa de don N. Hevia en la plazuela de Santa Ana, por sospecha de tener gente acuadrillada. Hevia se negó descaradamente y habiéndole prometido Rosales darle de bofetadas por esta razón, le contestó que se las diera, que pudiera ser que por ese medio tuviera que comer por algunos días; con lo que se retiró sin pasar adelante.

Ese propio día, 14, salió el Alguacil Mayor don Marcelino Cañas a las inmediaciones de esta ciudad, para excusar por este arbitrio el hallarse en el día de la instalación de la Junta, para evadir su concurso personal a lo mismo que resistía vigorosamente.

El día 15 llegaron aquí varias compañías de caballería del regimiento de la Princesa en número de 530 hombres que se acuartelaron en la quinta de Alcalde, al mando de su Coronel don Pedro Prado. Se destinaron dos, una para rondar y otra para guardar el parque de Artillería. Al mismo fin se destinó una compañía de Infantería de las Milicias disciplinadas, su Capitán don Fernando Márquez de la Plata, para la plazuela del parque y 40 Dragones de Concepción para lo interior; todo ello con el fin de guardar y custodiar dicha artillería, bien que todo esto era solo hasta las 6 de la mañana. Igualmente se destinó otra compañía de infantería y otra de caballería de milicias para el cuartel general de San Pablo, siempre para impedir cualquier sorpresa o asalto a la Sala de Armas que está allí, las cuales se retiraron a la misma hora.

En esta noche salieron igualmente muchas rondas de Dragones de la Reina, y otras de las de Infantería de Milicias puestas a sueldo, y a más de estas otras varias rondas de juntistas al cargo de los mismos antedichos don Ignacio de la Carrera y don Juan Enrique Rosales. Estos, como interesados personalmente a los empleos de la Junta, hacían sus rondas con más exactitud que todas las demás, infundiendo mayor terror y consternación en los ánimos para hacerles decaer el espíritu a los fieles españoles que trataban de hacer oposición a la Junta.

En este mismo día 15 llegaron 4 compañías de Rancagua con el título de patricios voluntarios en número de 208 hombres, conducidas por el Marqués de Casa Larraín [4] (hermano político del Alcalde Eyzaguirre) y por el primo de aquel, el capitán don Juan Francisco de Larraín, con igual destino de auxiliar la instalación de la Junta, pagadas a costa de ambos. El domingo 16 de septiembre, amanecieron 10 compañías de caballería del regimiento del Príncipe, su Coronel el Marqués de Montepío [5], las que se acuartelaron en el conventillo que está a trasmuros de esta ciudad, y de allí se trasladaron a la chacra que llaman de la Palmilla, distante una legua de esta capital.

En esta noche duplicaron las guardias en el parque de  Artillería y Cuartel de San Pablo, como que le rodearon por la parte de afuera con dos compañías de caballería, y del mismo modo el parque de la Artillería, para cuya seguridad se acuartelaron en esta noche 3 compañías de infantería dentro de la casa de Moneda que está enfrente y dejando otra en la plazuela sobre las armas. Todo el vecindario se consternaba cada día más con estos bélicos preparativos y los europeos y fieles patricios sobrecogidos de la fuerza empezaron a desmayar de la oposición.

Será digno de advertir que nuestro Presidente el señor Conde de la Conquista, de edad de 86 años, rodeado de sus hijos, nietos, sobrinos y deudos, todos de la facción de la Junta, con el influjo del asesor Doctor don Gaspar Marín y de su Secretario Doctor don Gregorio Argomedo, de igual secta, era dirigido a la voluntad de todos, preocupado con el bien, seguridad de la patria y mucho más con la codicia, que como dice Feijoo [6], es mayor en la vejez, se persuadía con los sugerimientos de todos de que la Junta era un arbitrio de perpetuar su mando de Presidente del Reino, y de no admitir otro ninguno.

De aquí nacía la facilidad de expedir órdenes para la reunión de tropas, de aquí la del nombramiento de Comandante General de Armas, en don Juan de Dios Vial, protector y Aquiles a quien se debe la instalación de la junta; de aquí la facultad de armarse unos hombres particulares para salir a rondar, registrar, prender a los vecinos y principalmente perseguir a los de la contraria facción, de tal modo que cada juntista era un juez, un cabo de ronda, un capitán de guardia, árbitro para disponer de la suerte de los leales; de aquí órdenes del Presidente para formar sumarias. El capitán de Ingenieros don Juan Mackenna la tuvo y la legó a don Pablo Torres para hacerle declarar contra don Manuel Talavera en la que este organizó con la falsa noticia que tuvo de que este vecino solicitaba gentes para hacer armas contra la acción de la Junta. Igual sumaria le formó el Alcalde Eyzaguirre de su propia autoridad en un negocio en que el mismo era interesado, y si no sufrió este honrado vecino algún vejamen, fue porque el empeño de acriminarle no surtió el efecto que deseaban lodos estos protectores de la Junta. He aquí que un jefe puesto en sus manos, cuya voluntad movían a su arbitrio con toda la protección que da la autoridad, con las convenciones recíprocas de la sangre y la amistad ha sido el origen de la instalación de la Junta, debida a la fuerza de las armas y no a la elección, como se quiere colorir, de un pueblo libre.

Mucho influyó también la crítica que los partidarios formaban contra el Tribunal de la Real Audiencia. Toda apelación que se admitía del Superior Gobierno se caracterizaba por insulto de su autoridad; trataban de persuadir al Jefe que la Real Audiencia pretendía realzar su representación con ruina de la del Gobierno, que su despotismo era grande, y ya insufrible, y que para darse a respetar era de necesidad meditar la creación de la Junta, único remedio para contener al Tribunal; y he aquí otro arbitrio de que usaron para electrizar al Jefe, para odiar al Tribunal, para oír con gusto al partido que le lisonjeaba y a deferirse en un todo en sus manos a la esperanza de asegurar, y perpetuar en sí el mando con mayor autoridad y tratamiento de Excelencia.

En este día 16 pusieron preso al Alférez de Dragones don Diego Padilla, porque Vial y el Capitán Benavente, Comandante del cuartel de San Pablo, también protector declarado de la Junta, comprendieron que éste no era de la misma facción, y que no era fácil ganarle, según deseaban para la ejecución de sus miras.

En lunes 17 se hizo una citación general del Regimiento de Infantería para ponerse sobre las armas al día siguiente; en este [día] dirigió la Real Audiencia dos oficios al gobierno: en el primero pide presidir al Congreso de la Junta para que no traspasara los límites de su convocación de tratar puramente de la defensa del Reino; en el 2°, que si el Tribunal se presume sea la causa de estos movimientos populares, se le de permiso para salir a campaña. Uno y otro se les negó. En esta mañana fue un sujeto a denunciar que don Manuel Talavera estaba haciendo armas; se le hizo llamar a las tres de la tarde, no le encontraron en casa, se despachó un piquete de Dragones a buscarlo en la chacra y de oficial a don José Vigil, nieto del señor Presidente, con la orden de traerlo vivo o muerto, sin habérsele formado sumario, ni haber un solo testigo; entretanto, sabedor Talavera del suceso e presentó al señor Presidente antes de la oración, dio cuenta del motivo de estar a sus órdenes. Encerrado el señor Presidente con él y su secretario en un cuarto, se le hizo presente el denuncio; protestó probar incontinenti no haber salido de su casa ese día desde las 8 ½ de la mañana hasta el acto de presentarse; que al delator se le pusiera delante, que si le probaban el delito, le decapitasen, y si no, el delator sufriera la misma pena; pidió la sumaria y no la había, porque todo este desorden conspiraba a amedrentar los sujetos fieles que por sus enlaces personales podrían tener algún partido, y desbaratar sus ideas; hizo ver que este era el objeto de cuantos chismes y susurros se levantaban contra los buenos vecinos y con que el Superior Gobierno y el vecindario se agitaban diariamente; con lo que se retiró encontrando a la puerta de su casa a Vigil con la escolta de Dragones para prenderle, quien enterado de todo sobresedió retirándose a investigar la libertad concedida a Talavera.

En ese día crecieron los cuidados sobre la Artillería, temerosos siempre de que los europeos y fieles patriotas, la sorprendieran dejando burlada la instalación de la Junta el día siguiente. Para asegurarse el gobierno mandó ver al Comandante de Artillería, y tantearle cual era su resolución. El emisario fue don José Gregorio Toro, hijo primogénito del señor Presidente. Le encontró algo indispuesto, y penetró que no era adicto a la facción de la Junta. Con el pretexto de la enfermedad del señor Comandante se expidió orden para que la  Artillería se trasladara al cuartel de San Pablo, como se hizo con la escolta de 150 hombres de caballería de milicias y 70 de la misma artillería.

El señor Coronel Reina se quejó del despojo, mas se le dio satisfacción por un oficio muy honroso. Ello es que el mando se le quitó desde aquel punto y se le contentó con expresiones halagüeñas. En [el cuartel de] San Pablo se pusieron a la puerta dos cañones cargados de metralla para defensa del cuartel, y los demás en lo interior con la correspondiente custodia. Al Sargento 1º de Artillería don Lorenzo Sánchez se le puso arrestado en un cuarto del cuartel de San Pablo con centinela de vista por sospechoso de adicto a la porción europea y de los fieles vasallos. En este día se nombró al Capitán de Ingenieros don Juan Mackenna para Ayudante Mayor de la Plaza, para más asegurar las combinaciones de la fuerza que debían influir a la instalación de la Junta.

