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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Mariano Egaņa. Cartas a Juan Egaņa. 1824-1829
33. Londres, 30 de Marzo de 1825.

LONDRES, 30 DE MARZO DE 1825.

Mi amadísimo padre,

Aun no ha llegado otro paquete después del que llegó el 21 de febrero último en que no recibí carta de Ud. Se espera por momentos el correspondiente a este mes que ha debido salir de Buenos Aires el 15 de enero, pero nadie con más ansia que yo que cuento los minutos, y que en cada persona que veo dirigirse a mi se me figura uno que me trae cartas. En efecto: jamás había deseado tanto saber de Ud. como ahora, porque ha querido U. que me esté sin noticias suyas desde el 28 de octubre, y porque estoy en circunstancias de querer saber no sólo cuanto se hace sino aún cuanto se piensa en Chile.

Parece que ya ha llegado el término general de mi comisión. He conseguido al fin disipar en el ánimo de este ministerio las fatales impresiones de la revolución del 19 de julio. El 21 del presente se me hizo saber confidencialmente que Mr. Canning se ocupaba actualmente en la formación de un tratado de comercio con Chile igual al celebrado o que por mejor decir estará celebrándose con las repúblicas de Colombia, México y Buenos Aires. El 28 significó Mr. Planta (Subsecretario, de Relaciones Exteriores) “que Mr. Canning estaba tomando en consideración la celebración de dicho tratado a la cual se había ya decidido, y que dentro de pocos días tendría el honor de citarme al Ministerio para tener una conferencia conmigo”. En fin se ha recuperado lo perdido, o más bien nada se ha perdido. Chile está ya al nivel de los estados más poderosos y tranquilos de América, y la base del tratado será el reconocimiento de su independencia. El tratado se celebrará en Chile para donde o irá un comisionado con plenos poderes como para México y Colombia, o se autorizará al Cónsul que está allí como ha sucedido respecto de Buenos Aires para que lo celebre. Aun cuando Mr. Canning me dijera que se celebrara aquí, yo no haría uso de mis instrucciones, y diciéndole que no las tenía suficientes, le excitaría a que se hiciese en Chile. Seguramente que no me dirá las proposiciones que piensa hacer a aquel gobierno ni los términos en que desea consiga dicho tratado, así como tampoco lo ha dicho a los Ministros de Colombia y México (siendo éste asunto que sólo ha confiado a los comisionados) pero yo digo al gobierno que no se deje deslumbrar, ni arrebatar del gusto; y que a más de que, según sabemos aquí, la Inglaterra sólo pedirá estar en sus relaciones mercantiles con Chile al nivel de las naciones más favorecidas, no conviene excitar los celos de los Estados Unidos, ni de otras naciones con concesiones o gracias particulares, que tal vez harían del comercio de Chile un mercado exclusivo para los ingleses.

Y ¿me habrá costado algo conseguir esto? Sí: muchos pasos, muchas incomodidades y disgustos. Nada de esto digo al gobierno, porque no estoy de humor de hacer boato, y porque tampoco nada importaría. Mis aspiraciones no son más que irme cuanto antes, y estarme tranquilo al lado de Ud.

Estoy ya al concluir mis dos compañías de colonización, cuyos contratos irán en el paquete siguiente. Siento no poder remitir a Ud. ahora una copia, porque aunque estamos conformes en los puntos principales, todavía hay pendientes algunos puntos en que no nos hemos avenido. Digo que puedo llamar a esta la obra grande de mis empresas ministeriales, porque consigo ventajas cuasi increíbles, siendo lo principal que ofrezco menos que México y Colombia, siendo así que la colonización en Chile cuesta doble, por su distancia enorme y la pasada del Cabo. El Plan es el siguiente:

La Compañía se ofrece a transportar familias europeas católicas prefiriendo irlandeses, suizos y alemanes; a establecerlas en los puntos que el gobierno señalare; a costearles las habitaciones necesarias; a construir en cada colonia una iglesia, cárcel ayuntamiento [sic], salas para escuelas de ambos sexos, a proporcionar a cada colono los instrumentos de labranza, agricultura, carpintería, y primeras manufacturas de cáñamo y lino que fueren necesarios; a proveer a cada colonia de médico con su botiquín, maestros de primeras letras para ambos sexos, y los menestrales precisos como carpinteros, herreros, albañiles, etc.; a mantener a los colonos el primer año de su establecimiento en la respectiva colonia, o el más tiempo que pasare sin que éstos puedan dar precio a sus trabajos: todo esto sin el menor gravamen del gobierno y a costa de la compañía.

