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El Monitor Araucano
Tomo I. N° 26. Sábado, 5 de Junio de 1813.
"Circular de la Junta de Auxilios de Santiago y provincias del Sur". Fechada el 28 de Mayo de 1813, reiterando que las mencionadas Juntas deben ceńirse a lo dispuesto en los reglamentos pertinentes para sus cometidos.

El Gobierno sabe con el mayor dolor que a pesar de lo prevenido en decreto de 15 del corriente subsisten todavía los horrorosos abusos que se procuraron evitar en la exacción de prorratas. Con dificultad habrá otro mal en cuyo remedio se halle más interesada la Junta por que ve que los infelices pueblos son sacrificados sin fruto alguno, y por cuatro malvados que tomando muchas veces la voz y nombre de los que gobiernan, quieren sacar lucro de los perjuicios de los ciudadanos y de las disposiciones que ven en ellos.

Se acompañan a Ud. los dos adjuntos Monitores para que haga publicar por bando en esa villa y en todas las diputaciones que corresponden a la provincia, el reglamento de prorratas contenido en ellos. Cele Ud. eficazmente sobre su cumplimiento, de tal modo que conozcan todos que uno de los mayores delitos será desobedecer la más pequeña parte de este reglamento. Desde ahora se le hace a Ud. responsable si no castiga terriblemente esta clase de atentado, que compromete la dignidad del Gobierno, dado la inteligencia que disgustado sumamente por los excesos que nota en esta materia, olvidándose de toda considera solo tendrá presente cuando vea una inacción del reglamento que se han despreciado sus más estrechas órdenes.

Dios guarde a Ud. muchos años - Santiago, y Mayo 28 de 1813 - Francisco Antonio Pérez - José Miguel Infante - Agustín de Eyzaguirre.-Mariano de Egaña, secretario.