Instituido el Gobierno de las aflicciones y zozobras en que estaban las religiosas de los 7 monasterios que tiene esta capital, les dirigió a todas de un mismo tenor, el oficio siguiente:

“El Gobierno está íntimamente convencido que los ignorantes sediciosos se han insinuado de algunos días a esta parte en el corazón de VV. RR. persuadiéndoles que los vecinos nobles de esta capital intentaban alterar la vida religiosa de los monasterios, confiscar sus propiedades, y finalmente cometer otros excesos dignos de las más severas animadversiones. Ignoro por qué motivo hasta ahora no hayan dado VV. RR. cuenta a la Capitanía General, especialmente cuando el gobierno les ha dispensado en todos tiempos su protección, pero en inteligencia de que los mal intencionados procuran de nuevo oprimir los ánimos de las religiosas con semejantes novedades, me ha parecido indispensable prevenirlo a VV. RR., para que descubriéndome en el día los autores de tan execrables delitos, pueda proceder a su castigo y conciliar la tranquilidad de unas comunidades que ocuparán siempre la atención de este Gobierno. En el ínterin aseguro a VV. RR. que en caso de instalarse algún congreso para conservar estos dominios del señor don Fernando VII y ponerse a cubierto de las naciones extranjeras, lejos de innovarse alguna cosa en los monasterios, las personas de VV. RR. sus propiedades serán respetadas y defendidas por la fuerza pública.

Dios guarde a VV. RR. muchos años. Santiago, 17 de Septiembre de 1810.- El Conde de la Conquista.

M. R. M. Abadesa y comunidad del Monasterio de Santa Rosa”.

La contestación de las Monjas Rosas fue en los términos siguientes:

“Muy Ilustre señor Presidente.

La Madre Priora del Monasterio de Nuestra Señora de Pastoriza de la Virgen Santa Rosa, satisfaciendo al oficio que Vuestra Señoría se ha servido dirigirme con fecha de hoy 17 del que rige (sin embargo de hallarme en la actualidad recogida a los santos ejercicios con la comunidad) debo poner en consideración de Vuestra Señoría, que estoy realmente persuadida de su religiosidad, cristiano celo, piedad y demás bellas prendas que distinguen a un buen jefe católico y patriota, y por lo tanto esta comunidad dista mucho de creer (aunque se le protestara con la mayor seguridad de datos) que verificado el caso de la instalación que Vuestra Señoría ha tenido la bondad de anunciarle, llegaría el doloroso punto de la alteración de la vida monástica, confiscación de propiedades y perpetración de sacrílegos excesos, y que el vulgo siempre dispuesto a la credulidad y sin meditación, únicamente podría atribuir a la nobleza chilena. Toda la comunidad retorna a Vuestra Señoría las más vivas expresiones de su sincera gratitud por las significaciones de benevolencia y protección con que se sirve distinguirla, y en correspondencia ofrece dirigir sus fervorosos votos al Altísimo para que se digne dar acierto a sus operaciones, al mismo tiempo que conceder a todo el reino una tranquilidad inalterable. Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años.

Monasterio de Nuestra Señora de Pastoriza, 17 de Septiembre de 18210.- Sor María de Jesús”.

A las 7 ½ de la noche de este día se juntaron 125 partidarios en casa de don Domingo Toro, hijo del señor Presidente a tratar sobre el modo que debían observar en las elecciones, sobre cuyo particular hubo también Cabildo. Allí como si fuera Presidente del Congreso se presentó el Doctor don Vicente Larraín, Prebendado de esta Santa Iglesia Catedral, y uno de los primeros protectores de la Junta, y extremando las figuras de una afectada retórica, comenzó su arenga de este modo: “Compatriotas míos, hijos de tan feliz suelo, en que os ha destinado la Providencia para la obra más grande y más interesante a nuestra patria: ¡Ah! como no se llena de regocijo mi corazón y se transporta mi alma al veros reunidos a un mismo fin, con igual comunicación de ideas y sentimientos. La obra meditada por tantos días se va a perfeccionar el de mañana. ¡Ah! que contento para mí, y que satisfacción para vosotros de ver así concluidos los altos designios de vuestra intrépida generosidad. Todo parece está acordado”, y diciendo esto sacó el plan de los vocales de la meditada Junta y formando elogios a cada uno consiguió reunir la voluntad de todos sus aliados, y allí mismo convinieron en aclamar por Presidente de la Junta al señor Conde de la Conquista, por Vice Presidente al señor Obispo, por primer vocal al señor Plata, por segundo vocal, al Doctor don Juan Rozas, por tercero a don Ignacio de la Carrera, y fue el primer plan propuesto por el Cabildo, y sus partidarios. Allí también convinieron sobre no dejar hablar a ninguno que se opusiera a la Junta, sorprendiéndolos con vocinglería y ruidosa oposición mancomunadamente.

En este día repartieron las esquelas de convite por mano del memorable Dorrego, y el Dragón de la Reina don Pablo Senir, todas ellas impresas y marcadas con un sello. La repartición se hizo primeramente a los partidarios que por aumentar el número de vocales entraron al convite niños hasta de 16 años de edad, otros jóvenes que estaban en la patria potestad, otros estudiantes transeúntes naturales de Buenos Aires y Mendoza; otros finalmente sin ser vecinos, sin tener casa abierta, familia, ni bienes raíces. De los europeos sólo se convidaron 14, a pesar de haber en la capital 1.900; repartieron también esquelas a los ausentes de rango, dejándolas en sus casas a sus familias o criados. Colacionando a todos llegó el número de los convidados a 437, pero realmente solo asistieron 337, siendo los dos tercios de la clase y declarada facción que arriba se expresa [7].

En la tarde de este día 17 hizo venir de la chacra una carreta doña Josefina Dumont, mujer de don José Gregorio Toro, la cual habiéndose opuesto con la mayor intrepidez a la instalación de la Junta, tomó el partido de separarse de la casa de su suegro, como lo hizo bañada en lágrimas, llevando consigo sus hijos al retiro de dicha chacra, distante como una legua de la ciudad. Es imponderable la heroicidad de esta señora catalana y cuando sufrió en combatir el sistema de la Junta contra su marido, y cuantos vivían y entraban en la casa del Conde, donde vivía, así parientes como extraños, todos ellos conspirados a su instalación.

Llegó el día 18, señalado para la instalación de la Junta; cubrió toda la Cañada, desde San Diego hasta San Lázaro, que hay 5 cuadras de distancia, y la plazuela del parque de Artillería, el regimiento al mando de su Coronel don Pedro Prado, impidiendo toda entrada a lo interior, principalmente de gente sospechosa. El otro regimiento del Príncipe, al mando de su Coronel Marqués de Montepío se distribuyó en diferentes puntos; tres compañías se colocaron en las cuatro calles que dan entrada al Tribunal del Consulado y otra al frente en la plazuela del mismo Consulado; la compañía de Dragones de la Reina ocupó la cuadra que hay del Consulado a la plaza mayor, teniendo a la frente una compañía de milicias disciplinadas de Infantería. El resto de las demás del regimiento de Caballería del Príncipe se distribuyeron en la guardia del cuartel de San Pablo, y rondas por todas las calles de la ciudad.

El regimiento de Infantería del Rey, guarneció toda la plaza mayor, y una de sus compañías la plazuela del Consulado. En este mismo punto estuvo don Juan Miguel de Benavente con su compañía de Dragones de Penco, teniendo al frente al Comandante de Armas don Juan de Dios Vial y los dos Ayudantes mayores de plaza. Todas las calles de dicho Tribunal, la puerta exterior, e interior, estaban con centinelas dobles y he aquí el prospecto formidable de fuerzas con que se atimidó al honrado y fiel pueblo de Santiago de Chile, y la razón porque la fuerza le vino a dar la ley. Todo era necesario para sofocar la lealtad de tantos que oprimidos así, desmayaron, llamándose a silencio para el caso irremediable.

Tenía orden de permitir entrada a la plaza a los que presentaban a los centinelas la boleta o papel de convite, y no dejar entrar a persona alguna, por conocida que fuese, sin ese requisito. Así se hizo la convocación de vocales en la sala del Consulado, donde reuniéndose el señor Presidente con su secretario Doctor Argomedo y Procurador General, rompió el señor Presidente la voz, diciendo al Congreso: “aquí está el bastón, disponed de él y del mando”; y volviendo la cara a su secretario, le dijo: “Significad al pueblo lo que os tengo prevenido”. Al instante dirigiendo la palabra al Congreso, expuso que el Muy Ilustre señor Presidente abdicaba el mando en manos del pueblo, para que dispusiera del mejor modo que les pareciere, sobre cuyo particular hizo una breve exposición, haciendo ver cuál era la intención del jefe, y el fin a que se dirigía que no era otro que el de la Junta, y se deja entender que cuanto dijo el jefe y su secretario, fue una materia estudiada y muy prevenida de antemano, como que el Procurador General de ciudad le siguió con la misma arenga, lisonjeando la facultad del pueblo para proceder por sí a la instalación de la Junta [8]. No sé ni encuentro principio en la sana jurisprudencia para que algún jefe que ha entrado a mandar al reino por el orden sucesivo que previenen las Reales órdenes de su monarca, pueda abdicar el mando en el pueblo aún legítimamente congregado, ni que éste esté autorizado a recibirle, y disponer de él arbitrariamente en la instalación de un gobierno que desconocen nuestras leyes.

