ACTAS DEL CABILDO DE SANTIAGO PERIODICOS EN TEXTO COMPLETO COLECCIONES DOCUMENTALES EN TEXTO COMPLETO INDICES DE ARCHIVOS COLECCIONES DOCUMENTALES

Aņo 1803
Noviembre de 1803

SESIÓN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1803.
Abono al subastador de propios.- Consulta a la Real Audiencia sobre nombramiento y remoción de alguaciles.- Repetición del bando sobre pragmática de moderación de lutos y pompas fúnebres.

En la Muy Noble y Leal ciudad de Santiago de Chile en diez y ocho días del mes de noviembre de mil ochocientos tres años. Estando juntos y congregados los señores del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, a saber los que abajo firmaron, en su sala de ayuntamiento, como lo han de uso y costumbre:

Dijeron que habiendo representado el señor Procurador General de Ciudad, como especialmente encargado y comisionado por el Excelentísimo señor Presidente para la construcción de la recova mandada hacer en la plazuela de la parroquia de Santa Ana, al subastador de Propios que éste se excusaba a dar principio a la obra hasta tanto no se le diese por este Ilustre Cabildo el correspondiente resguardo por el que constase convenía en abonarle el costo de la reedificación de una celda perteneciente a dicha parroquia, que es preciso quitar del sitio destinado para la recova y ponerla en otro lugar; asimismo la construcción de dos puertas y un cuarto que ha de tener la recova para el señor Juez. En esta atención y a fin de que esta obra tan interesante al bien público no se retarde por más tiempo, convenían desde luego en que se le abone el costo de la celda, puertas y cuarto, siempre y cuando no sean estas tres cosas de las comprendidas en la obligación de su contrato. Y en su consecuencia mandaron se le dé a dicho subastador, para su resguardo, testimonio de este Acuerdo.

Item acordaron que con respecto a las continuas disputas que se ofrecen entre el Cuerpo y el señor Teniente Letrado sobre el nombramiento y remoción de los alguaciles de ciudad: se consulte al Superior Tribunal de la Real Audiencia con todos los documentos concernientes, a fin de que se declare a quién compete esta facultad.

Asimismo acordaron que el señor Procurador de ciudad se presente al Superior Gobierno (para que éste) se sirva mandar repetir la publicación por Bando de la Pragmática Sanción que prescribe la moderación en las pompas fúnebres, cuyo olvido ha hecho revivir el desorden y lujo tan ruinoso a las familias como contrario a la voluntad del Rey. Y para que tenga efecto constante pedirá se sirva comisionar un individuo celoso, que velando su cumplimiento, exija a beneficio de alguna obra pía las multas impuestas en ella.

Así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. José María de Ugarte.- Justo Salinas.- Manuel de Salas.- Francisco Ramírez.- Doctor Francisco Javier de Larraín.- Nicolás Matorras.- Doctor Pedro José González Álamos.- José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Carlos José Correa de Saa.- Ante mí, Antonio Zenteno, Escribano Público y de Su Majestad. Don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo, Minería y Real.)

 

SESIÓN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1803.
Remate de Vara de Regidor.

En la Muy Noble y Leal ciudad de Santiago de Chile en veinte y cinco días del mes de noviembre de mil ochocientos tres años. Los señores de este Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su sala de ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, en Cabildo Ordinario, a saber los que abajo firmaron:

Dijeron que con motivo de andar al pregón y remate la vara de Regidor vacante por muerte de don Juan Bautista de las Cuevas, han considerado (como otras veces) los gravísimos perjuicios que pueden originarse a la causa pública y al Cuerpo admitiéndose al remate de semejantes Varas a cualesquiera sujeto, que acaso no sea de las cualidades prevenidas por derecho y que tanto interesa, haciéndose después cosa dura e impracticable despedir al que ya ha subastado, por más que se le encuentre inepto. Por tanto, debían acordar y acordaban que el señor Procurador General, con testimonio de este acuerdo, represente al Excelentísimo señor Presidente lo expuesto, a fin de que Su Excelencia se digne prevenir que a las posturas de las dichas varas no sea admitido individuo alguno sin llevar de este Ayuntamiento la previa aprobación de su persona, con respecto a que sería un escándalo y ocasión de ruidos desavenencias que perturbasen paz pública el dejar semejante aprobación para el tiempo del recibimiento del candidato. Y que lo mismo se entienda en la admisión de las renuncias de dichos oficios.

Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. José María de Ugarte.- Justo Salinas.- Marcelino Cañas Aldunate.- Ignacio Valdés.- Francisco Gutiérrez de Espejo.- Don José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Doctor Pedro José González Álamos.- Manuel de Salas.- Doctor Francisco Javier de Larraín.- Nicolás Matorras.- Francisco Ramírez.- Carlos José Correa de Saa.- Ante mí, Antonio Zenteno, Escribano Público y de Su Majestad. Don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo, Minería y Real.