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Aņo 1804
Noviembre de 1804

SESIÓN DE 16 DE NOVIEMBRE DE 1804.
Obras de construcción del palacio de la Real Audiencia.

En la Ciudad de Santiago de Chile el día diez y seis de mil ochocientos cuatro estando los señores de este Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento juntos y congregados en su Sala de Ayuntamiento como lo tienen de costumbre en Cabildo Ordinario:

Recibieron un oficio del Excelentísimo señor Presidente acompañado del testimonio de una providencia, siendo uno y otro con lo proveído por el Cabildo del tenor siguiente: “Contesto al oficio de Vuestra Señoría de once de mayo último con testimonio a lo resuelto en su asunto. Dios guarde a V. S. muchos años. Santiago, 9 de noviembre de 1804.- Luis Muñoz de Guzmán.- Señores del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta capital.- Santiago, 9 de noviembre de 1804.- Copiándose en el libro que corresponde el testimonio a que se refiere este oficio, archívese uno y otro, y practique la diligencia acordada sobre su contenido.- Hay seis rúbricas.- Villarreal”. “En la Ciudad de Santiago de Chile en veinte y seis días del mes de octubre de mil ochocientos cuatro años.- Vista en Real Acuerdo etcétera.- En la Ciudad de Santiago en veinte y seis días del mes de octubre de mil ochocientos cuatro años. Vista en Real Acuerdo por voto consultivo la representación de fojas una del Ilustre Cabildo de esta ciudad, con la Real Orden últimamente agregada, dijeron los señores que lo componen que: siendo constantes los fundamentos legales expresados por el señor Decano, Superintendente en su informe de fojas cinco, reproducidos por el señor Fiscal en la vista de fojas ocho en apoyo de la ubicación dada a las reales oficinas de Contaduría Mayor y Tesorería General, igualmente que el expuesto por el Arquitecto don Juan José Goycoolea, en orden a lo determinado de acuerdo con Su Excelencia para el acierto de las demás obras que se están construyendo y seguridad de los reales intereses. Fueron de parecer que siendo Su Excelencia servido podrá contestarle al Cabildo que siempre que tenga a bien su buen celo representar alguna cosa, consulte primeramente su legítima personería y las leyes y reales ordenes que obran en el caso para no contrariarse a ellas ni ofender las facultades del Superior Gobierno, con lo que se conformó Su Excelencia y lo rubricó con los dichos señores de que doy fe. Hay cuatro rúbricas.- Ante mí Melchor Román, Escribano de Cámara”. Concuerda con su original de que certifico. Santiago y noviembre seis de mil ochocientos cuatro.- Antonio Garfias, Escribano sustituto de gobierno.

Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe [Faltan firmas].