Habló sobre el particular el señor don Manuel Manso, Administrador General de Reales derechos y apenas manifestó la oposición al sistema de la Junta, cuando el clamor universal de erigirle le hace callar y después de sufrir descomedidas expresiones tuvo que salir de la sala. Habló en seguida el Maestro de Campo don Santos Izquierdo del Orden de Montera, oponiéndose también a la referida Junta y le sucedió poco menos, y tuvo que callar inmediatamente. Con estos dos ejemplares no hubo hombre que se atreviera a hablar más, temeroso de igual insulto y la mocería prevenida por la facción dominante, entró a decidir arbitrariamente en el congreso. Clamaron por Presidente al señor Conde de la Conquista y quedó hecho, como también por igual aclamación los siguientes: el Ilustrísimo señor Obispo de Vice Presidente, don Fernando Márquez de la Plata, primer vocal, segundo, el Doctor don Juan Martínez de Rozas, tercero don Ignacio de la Carrera.

A pesar de que la convención había sido de que el Tribunal de la Junta se compusiera de sólo 5 personas, con todo clamó el Congreso se aumentaran dos vocales más, y entre los varios sujetos que se propusieron salieron electos, el Señor Coronel Reina, con 99 votos, y don Juan Enrique Rosales con 89. Se estimularon a la elección del caballero Reina, llevados de sus conocimientos militares y de la necesidad que había en el mismo Tribunal de un jefe de esta naturaleza para los casos de necesidad y defensa. Concluida la elección se publicó con repique general que se tenía prevenido. Inmediatamente juraron su cargo y se recibieron. Sólo al caballero Reina se tuvo que esperar a causa de su corta indisposición. A poco rato llegó y a pesar de mil renuncias, de la gratitud del Congreso y de la insuficiencia para el cargo, tuvo que recibirse y hacer juramento, sorprendido y casi por violencia. Así se concluyó esta víctima coloriéndola con las expresiones que contiene la [sic] siguiente acta:

“En la muy noble y leal ciudad de Santiago de Chile a 18 de septiembre de 1810: El Muy Ilustre señor Presidente y señores de su Cabildo congregados con todos los jefes de todas las Corporaciones, Prelados de las comunidades religiosas, y vecindario noble de la capital, en la sala del Real Consulado, dijeron que siendo el principal objeto del gobierno y del cuerpo representante de la patria, el orden, quietud y tranquilidad pública, perturbada notablemente en medio de la incertidumbre acerca de las noticias de la Metrópoli, que producían una divergencia peligrosa en las opiniones de los ciudadanos, se había adoptado el partido de conciliarlas a un punto de unidad, convocándolos al majestuoso congreso en que se hallaban reunidos para consultar la mejor defensa del Reino, y sosiego común, conforme a lo acordado. Y teniendo a la vista el decreto de 30 de abril expedido por el Supremo Consejo de Regencia, en que se niega toda provisión y audiencia en materias de gracia y justicia, quedando sólo expedito su despacho en las de guerra; con consideración a que la misma Regencia en su manifiesto de 14 de febrero último ha remitido el de la instalación de la Junta de Cádiz, advirtiendo a las Américas que esta misma podrá servir de modelo a los pueblos que quieran elegirse un Gobierno representativo, digno de su confianza y proponiéndose que toda la discordia de la capital provenía del deseo de igual establecimiento, con el fin que se examinase y decidiese por todo el Congreso la legitimidad de este negocio: oído el Procurador General, que con la mayor energía expuso las decisiones legales, y que a este pueblo asistía las mismas prerrogativas, y derechos que a los de España para fijar un gobierno igual, especialmente cuando no menos que aquellos se halla amenazado de enemigos y de las intrigas que hace más peligrosas la distancia, necesitado a precaverlas y preparar su mejor defensa; con cuyos antecedentes penetrados el Muy Ilustre señor Presidente, de los propios conocimientos y a ejemplo de lo que hizo el señor Gobernador de Cádiz, depositó toda su autoridad en el pueblo, pan que acordase el Gobierno más digno de su confianza, y más a propósito de la observancia de las leyes y conservación de estos dominios a su legítimo señor, y desgraciado Monarca el señor don Fernando 7º. En este solemne acto, todos los Prelados y Jefes [y] vecinos, tributándole las más expresivas gracias por aquel magnánimo desprendimiento, aclamaron con la mayor efusión de su alegría y armoniosa uniformidad, que se estableciere una Junta presidida perpetuamente del mismo señor Conde de la Conquista, en manifestación de la gratitud que merecía a este generoso pueblo, que teniéndole a su frente, se promete el gobierno más feliz, la paz inalterable y la seguridad permanente del Reino: resolvieron que se agregaran 6 vocales que fuesen interinos, mientras se convocaban y llegaban los diputados de todas las provincias de Chile para organizar la que debía regir en lo sucesivo y procediendo a la elección de éstos, propuesto en primer lugar el Ilustrísimo señor Doctor don José Antonio Martínez de Aldunate, se aceptó con universal aprobación del Congreso. Sucedió lo mismo con el 2º, señor don Fernando Márquez de la Plata, del Supremo Consejo de la Nación, con el señor don Juan Martínez de Rozas, y 4º vocal el señor Coronel don Ignacio de la Carrera, admitidos con los mismos vivas y aclamaciones, sin que discrepase uno, de más de 450 vocales. Y procediendo luego a la elección por cédulas secretas de los dos miembros que debían completar la Junta (porque se advirtió alguna diferencia en los dictámenes) resultó la pluralidad por el señor Coronel don Francisco Javier de Reina y Maestre de Campo don Juan Enrique Rosales, que manifestados al público, fueron recibidos con singular regocijo, con el que celebró todo el Congreso la elección de dos Secretarios en los señores don José Gaspar Marín y don José Gregorio Argomedo, que por su notoria liberalidad, literatura, honor y probidad, se han adquirido toda la satisfacción del pueblo. Se concedió a los secretarios el voto informativo, advirtiéndose que el mismo escribano de Gobierno lo fuese de la Junta; se concluyeron y proclamaron las elecciones, fueron llamados los electos y habiendo prestado el juramento de usar bien y fielmente su ministerio, defender este reino hasta con la última gota de sangre, conservarlo al señor don Fernando 7º y reconocer el Supremo Consejo de Regencia, fueron puestos en posesión de sus empleos; declarando el Ayuntamiento, prelados, jefes y vecinos el tratamiento de Excelencia que debía corresponder a aquella corporación y a su jefe en particular, como a cada vocal el de Señoría, la facultad de proveer los empleos vacantes y que vacasen y los demás que dicte la necesidad de no poderse ocurrir a la soberanía nacional. Todos los cuerpos militares, jefes, prelados, religiosos y vecinos, juraron en el mismo acto obediencia y fidelidad a dicha junta instalada así en nombre del señor don Fernando 7º, a quien estará siempre sujeta, conservando las autoridades constituidas, y empleados en sus respectivos destinos y habiéndose pasado al Tribunal de la Real Audiencia para que prestase el mismo reconocimiento el día de mañana 19 del corriente (por haberse concluido las diligencias relacionadas a la hora intempestiva de las 3 de la tarde) resolvieron dichos señores se extendiera esta [sic] Acta y publicase en forma de bando solemne, se fijase para mayor notoriedad en los lugares acostumbrados y se circulase con los respectivos oficios a todas las ciudades y villas del Reino. Así lo acordaron y firmaron dichos señores, de que doy fe.- El Conde de la Conquista.— Agustín de Eyzaguirre.- Diego de Larraín.- José Antonio González.- Francisco Diez de Arteaga.- Pedro José González Álamos.- Francisco Antonio Pérez.- Doctor José Joaquín Rodríguez.- El Conde de Quinta Alegre [9].- Francisco Ramírez.- Fernando Errázuriz.- Agustín Díaz, Escribano público y Real, e interino de Gobierno” [10].

Reflexiones del autor que debe hacer por su profesión y juramento, sobre la [sic] acta de la Junta, en defensa de las regalías de Su Majestad, en virtud de la Real Cédula de 30 de enero de 1770:

1ª Reflexión. Siendo la Suprema potestad de los Reyes descendiente inmediatamente de Dios, como que por Él reinan y establecen sus justas leyes, no está en arbitrio del pueblo ni resistirlas ni oponerse a su cumplimiento: de aquí ni variarlas ni interpretarlas ni modificarlas a su voluntad. La obediencia para la observancia de la Ley nace de la excelencia de la Autoridad que manda y de la natural subordinación del súbdito que le debe obedecer. La aceptación del pueblo no es necesaria, porque aquél domina a la potestad, sino que la misma potestad del Príncipe es la que por todo derecho le predomina. Si esto es así, como es innegable, ¿cómo pudo ser que la capital de Chile, aún en el caso de ser congregada legítimamente, pudiera reunirse al establecimiento de un gobierno que contradicen nuestras leyes?

2ª Reflexión. Si la paz y la tranquilidad del Reino ha sido el interesante objeto de aquel anunciado respetable congreso, ¿las leyes nacionales tenían, o no me dios de pacificarle? Claro está que prohibida nuestra legislación en surtir de remedios para iguales casos, tenía autorizado en el Reino un Presidente y Capitán General que debe velar sobre la quietud y tranquilidad del pueblo, extrañando a sus perturbadores y corrigiendo las sediciones y movimientos populares por el nivel inalterable que proscriben nuestras leyes. ¿A qué, pues, tomar otro medio desconocido y dejar el primero autorizado por la Nación? ¿A qué acceder al pueblo que resiste ese espíritu ejecutivo, quiero decir, ese cumplimiento de la soberana voluntad?