El gobierno se obliga a ceder a la compañía 28 mil cuadras de tierra en la extensión que yace entre los ríos Biobío y [sic] Imperial, y gobierno de Valdivia y delegación de Osorno, o en otros puntos donde tuviere tierras baldías. Esta cesión es para el preciso efecto de la colonización, y con la indispensable condición de que se adjudiquen en toda propiedad a los colonos a razón de cinco y tercia cuadras por familia. No puede por consiguiente la compañía destinarlas para otro uso ni personas. Se obliga así mismo el gobierno a no cobrar diezmos a las nuevas colonias por espacio de nueve años, en esta forma: por seis nada; y por otros exigirá medio diezmo.

Las colonias no se compondrán exclusivamente de extranjeros. El gobierno situará en cada una las familias del país que tuviere por conveniente, a las cuales se adjudicará un lote de tierras igual que a las extranjeras.

Los colonos desde que pisan a Chile son de derecho chilenos, no reconocerán otras leyes, autoridad, ni clase alguna de jurisdicción, sino las que emanan de la Constitución chilena, iguales en todo a los demás pueblos de la república.

La compañía hace sus contratos particulares con los colonos sobre la parte de frutos que por un tiempo determinado la han de contribuir para cubrirse de sus gastos, y utilizar también algo.

Estos contratos deben obtener la aprobación del Supremo gobierno como protector del bienestar de sus nuevos súbditos. Las familias naturales que se establezcan en la colonia, nada tienen que contribuir a la compañía, salvo que quisieran recibir los auxilios que ésta franquea a las otras en cuyo caso harán sus convenios particulares.

Las colonias deben dedicarse especialmente al cultivo de cáñamo y lino, y se da según lo permita su situación, y a las primeras manufacturas de aquellos frutos; y algunas al trabajo de minas de azogue, y tirar planchas de cobre.

Firmados estos contratos y establecidas las dos compañías de colonización, tengo hasta aquí conseguido y hecho en bien de la patria lo siguiente.

1º. El reconocimiento de su independencia y la celebración de tratados de comercio con Inglaterra.

2º. El aumento de la población y fomento de la agricultura con el establecimiento de las colonias, que además deben criar y fomentar la industria. Con todo si no me apedrean a la vuelta, estoy contento.

La presente carta va a Buenos Aires por un buque que debe salir hoy conduciendo trabajadores de minas y beneficiadores de metales que remite la compañía del Río de la Plata para establecer sus labores en Mendoza, San Juan, la Rioja, etc. Va por buen conducto y además es muy verosímil que esta compañía cuente para sus trabajos con peonada que emigre a Chile traída [atraída] por la conveniencia que les proporcionan las nuevas faenas. Prefieren la gente chilena porque la reputan por más activa que la de las provincias de la Banda Oriental de los Andes. Cabalmente uno de los motivos que tuve presente cuando la formación de la compañía de minas chilena, fue evitar así esta emigración que la suponía yo habiéndose formado antes la del Río de la Plata por Rivadavia. Uds. vean como evitar este daño.

¿Creerá Ud. que me han asegurado que don Luis López Méndez (sobre que he escrito a Ud. en el último paquete en 18 del presente) no va comisionado como he dicho a Ud. por la segunda compañía de minas chilena? Yo no lo creo; pero si esto así fuere me confirmaré en que el hombre es trapalón. Como yo no trato con los SS. de esta compañía, no estoy al cabo de sus intenciones.

No dudo que Irisarri esperará algo de Guatemala, porque aquí se ha hecho presidente de una compañía de minas formada para aquel país.

Estoy persuadido que Chile tomará un aspecto grandioso con estos establecimientos. Sin embargo el capital actual de las dos compañías de minas es el siguiente: 50 mil libras, o 250 mil pesos la primera, y 75 mil libras, o 324 mil pesos la segunda. Cuando ellas en sus prospectos dicen un millón y medio de libras, lo que esto significa es que hasta esa suma aumentarán el capital si hay proporción para dar toda esta extensión a sus trabajos.

No me da más tiempo el anuncio de la salida del buque. Esta la recibirá Ud. por mano de Fair.

A Dios mi padre. Soy su

Mariano.