3ª Reflexión. El primer motivo que se alega es la incertidumbre sobre la suerte de nuestra Metrópoli por la divergencia de las noticias y pregunto: ¿quién forma ese contraste? ¿Esa diaria oposición de opiniones? Dirélo yo como testigo ocular. Los mismos que desean la grande innovación en el gobierno, los que reunidos han conspirado a ella, pues realmente las noticias de la Península, aunque muchas de ellas aflictivas, sucesivamente no han podido ser más lisonjeras. Permito que la suerte de nuestra península sea incierta, y sin constarle la muerte de la madre, ¿podrá el hijo disponer de su patrimonio? Quiero decir, sin constar que nuestra Metrópoli es perdida, que ha cesado la imagen del Soberano, esto es, el Tribunal representativo de la nación, ese que llamamos justamente el Consejo de Regencia, ¿podrá el vecindario de Chile disponer de este Augusto Patrimonio, entregando el mando del Reino a una Junta gubernativa, desquiciando su gobierno de los ejes comunes de nuestra legislación?

4ª Reflexión. El primer motivo es la mejor defensa del reino, amenazado de enemigos y de las intrigas, que son más peligrosas y más necesarias de precaverlas. ¿Qué enemigos reconoce el reino de Chile? Este país, el más quieto y pacífico que tiene el orbe, nunca menos frecuentado que ahora por los extranjeros, ni aún por motivo de contrabando, a causa del comercio libre en Buenos Aires, ¿teme enemigos? No a los ingleses, que como Nación generosa y aliada no puede perseguirle; No a los franceses que sorprendidos con el entusiasmo de la nación, con el valor y esfuerzo contradicente a sus miras, no les permiten extender sus ideas a esta conquista, principalmente hallándose sin bajeles, sin buques de transporte, sin gentes que puedan apartarse de la reunión de sus ejércitos, sin debilitar sus fuerzas en el punto más interesante. ¿Qué enemigos, pues, teme este reino? Yo lo diré: a sus propios hijos, que después de haberlos criado y exaltado a los primeros mandos por la mano poderosa del Monarca, son los que han conspirado contra su gran gobierno, introduciendo la novedosa instalación de una Junta. Esta ha sido la causa de las intrigas; éste el móvil de la seducción y de las escandalosas convulsiones populares que ha experimentado esta infeliz capital y su fiel vecindario.

5ª Reflexión. Es necesaria la defensa del Reino; realmente le amenazan los enemigos, ¿y ésta debe tratarse con el pueblo? ¿A este fin se ha de congregar el vecindario? ¿Aquí se debe discutir esta materia? ¿Él es el que debe meditar los arbitrios de su defensión? ¡Peregrino efugio! Cuando nuestras leyes sabiamente tienen erigido a este fin el respetable Tribunal de la Junta de Guerra, en que reuniéndose la pericia y conocimientos militares en el retoque de la disputa y práctica investigación de arbitrios para elegirse aquellos en que se reúna la pluralidad de votos. El vecindario de Chile atropellando todas estas leyes, se reasume en sí una facultad que no le corresponde, ni reconoce por su extraviada profesión; pero todo ello fue un trampantojo [11] en la esquela de convite para sorprender a otra cosa el ánimo de los concurrentes y lograr los de la facción la meditada junta gubernativa.

6ª Reflexión. El decreto de 30 de Abril del Supremo Consejo de Regencia niega toda provisión y audiencia en materia de Gracia y Justicia, quedando sólo expedito su despacho en las de Guerra. Este es el tercer motivo que se alega pan instalar un Junta gubernativa con facultad de proveer los empleos vacantes y que vacaren, y las demás que dictase la necesidad de no poderse ocurrir a la Soberanía nacional. A mí me estremece lo primero, la absoluta prohibición que se supone en el decreto de aquel Supremo Consejo de Regencia, cuando lo contrario se acredita por el espíritu y fin a que se dirige de impedir los muchos pretendientes que ocurren de las Américas a solicitud de empleos, y no a tomar las armas en las aflicciones actuales de la Nación, y por otra parte, a que teniendo allí otros patriotas que se han sacrificado en defensa del Estado, con sueldo, y sin poder tomar las armas, es necesario remunerarles con los empleos vacantes de necesaria provisión, dejando los demás en su vacancia para mejor auxiliar con el ahorro de éstos, los gastos de la nación oprimida. ¿Y es posible que una economía meditada por el Soberano, venga a ofender ahora su propia soberanía? Qué otra cosa es proveer empleos vacantes y promover otros que dicte la necesidad, sino defraudar al Rey y arrebatarle el alto distintivo de su soberanía, la base fundamental de su real autoridad en promover empleos, en distribuir sus vacantes según el discernimiento del bien común de su reino, y amplia monarquía a que debe nativamente aspirar? ¿Es posible que el arbitrio equitativo de premiar a los heroicos defensores de la patria; y de economizar el Rey su propio erario, se ha de tener por una absoluta prohibición de los empleos para darlos por su mano, y sólo extensivo para que sus vasallos vengan a disponer de ellos a su arbitrio, en forma de su propia autoridad? Esto es querer que el que tiene cuidado de la comunidad cese en promover su bien público, y que entre a mandar quien debe obedecer.

7ª Reflexión. Que la misma Regencia en su manifiesto de 14 de febrero último ha remitido el de la instalación de la Junta de Cádiz, advirtiendo a las Américas que esta misma podrá servir de modelo a los pueblos que quieran elegirse un Gobierno representativo, digno de su confianza; y es el cuarto motivo que se alega para la instalación de la Junta. Pregunto: la Junta de Cádiz ¿es Junta Superior gubernativa? ¿Ella es árbitra en disponer de los empleos y de la suerte de los ciudadanos? El que quiera decir verdad debe contestar que aquella Junta es puramente económica, instalada para meditar arbitrios de auxiliar a los prófugos compatriotas que se acogían a la seguridad de sus fortalezas, perseguidos por la furia y devastación de sus enemigos; erigida para auxiliar la mendicidad y la miseria, que más se extremaba con el acopio de tantas gentes; erigida, finalmente, para meditar medios de proporcionar a la Nación el numerario necesario para su defensa en el punto que más le interesaba, sin dispensar sus personas para las fatigas de guardias, ni para el trabajo, y concurrencia a las fortificaciones, ya sea en su nueva erección, o en sus refacciones, cargando sobre sus hombros los materiales para la fábrica, sin la menor consideración a su alto carácter y dignidades. Este es el modelo que el Supremo Consejo recomienda a sus Américas y a todo este Reino ¿y esto es lo que se ha imitado en la erección de la Junta gubernativa? ¡Ah!, qué distante está la analogía recomendada por el Supremo Consejo de la realidad de los hechos de esta capital.

8ª Reflexión. Permito que la Junta de Cádiz se recomiende como modelo para que en los pueblos de América pueda elegirse un Gobierno representativo digno de su confianza; y ¿en qué caso? cuando las circunstancias sean las mismas, el mismo interés y el mismo objeto. Cádiz erigió su Junta en las agonías de ver que la Suprema Junta Central, depósito entonces de la soberanía, era perseguida por el ímpetu imprevisto de los ejércitos franceses, y que temiendo la anarquía de la Nación por un suceso inopinado, debía tener en sí mismo un gobierno representativo para el ejercicio de sus fuerzas y de su propia defensa. Chile, ¿qué enemigos tiene? ¿Quién le persigue? ¿Qué anarquía le puede sobrevenir en su Gobierno? ¿No tiene a la frente un Supremo Consejo de Regencia que ha reconocido? ¿No tiene a las autoridades legítimamente constituidas por la Ley? ¿No tiene, no reconoce un Presidente y Capitán General de su propia patria, el más digno de su confianza, el más a propósito para la observancia de las leyes y conservación de estos dominios a nuestro desgraciado [12]  monarca el señor don Fernando VII? No puede negarse sin ofensa de la verdad, que las circunstancias antedichas son muy diferentes a las que motivaron la instalación de la Junta de Cádiz; y si por aquella razón varían las leyes para su establecimiento, también por ella misma debe cesar el modelo propuesto en los pueblos de América, para no elegirse gobierno alguno representativo digno de su confianza.

9ª Reflexión. Aclamó el pueblo, se dice, con la mayor efusión de su alegría y armoniosa uniformidad, que se estableciese una Junta presidida perpetuamente del mismo señor Conde de la Conquista; que resolvieron se agregasen 6 vocales que fuesen interinos, mientras se convocaban y llegaban los diputados de todas las provincias de Chile para organizar la que debía regir en lo sucesivo. He aquí la decisión por los motivos que expresan las anteriores reflexiones. El vecindario, ese que se llama numeroso, noble y sabio congreso, ¿tiene por sí facultad para elegir una Junta Gubernativa a todo el Reino? Cada ciudad tiene circunscrito su territorio municipal, ¿pero de donde a este generoso pueblo la autoridad de establecer una Junta que pueda mandar en todo el reino? ¿De dónde la de perpetuar su presidencia en el señor Conde de la Conquista? Si los demás vocales son interinos, porque los diputados de las provincias son los que deben organizar la Junta Gubernativa del Reino, ¿cómo sin el concurso de éstos se da perpetuamente la presidencia al señor Conde, e interinamente a los demás vocales? Si lo primero pudo el pueblo por sí sólo, ¿a qué la convocatoria de los diputados para lo segundo? Si para esta perpetuidad de los demás vocales es necesaria la concurrencia de aquéllos, ¿cómo no ha de ser para decidir sobre la permanencia del primero?

10ª Reflexión. Por los mismos principios se dice fueron nombrados con singular regocijo del congreso, los dos secretarios perpetuos Doctor Marín y Doctor Argomedo, con voto informativo. ¿Cómo es que el pueblo por sí solo concurrió a este nombramiento sin esperar los diputados de las respectivas provincias? ¿No es éste un gobierno representativo de todo el Reino? Y ¿cómo sin el sufragio de las ciudades y villas pudo organizarse dicha Junta y proceder al nombramiento de sus secretarios con perpetuidad de sus empleos? Si lo que a todos puede dañar, o aprovechar, debe examinarse por todos, ¿cómo por la satisfacción sola de este pueblo pudo [pudieron] concederse aquellos empleos en un gobierno comprensivo de todo el reino? Yo no entiendo de dónde sea la necesidad de los diputados para organizar la Junta de Gobierno que debe regir, cuando con previa anticipación sobre el mismo particular se miran estampadas unas resoluciones terminantes.

11ª Reflexión. El señor Conde de la Conquista recibió el mando interinamente, con expresa calidad de conservarlo en sí, y entregarlo a su sucesor propietario provisto por Su Majestad. Así consta del acta que literalmente se puntualiza. Si pues, el mando se recibió con esta calidad, si para ello juró sobre los Santos Evangelios, ¿cómo es que pudo entregar el bastón al pueblo para que dispusiera de él? ¿No fue prostituir su autoridad transfiriéndola al pueblo? Quiero que las circunstancias fueran tan estrechas, quiero también que por aquellas quisiera abdicar el mando, ¿podrá hacerlo en el pueblo? ¿Dónde está la Junta de Guerra que poco há se había celebrado para igual caso? ¿Dónde está la fuerza del juramento que le obligó a retener en sí el mando, y entregarlo al propietario nombrado por Su Majestad? Todo se ha alterado, porque sólo el trastorno universal de las leyes pudo abrir camino a la meditada Junta gubernativa.

12ª Reflexión. La Junta se dice erigida para conservar este reino al señor don Fernando VII con reconocimiento al Supremo Consejo de Regencia. ¿Esta obediencia, obliga a la Junta o no al cumplimiento de sus Reales despachos, órdenes o reales cédulas? Si lo primero ¿como se ha erigido un Gobierno representativo del Reino sin su consulta y aprobación? ¿Cómo en ello se han quebrantado las leyes, destruyendo el gobierno que ha reconocido siempre la Nación y suplantado en su lugar otro de una ruidosa novedad? La Junta se ha erigido sobre el pie de no recibir al señor don Francisco Javier de Elio a la Capitanía General, y al Doctor Garfias de su asesor. Esto se ha decantado hasta en la misma sala del congreso con los apodos más ofensivos y sobre lo primero se han expedido circulares por el Cabildo. ¿Dónde está el reconocimiento al Supremo Consejo de Regencia? El haber erigido una Junta gubernativa sólo con el fin de no admitir a los dos agraciados, prueba que el reconocimiento al Supremo Consejo de Regencia es una quimera para dar colorido en lo público a la resolución del congreso y mucho más prueba la ideal existencia de este reconocimiento la reflexión sexta, y los fundamentos en que ella se solida.

13ª y última reflexión. La convulsión del vecindario en el día 11 de julio hizo revocar las providencias del Superior Gobierno sobre el extrañamiento de los tres reos, Rojas, Ovalle y Doctor Vera; consiguió la deposición del asesor, del secretario y del escribano substituto. La misma convulsión popular activada en los días 13, 14 y 15, con la expresa meditación de quitarle el mando al señor Presidente, e instalar la Junta, obligó a este jefe a la renuncia y abdicación del mando en el señor Conde de la Conquista. ¿Y quién niega que estos repetidos triunfos que ha conseguido la repetición de las convulsiones populares, abrieron camino para la instalación de la Junta? Claro está que la ninguna represalia de aquellos movimientos, la ninguna corrección ni escarnecimiento en sus autores, han dado margen a los tumultos, sediciones que se describen casi diariamente, y en particular desde el día 11 de septiembre hasta el 18, en que consiguió el pueblo la victoria a que se dirigían todas sus atenciones y desvelos. Un pueblo pues, que por sí y por los medios de tumultos e insubordinaciones ha conseguido sus repetidos designios, ¿no tendrá en su mano obedecer o no obedecer a ese Supremo Consejo de Regencia? ¿No será de su arbitrio instalar ahora esta clase de Gobierno, y después otro, valiéndose del mismo método? ¿No tendrá en su facultad sacudir el yugo de la subordinación con un sistema de independencia, o reducirle, como ahora, a las reglas de su deliberación? Yo entiendo que el haber roto las riendas de la obediencia al plan de Gobierno nacional reconocido, y cultivado en estas Américas por tantos años, ha de ser la causa y origen de que aquellas que han incidido en este crimen, con el tiempo sacudan el yugo de la metrópoli por medio de una absoluta independencia; y este es el mayor mal, el cáncer más ejecutivo que amenaza a este reino, y por su ejemplo a las demás posesiones ubicadas en estas distancias de la metrópoli, principalmente en el tiempo que ésta está afligida y sus atenciones embargadas con la defensa del tirano que le quiere dominar. El remedio debe ser activo y pronto, y si no se quiere llorar para siempre esta pérdida.

Pudiera sobre todas y cada una de estas reflexiones dilatar mis discursos y promover otras muchas que saltan a la primera vista de la [sic] citada acta; mas la brevedad que me he propuesto, me obliga a apartarme de esta disgresión y entrar a seguir la historia del diario, reservando aquel trabajo para cuando la necesidad me impela o la misma obligación me estreche a otra exposición más dilatada.

No puedo sí omitir que en la [sic] acta sólo por un cómputo conjetural de 450 vecinos que se dicen [sic] haber concurrido al Congreso, se haya excusado la formalidad de hacerles suscribir en la misma Acta para el discernimiento de las opiniones personales. Mas, como todo ello se llevó por algazara y un clamor tumultuario, se faltó a esta formalidad. Pero en todo tiempo podrá suplirse cometiéndose la diligencia de que todos los curas párrocos examinen por sí los vecinos que tengan en su particular distrito de las calidades de español casado, de casa abierta, bienes raíces, o de comercio; en una palabra, de los vecinos que como tales debían suscribir para una innovación tan ruidosa, y se verá por este arbitrio y el juramento de haber concurrido, o nó a la Acta de la Junta, que el vecindario sano es en triple mayor número, y que éste no sólo no ha concurrido, pero ni aún ha sido citado, y se verá que la reunión de muchos faccionarios formó la Ley a la Patria.

Continúa el día 18 de septiembre.

Inmediatamente se retiraron con la comitiva a casa del señor Presidente, y de allí respectivamente a la casa de los demás vocales. A las 3 ó 4 de la tarde se dirigió oficio a la Real Audiencia para que viniera a prestar juramento al nuevo Tribunal de la Junta. Su contestación fue pedir la Acta para instruirse del fin de su instalación, del modo y con qué facultades se había instalado. Esa noche hubo una escasa iluminación, y la ciudad aunque llena de gentes parecía que respiraba la tristeza de Viernes Santo: tal fue su lugubrez general y sólo se observaba contento en los faccionarios por el triunfo que habían conseguido. Ese mismo día a la oración hizo propio [13]  don Gregorio Gómez, natural de Buenos Aires, que entró aquí con los verdaderos caracteres de emisario de aquella Junta, dándole razón de la instalación de ésta. El propio salió emplazado a ponerse en Mendoza en tres días con prest de 35 pesos que le pagó al entregar el pliego el Gobernador, y encargos a éste a que lo pusiera a más tardar en término de 7 días en Buenos Aires. Tanto empeño como éste se exigía para que aquella Junta supiera el buen efecto que había tenido su poderosa seducción en esta capital, y que por su imitación se le acriminara menos la rebelión de que se le acusaba.

En la noche formaron varias músicas los particulares. Primeramente la dieron en casa del señor Presidente, de allí a la de don Ignacio de la Carrera, de allí a la del señor Coronel Reina, de allí a la de don Martín Encalada, de aquí a la de don José Joaquín Toro, hijo del señor Presidente, y de aquí finalmente en la de Rosales, hasta las 3 ½ de la mañana: así ostentaban su triunfo los partidarios.

El 19 se publicó en tono de bando Real la [sic] Acta de la instalación de la Junta. Forman su acompañamiento 534 hombres con sus respectivos oficiales del Regimiento de Caballería del Príncipe; todos éstos iban por delante. Se seguía al centro, el Alcalde Eyzaguirre, los regidores Errázuriz y Pérez, y el escribano Díaz, con tambor y música. A la retaguardia iba a pie, con su compañía de Dragones, el Capitán don Juan Miguel Benavente, y la de Dragones de la Reina, su Capitán Ugarte. No se publicó con más ostentación el reconocimiento del Supremo Consejo de Regencia, que el Bando de la Junta de Chile.

En este día por la mañana apremiada la Real Audiencia, prestó su juramento y reconocimiento a la Junta, con la protesta de haber cedido a la fuerza. Para este acto, con estudio particular, se citaron [citó] a todos los músicos de la ciudad a la casa del señor Conde de la Conquista. A la entrada de los señores al dicho reconocimiento, tocaron un concierto, y cuando evacuado aquel acto salieron de la sala, se les tocó la marcha de la guillotina, indicando el último exterminio de este Tribunal, como dicen unos, y como otros piensan, la depresión y abatimiento de su autoridad desde allí en adelante. También prestaron juramento los respectivos jefes de las oficinas de Real Hacienda, y en la noche hubo un gran sarao y refresco en casa del señor Conde.

En esta noche corrió improvisadamente la noticia de que el Marqués de Cañada Hermosa [14], sabedor en su hacienda de la instalación de la Junta a que se había opuesto, había llegado con 1.500 hombres esforzados, con intención resuelta de desbaratarla. Sorprendió a todos la noticia, y al instante el Comandante Vial hizo tocar la generala a las 12 de la noche, poniendo en movimiento a todo el pueblo. A dos hombres del regimiento del Príncipe, por andar aceleradamente, casi los reventó el caballo, y aún corre que uno ha muerto… Al Teniente Ramos, del mismo regimiento, que salió a atajar unos caballos, le persiguieron 6 u 8 perros, que casi le hicieron pedazos una pierna, de modo que si no le socorren 4 ó 6 hombres, le despedazan aquellas fieras. Hubo otros mil desastres por la confusión y brevedad con que se les citaba. Es indecible la conmoción popular [que] hubo hasta las 4 de la mañana, en que las centinelas avanzadas y las rondas que salieron vinieron a avisar que no había ni asomos de aquella conjuración. En la mañana se supo que habiendo llegado el señor Marqués la noche antes a su casa, estaba muy quieto, y sólo el pueblo sorprendido con sustos y temores de sus armas. No es de espantarse, pues el delito acobarda al delincuente más arrojado.

El 20 se hizo un teatro en medio de la plaza con sus escaños y canapés a las testeras. En este anfiteatro hicieron juramento el Ayuntamiento y todos los jefes militares; en seguida dos diputados por el Cabildo Eclesiástico, Doctor Fretes y Doctor Larraín, los Prelados de las Religiones, a excepción del de la Merced y todas las demás corporaciones políticas y religiosas. En seguida hicieron juramento sobre las banderas los regimientos de Caballería del Príncipe y Princesa y el de Infantería del Rey, con lo que se concluyó aquel solemne acto. En la tarde hicieron tres salvas de Artillería de a 21 cañonazos, y en la noche una corta iluminación y música por las calles, concluyendo su regocijo en casa del señor Márquez de la Plata.

El 22 salió de esta ciudad don José María Rozas, acompañado, según dicen en clase de secretario, con don Anselmo Cruz, llevando para su custodia 5 dragones, autorizado con las credenciales de esta Junta como su diputado para exigir su juramento y reconocimiento las villas desde Rancagua hasta la Concepción de Penco.

Ese mismo día 22 a la tarde llegó el correo de Buenos Aires, y en varios anónimos, pero de buen autor, se nos participa la noticia de la llegada a Montevideo de varios buques de la Coruña, Cádiz y Barcelona; que esta capital y Gerona estaban libres de enemigos; que el ejército anglo-portugués había expulsado de las Andalucías a los franceses; que los triunfos de nuestra península eran muchos, y muy gloriosos; que el castillo de Figueras estaba en un riguroso cerco; que la Infanta Doña Carlota, Princesa de Portugal, había mandado a Montevideo 250 mil pesos; que 7 mil hombres de tropa anglo-portuguesa estaban en el campo neutral distante 70 leguas de Montevideo; que éstos venían a reunirse con el ejército de esta plaza para recuperar la capital de Buenos Aires; que el señor Virrey del Perú había ordenado que el navío San Pedro dejara al gobernador de Montevideo 500 mil pesos para el mismo fin como así lo ejecutó; que la capital de Buenos Aires estaba bien sorprendida; que las baterías del retiro y otros puntos de afuera se habían retirado en los parques, cuarteles y fuertes; que aquí se habían acogido a vivir todos los vocales; que sólo 3.500 hombres de toda morralla [15] era la guarnición de la plaza; que sobre más de mil hombres europeos habían emigrado a Montevideo; que el señor Goyeneche [16]  estaba con su ejército en Jujuy; que la provincia del Paraguay había resistido el reconocimiento a la Junta, según se puntualiza de la [sic] acta siguiente:

“En la ciudad de la Asunción del Paraguay en 24 días del mes de julio de este presente año de 1810. Habiéndose congregado en el Real Colegio de San Carlos, el señor Brigadier don Bernardo de Velasco, Gobernador Intendente de esta provincia, el Ilustrísimo señor Obispo don Fray Pedro García de Panes, el Teniente Asesor Letrado Doctor don Pedro Somellera, el llustrísimo Cabildo con asistencia del Síndico Procurador General y de los Ministros de Real Hacienda, los diputados de las villas Rica del Espíritu Santo, San Isidro de Curuguatí, y Nuestra Señora del Pilar de Nemhuúm, el Venerable Dean y Cabildo Eclesiástico, los curas párrocos  y prelados, la plana mayor de los dos regimientos de Caballería, el Juez Diputado de Comercio, los representantes de las poblaciones de la Villa Real de Concepción, San Pedro de Ignamandiyus y Quarepoti, el Administrador principal de Correos, hacendados de las campañas, comerciantes y demás señores que subscribieron y forman la legítima representación de esta provincia, a tratar y resolver acerca de lo que propone la Junta provincial gubernativa de Buenos Aires en carta de 27 de mayo último, que se leyó por mí, el presente escribano público y de gobierno, con los demás documentos que obran en este expediente, relativos a la causa de su instalación y estado de la Península; después de examinada y conferenciada la materia con la madurez y reflexión que exige su gravedad dijeron que inmediatamente sin resolverse esta Junta, se proceda al reconocimiento, y solemne jura del Supremo Consejo de Regencia, legítimo representante de nuestro soberano el señor don Fernando VII, respecto a que según incontestables documentos que se han leído y tenido presente no puede dudarse a su legítima instalación y reconocimiento por las provincias de España, naciones aliadas y hasta en este mismo continente; que se guarde armonía, correspondencia y fraternal amistad con la Junta provisional de Buenos Aires, suspendiendo todo reconocimiento de superioridad en ella, hasta tanto que Su Majestad resuelva lo que sea de su soberano agrado, en vista de los pliegos que la expresada Junta provisional de Buenos Aires dice haber cambiado con un oficial al Gobierno Soberano, legítimamente establecido en España, y del parte que se dará por esta provincia; que en atención a estarnos acechando la potencia vecina [17], según manifiesta la misma Junta, disponga nuestro Gobernador y Capitán General, se forme a la mayor brevedad una Junta de Guerra para tratar y poner inmediatamente en ejecución los medios que se adapten para la defensa de esta provincia, que en prueba de su fidelidad al Rey, está pronta a sacrificar las vidas y haciendas de sus habitantes por la conservación de los dominios de Su Majestad; que se de cuenta el Supremo Consejo de Regencia y se conteste a la Junta Provisional de Buenos Aires con arreglo a lo resuelto y acordado en esta Acta que original se archivará para perpetua memoria; y la firmaron con S. S. los señores arriba expresados y demás que firmaron este respetable congreso”.

Finalmente, que el 25 de Agosto a las 12 ½ del día en el camino de Córdoba para Buenos Aires, a 100 leguas de distancia de la capital e inmediaciones del lugar de la Cruz alta, habían ejecutado el último suplicio, pasándolos por las armas amarrados a las ruedas de unas carretas, a los Junta Doctor Castelli; hecho que ha horrorizado a todo este Reino y hasta los mismos faccionistas.

Requerido un amigo del autor de este Diario de la violación del derecho de gentes, de abrir en Buenos Aires la correspondencia de España, Montevideo y demás provincias de este continente, dejando pasar las noticias lúgubres de Europa y favorables a la Junta, o forjándolas allí como venidas de Europa, le contestó a la letra en el correo de ese día, lo siguiente:

“No extraño que esos señores hayan tomado todas las precauciones necesarias para sostenerse como autoridades constituidas, pues este era el mismo plan que los de aquí tenían combinado con todos los demás hasta Lima. Lo que se puede sentir es que no hayan pagado sus iniquidades del modo que Liniers, Concha, Allende, Rodríguez y Moreno y del mismo modo pagarán todos los que intenten tener más tiempo en esclavitud y servidumbre los pueblos, bajo el pretexto de una autoridad imaginaria, de un Gobierno que no existe, de una regencia o fantasma levantada por la de Cádiz, para que los salvajes de las Américas mandasen caudales para que ellos se hagan ricos. Esta es la verdad y no crea usted otra cosa. La Europa es de los franceses por todas partes y Cádiz, último resto, durará muy poco. Las gacetas llegaron así de Europa: aquí nada se oculta, pues no hay para qué, por más que nuestros infames enemigos así lo escriban, pues ya sabemos que los hombres de España mienten, y que no les debemos de creer como antes, según nos lo enseñé la gaceta que usted había visto. El sistema de nuestro feliz gobierno es la verdad y justicia. Se acabé el de la equidad y el despotismo. Este sólo piensa en hacer felices a los pueblos, que sepan los hombres y reflexionen y salgan del abatimiento en que los han tenido. Dichosos nosotros que nos vemos libres de tanto tirano. Nuestras gacetas son el mismo evangelio y por tanto no dude usted un momento de lo que ellas digan, pues como he dicho, sería faltar al sistema de verdad y justicia con que se instaló esta Junta, y el dudar de esta verdad es hacer un agravio a la capital de Buenos Aires, cuyos procedimientos han sido siempre heroicos”.

La Junta de Buenos Aires, deseosa siempre de que esta capital siguiera sus huellas en la instalación de un nuevo gobierno, ofició enérgicamente a este Cabildo en los términos siguientes:

“Aunque la ilustración y energía de ese pueblo presenta un antemural a las intrigas de los enemigos de la felicidad de la América, ha creído conveniente participar a Vuestra Señoría el verdadero estado de las cosas, para que pueda tomar las precauciones convenientes a evitar los gravísimos males de que el reino se halla amenazado.

Al paso que el heroico valor de nuestros compatriotas de Europa, cede al gran número de enemigos que los ataca, los mandones de América redoblan sus esfuerzos en perpetuarse ilegítimamente en empleos que han caducado, y sofocando los derechos imprescindibles de los pueblos, tratan de hacerlos servir a la perpetuidad de su tiranía. El resultado de este choque será que cuando Inglaterra haga una invitación a la América para que tome algún partido (lo que no está muy distante) o no llegará a la noticia de los pueblos, porque los jefes hayan cerrado todos los conductos, o se quedarán sorprendidos por la falta de prevenciones o en su recíproca debilidad serán juguete de cualesquiera potencia extranjera que aspire a su dominación, pues los jefes ya han descubierto que no reconocen derechos en los pueblos, y que los sacrificarán gustosos a la conservación de sus particulares empleos. Para evitar esta catástrofe que nos amenaza de cerca, es preciso que los pueblos sostengan con energía sus derechos, y que, arrojando con desprecio [a] todos los mandones inertes o traidores, se forme en la América entera un plan vigoroso de unidad que presente esta gran parte de la monarquía española en estado de conservar ilesos los derechos de su augusto Monarca sin los riesgos a que expone la inercia y egoísmo de sus actuales mandones.

En ese precioso Reino crecen ahora los peligros, pues empeñado el Virrey de Lima en castigar y sofocar la enérgica resolución de haber arrojado al indecente déspota que lo dominaba, unirá sus recursos a las intrigas de los Oidores y por un golpe de sorpresa dará en tierra con los honrados chilenos autores de aquella magnánima resolución. Sírvase Vuestra Señoría meditar los peligros de la tardanza y convencerse de la dificultad de reparar la pérdida en unos momentos tan preciosos. Si en el acto se organiza en Chile una representación legítima del Monarca ausente, erigida por el pueblo a quien privativamente corresponde el nombramiento, los contrarios del bien público no tendrán apoyo en el gobierno, y Lima quedará indecisa entre nuestras fuerzas que se internen al Perú y el respeto que infundirá el gran Reino de Chile bajo la única influencia de sus ilustrados patriotas.

No se detenga Vuestra Señoría en una determinación cuya falta quizás no podrá reparar. Ese Reino tiene sobrado honor, sobrado patriotismo, sobrado amor a su Rey, y sobrados recursos para sostener aquellas virtudes, debiendo además contar con la garantía de la Gran Bretaña, de que esta capital está disfrutando con los auxilios de estas provincias. Reciba Vuestra Señoría este oficio como un testimonio de nuestra fidelidad y del interés con que miramos el honor y prosperidad del Reino de Chile, a que estamos unidos con la más tierna cordialidad. Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años. Buenos Aires, 30 de agosto de 1810. Cornelio de Saavedra.- Doctor Juan José Castelli.- Manuel Belgrano.- Miguel de Ascuénaga.- Doctor Manuel Alberti.- Domingo Matheu.- Juan Larrea.- Doctor Mariano Moreno, Secretario. Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de la ciudad de Santiago de Chile”.

Contestación de este Cabildo.

“Nada es tan satisfactorio al hombre como ver uniformadas sus ideas a las de aquellos que se distinguen por su ilustración y patriotismo. Y cuando este Cabildo recibe el oficio de Vuestra Excelencia de 30 de agosto último, tiene el honor de participarle que en el día 18 del corriente se instaló la Junta Provisional, cuya acta [sic] acompañamos.

Los antecedentes que precedieron a esta instalación pudieron haber causado el temor de algún acontecimiento sensible, si los derechos del pueblo no hubieran cedido a la impotencia de  sus trazas.

La aclamación general de 450 nobles reunidos en la Asamblea más dichosa, manifestó el voto común de esta capital, con que se empeñaba en afianzar su seguridad y al punto que se proclamó la Excelentísima Junta de Gobierno, la quietud y gozo universal de los habitantes de Santiago, pusieron silencio a las débiles turbulencias excitadas en los días anteriores por cuatro hombres sin opinión, y que después se rindieron francamente a la general del pueblo.

La Junta ha sido reconocida por los magistrados, jefes de las corporaciones y militares. La Real Audiencia que le prestó también el juramento de la fidelidad, ha circulado a todo el Reino una proclama exhortatoria a la obediencia, y sin este paso ya se ha reconocido la Junta en las provincias donde ha podido llegar la noticia de su instalación. Chile descansa en la sublime gloria de su tranquilidad y se promete perpetuarla, cuando estrechando sus relaciones con Vuestra Excelencia puede añadir a los recursos con que se prepara contra cualesquiera invasión, las luces y auxilios de la generosa e inmortal Buenos Aires.

Es muy respetable la garantía de Vuestra Excelencia para no contar con ella, y la de la Gran Bretaña, que admitiremos con la mayor gratitud, dignándose Vuestra Excelencia instruirnos del sistema que adopten los ingleses en las circunstancias y de las demás prevenciones que Vuestra Excelencia juzgue más oportunas y conducentes a la conservación y prosperidad de estos dominios para el mejor de los monarcas. Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años. Santiago de Chile, 30 de septiembre de 1810”.

Combínense estos dos oficios entre sí, y presto se descubrirá el espíritu de destronar a las autoridades legítimamente constituidas y dar el valor legislativo a los pueblos, que se supone recobrado en todos aquellos que autorizan al Monarca, elevan su autoridad y dan fuerza a aquella soberana voluntad, cuyo beneplácito forma la ley al imperio; de modo que mientras nuestro Rey Fernando no recobra su solio, el pueblo manda, porque la autoridad legítima ha caducado. He aquí el valeroso aliciente, el incentivo más atractivo para formar esta nueva dominación sobre las meditadas conquistas de la península y su íntegra subyugación; quiero decir, sobre el sepulcro de Fernando, y sobre las cenizas de la madre patria, sin traer a la memoria ni la línea de sucesión inabdicable y jurada desde el naciente de la monarquía española, ni el remedio legal de un Supremo Consejo de Regencia, que si como dicen infundadamente, fue instalado sin la representación nacional, pero por la ratihabición de ella, por el expreso o tácito reconocimiento de todas las provincias de la península, naciones aliadas, mayor y más sana parte de la América, y recobró la misma firmeza, el mismo realce y autoridad soberana que si todos se hubieran congregado en el punto de reunión necesaria e indispensable: pero nada de esto basta, ni la más elocuente demostración cuando el interés se empeña en romper las ligaduras de la obediencia y debida subordinación. Yo me he abstraído, desviándome de mi propósito, porque el impulso de mi propia lealtad y patriotismo me arrebata a otra esfera, desde donde miro la consonancia de ideas de esta Junta con la de Buenos Aires, su con fraternidad, recíproca comunicación de auxilios, de proyectos y parece que a una y otra vivifica una misma alma, cuya identidad de pensamientos les ha de hacer incidir en los mismos premios, si son de la aprobación soberana, o en la misma indignación si vienen a merecer su real desagrado.

En el propio día 22 de septiembre recibió también el señor Conde de la Conquista otro oficio de la Junta de Buenos Aires; y aunque concebido en iguales términos que el dirigido al Cabildo, con todo, para que por su literal contexto se pueda penetrar el objeto y fin a que se dirige y que no se tenga a mera presunción mía, he tenido a bien transcribirlo a la letra del tenor siguiente:

“Ha sido muy satisfactorio para esta Junta el Oficio de Vuestra Señoría de 6 del corriente en que manifestando una entera conformidad en ese territorio la integridad de la monarquía española e inviolabilidad de los derechos del Rey, ofrece conservar bajo el mismo pie que antes, todas las relaciones políticas y comerciales con cuantos mutuos auxilios exija la fraternidad de ese y este pueblo. Puede Vuestra Señoría estar seguro que la conducta de esta Junta jamás desmentirá los principios de fidelidad que ha jurado y proclama diariamente y que un sincero deseo de mantener inalterables los derechos de nuestro augusto Monarca, ha sido el único agente de su instalación.

El complot formado por mandones indignos del rango que ocupaban, se va disipando felizmente y los pueblos respiran [libres] de la opresión a que se les había reducido, apenas la evidencia de los hechos logra desvanecer las calumnias que siembran diestramente los detractores del nuevo Gobierno. No necesitará Vuestra Señoría seguramente otra prueba del egoísmo e injusticia con que los enemigos de Buenos Aires se conducen, que ver la terquedad con que resisten toda discusión acerca de la misma materia en que nos acriminan. Apenas se supo en el Perú la formación de la Junta, se declaró por el Intendente de Potosí y Presidente de Charcas, guerra a sangre y fuego contra esta capital. Para asegurar la impunidad de este despecho impotente, agregaron sus provincias al Virreinato de Lima, y adhiriendo aquel jefe a esta escandalosa violación de las leyes constitucionales del Estado, entró en la liga de los malvados, para exterminar con nuestra sangre la semilla de fidelidad que se fomenta en este pueblo con tanta energía.

Unos procedimientos tan extraños descubren por sí mismos los viciados principios de que se derivan. ¿Qué crimen habrá cometido Buenos Aires para que se le declare la guerra, jurando su exterminio? ¿No se ha instalado esta Junta bajo los mismos principios que las Juntas de Europa? ¿No se han declarado a los pueblos de América iguales derechos que a los de la Península? ¿Se descubre acaso en nosotros el menor desvío de las estrechas obligaciones de un legítimo vasallaje? ¿Por qué, pues, se ataca el honor de este pueblo y se denigra a los jefes que él mismo ha elegido, con todo género de infames imposturas?

Crea Vuestra Señoría que el complot de seguir la suerte de Europa bajo la dominación francesa, estaba formado por todos los mandones de esta América, que nada miran éstos con tanto horror, como ver a los pueblos en el goce de aquellos derechos imprescriptibles que la naturaleza les ha dado y que la situación política de la monarquía les confirma; y que por estos mismos principios miran con igual horror que el opulento Reino de Chile no pudiendo soportar el indecente yugo de ese déspota que lo degradaba, haya confiado su seguridad y gobierno a un jefe virtuoso, que mirará por la prosperidad del país con los dos dobles títulos que le imponen el lustre de su cuna y las leyes de su nacimiento.

La Junta no duda que se atrevan en Lima a atentar contra la respetable persona de Vuestra Señoría; y para el caso, si no bastaren los recursos de ese Reino (que el despotismo antiguo habrá debilitado diestramente) podrá Buenos Aires partir con él los abundantes auxilios que la poderosa nación inglesa franquea con mano pródiga a los pueblos fieles del Rey Fernando, que sostienen sus derechos con energía, y se oponen a los esfuerzos de los viles agentes del usurpador de la Europa. Dios guarde, etc. 1º de septiembre de 1810. Cornelio de Saavedra.- Doctor  Juan José Castelli.- Manuel Belgrano.- Miguel de Ascuénaga.- Doctor Manuel Alberti.- Domingo Matheu.- Juan Larrea.- Doctor  Mariano Moreno, Secretario”.

Contestación.

“Acababa de instalarse la Junta Gubernativa de este Reino, cuando recibí el oficio de Vuestra Excelencia, de 1º del corriente en respuesta del de 6 de agosto que había dirigido el Gobierno afianzando en la antigua acreditada fidelidad las buenas resultas de un establecimiento necesario para conservar seguros estos dominios a su legítimo soberano. Por lo mismo se ofreció Santiago a continuar sin variación las relaciones políticas y comerciales; Vuestra Excelencia por esta unión nos franquea generosamente partir los auxilios de nuestra aliada potencia inglesa, siempre que Lima atente contra la persona de nuestro actual Presidente; a quién ya se había desde antes colocado en el mando por la fuerza de la Ley, voluntad del pueblo, y desprendimiento del que lo ocupaba sin mérito y dignidad. Esta Junta reconoce tanto las demostraciones apreciables de esa que, unida siempre a ella, hará indivisible su causa.

¡Qué suave y lisonjera es la ambición del mando para los que olvidándose del interés común no conocen más Ley que el bien de su individuo! Por el contrario, ¡qué yugo tan pesado para el que, llenando sus deberes, sólo piensa en la feliz suerte de sus semejantes! Los primeros detestan tener compañeros que alivien sus fatigas, porque creen rebajada su autoridad; los segundos se complacen tanto de encontrarlos, que ellos mismos los solicitan, porque de este modo suponen el acierto más seguro. Este ejemplo mira Vuestra Excelencia en los papeles adjuntos. Nuestro actual Presidente puso con qué gusto el bastón a disposición de un pueblo cuyos derechos en las actuales circunstancias son indisputables y con mayor regocijo recibió después los compañeros que forman hoy el gobierno. Si esta conducta hubiera sido igual en todos los reinos, sin padecer las tristes consecuencias de la ambición, conservaríamos eternamente con adelantamientos al patrimonio de nuestra amada patria. Nada debe temer el superior que está asegurado y constituido en su dignidad por la voluntad general del súbdito, y no tiene certeza de ésta, a más de su inquietud interior, toda acción estaba circulada de innumerables riesgos. Por otra parte, una pequeña división podrá causar pérdidas de lo más defendido. En este caso quisiéramos oír las respuestas de los sordos a los gritos de la razón, que no han querido ni confesar aquellos derechos de los pueblos, ni adoptar los ejemplos de la Península en la erección de Juntas, tanto más necesarias en estos dominios, cuanto es mayor la necesidad de tomar medidas muy anticipadas para defendernos del tirano usurpador, asegurar un asilo a nuestros amados hermanos,  conservar eternamente estos pequeños restos de la monarquía para el más desgraciado de los reyes. ¿Cómo lograremos objetos tan apreciables, si nuestras voluntades no se reúnen en el mando y disposición de aquellos objetos que han de ser el primero y principal instrumento de conseguirlos?

Al fin, unas son nuestras ideas, nuestra causa es la misma y tan identificado nuestro interés, que Santiago mirará siempre con igual eficacia el suyo y el de Buenos Aires.- Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años. Santiago de Chile, 28 de septiembre de 1810.- Excelentísimo señor.- El Conde de la Conquista.- Fernando Márquez de la Plata.- Ignacio de la Carrera.- Francisco Javier de Reina.- Juan Enrique Rosales.  Excelentísima Junta provisional de Buenos Aires”.

El 24 se publicó el bando prohibitivo de andar por las calles en corrillos, de traer armas y de observar un perpetuo silencio sobre las providencias de la Junta, bajo las penas de destierro, confiscación de bienes y otras, en casos de reincidencias.

El día 25, acuerdo del Cabildo sobre señalamiento de sueldos a los señores Presidente y Vocales de la Junta Superior, en la forma siguiente: 6.000 pesos al señor Presidente de ella, 3.000 a cada vocal y 2.000 a cada secretario, con la declaración de que a los que por otra razón tenían sueldo, sólo se les debía abonar el exceso hasta los 3.000 pesos.

El mismo día veinticinco se expidió un oficio por la Junta de Gobierno a la Real Audiencia sobre que se decidiera categóricamente al obedecimiento de la Junta alzando las protestas de fuerza con que le había prestado dicho obedecimiento el 19 del corriente; oficio de la misma Real Audiencia expositivo de su protesta, de no ser otra que de no caer en ninguna responsabilidad para con el Soberano por el cargo que ejercen. En este propio día, oficio de la referida Junta al Superior Provisor pidiéndole las protestas y juramentos de las villas y ciudades, de no reconocer otro sistema de gobierno, ni acceder a alguna innovación, sobre cuyo particular había sido requerido dicho Superior Proveedor en presencia del jefe a petición del Cabildo, según se asienta en este diario en el 16 de agosto. Remitió con oficio tres protestas, conservando en su poder testimonio autorizado de todas ellas.

El 27 se despidió el Regimiento del Príncipe, que había estado a sueldo desde el 15 de este mes y acuartelado en la chacra de la Palmilla, y entró a sustituirlo el Regimiento de la Princesa para las fatigas de las rondas. En este mismo día, a consulta del Sargento Mayor don Juan de Dios Vial, sobre la necesidad de aumentar tropas, para el lleno de las fatigas de Plaza, mandó la Junta se pusiera a sueldo una compañía del Regimiento del Rey, señalándole por cuartel el patio y sala que fue de armas a la trasera de la catedral y que procediese a proponer los oficiales. Lo ejecutó proponiendo para Capitán al de Granaderos don Fernando María Márquez de la Plata, para Teniente al agregado al Cuerpo de Asamblea don José Ignacio Valdés, y Alférez a don Francisco González Concha.

En el mismo día 27, a petición de la Junta, expidió el Tribunal de la Audiencia un oficio circular a todas las ciudades y villas de los respectivos partidos del Reino, excitando a sus jefes a la unión y alianza recíproca con dicha Junta, mediante los laudables fines a que se dirige su instalación, a cuyo paso procedió como por violencia, pues en los oficios anteriores el Tribunal había padecido muchos y graves retoques de expresiones de la Junta por no haberse atemperado inmediatamente al plan de sus ideas.

El día 29 se acuarteló la Compañía nuevamente erigida, se puso a sueldo y al diario ejercicio militar.

 

Notas.

1. Santiago Liniers, antiguo Virrey de Buenos Aires. (C. Guerrero L).

2. Vicente García de Huidobro. (C. Guerrero L).

3. El Naranjero es un tipo de trabuco, de boca acampanada y gran calibre. (C. Guerrero L).

4. José Toribio de Larraín y Guzmán. (C. Guerrero L).

5. José Santos de Aguirre. (C. Guerrero L).

6. Se refiere a Fray Benito Jerónimo Feijoo, pensador español. (C. Guerrero L.)

7. Respecto del número e identidad de los asistentes a esta asamblea, puede consultarse el libro de Raúl Silva Castro, Asistentes al Cabildo Abierto del 18 de septiembre de 1810. Editorial Andrés Bello, Santiago, 1968. (C. Guerrero L).

8. El discurso de Infante pueden consultarse en Colección de Historiadores y de Documentos Relativos a la Independencia de Chile, tomo XVIII, p. 220 y siguientes. (C. Guerrero L).

9. Juan Agustín Alcalde. (C. Guerrero L).

10. El texto del acta que copia el autor, difiere levemente del que está inserto en la obra de José T. Medina, Actas del Cabildo de Santiago durante el período llamado de la Patria Vieja (1810-1814). Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina, Santiago, 1960. La razón de ello estriba en que existen dos versiones que formalmente son distintas. La que figura en la obra recién nombrada es la copia que se envió a las demás ciudades y pueblos, recabando su reconocimiento a esta nueva instancia de gobierno. (C. Guerrero L).

11. De trampa ante ojo, es decir, trampa o ilusión con que se engaña a alguien haciéndole ver lo que no es. (C. Guerrero L).

12. Esta voz no está empleada en sentido peyorativo, ya que alude a la desgracia que vivía el Rey. (C. Guerrero L).

13. Léase “envió a un mensajero”. (C. Guerrero L).

14. José Tomás de Azúa. (C. Guerrero L).

15. Conjunto o mezcla de cosas inútiles y despreciables; multitud de gente de escaso valer. (C. Guerrero L).

16. José Manuel de Goyeneche. (C. Guerrero L).

17. Se refiere a la presencia de fuerzas portuguesas en Brasil. (C. Guerrero L).