SESIÓN DE 22 DE OCTUBRE DE 1802.
Agradecimiento.
En la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Santiago de Chile a veinte y dos días del mes de octubre de mil ochocientos dos años. Los señores de este Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su sala de ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, en Cabildo Ordinario, a saber los que abajo firmaron:
Dijeron que habiendo leído y escuchado con atención el informe que han hecho los dos comisionados, el señor don Pedro Prado y Jaraquemada y don José Teodoro Sánchez, eran desde luego dignas de aprobación las operaciones que relacionan presupuesto y cálculo que acompaña firmado del facultativo don Juan José Goycolea; que por estas importantes útiles diligencias se les den las más debidas gracias, y que se suplique al Muy Ilustre señor Presidente que por el rumbo y dirección dispuesta y acordada mande dar principio a una obra que hará eterno su nombre y el reconocimiento de los habitantes de este reino.
Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. Licenciado Pedro Díaz de Valdés.- José Santiago Ugarte.- Doctor Pedro José González Álamos.- Marcelino Cañas Aldunate.- Juan José de Santa Cruz.- Justo Salinas.- Juan Bautista de las Cuevas.- Doctor Francisco Javier de Larraín.- Manuel de Salas.- Francisco Díez de Arteaga.- Ignacio Valdés.- Don José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Francisco Ramírez.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo, Minería y Real.
SESIÓN DE 29 DE OCTUBRE DE 1802.
Petición de médicos relativa a atención gratuita en cárceles.
En la Muy Noble y Leal ciudad de Santiago de Chile a veinte y nueve días del mes de octubre de mil ochocientos dos. Los señores de este Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su sala de ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, en Cabildo Ordinario, a saber los que abajo firmaron:
Teniendo a la vista la instancia seguida por los médicos y cirujanos sobre que se les releve de la obligación de prestar gratuitos sus auxilios a los enfermos retenidos en las cárceles o destinados a trabajos públicos, las razones en que fundan su solicitud, y sobre todo en consideración a los graves inconvenientes que resultan de esta práctica, a que no puede compelérseles sin que ellos sufran perjuicio y los dolientes aquellos descuidos que son inseparables de unas atenciones forzadas, con otros embarazos indicados en el expediente: acordaron que el señor Procurador General los reproduzca de nuevo en contestación al traslado que se ha servido darle la Real Audiencia, donde pende este negocio, a fin de que tenga a bien designar la dotación que propone el ministerio fiscal a fojas 21 vuelta o lo que sea de su agrado, a lo menos mientras crece el número de facultativos entre quienes sea soportable el trabajo que ahora es más grave a proporción que son menos, y por consecuencia más frecuente y repetida la fatiga que se les añade, y sólo sería tolerable si se aumentasen los profesores hasta haber los que ya requiere la población de esta capital, que para aproximarse a este deseado término y siendo notoria y sonora la falta de cirujanos conviene aprovechar la oportunidad de retener a don José María Gómez del Castillo, que lo es del navío La Aurora anclado en Valparaíso, en quien concurren todas las recomendaciones que comprueban su suficiencia y de quien se tiene la noticia de ser capaz de propagar aquí el beneficio que hoy hace en toda la Europa la vacuna, y como esto se conseguirá confiriéndole el destino y gratificación de Médico y Cirujano de Ciudad. Por todo suplique el expresado señor Procurador a la Real Audiencia que eximiendo por ahora a los demás del turno a que están sujetos, conceda a éste el oficio propuesto y su correspondiente salario, encargándosele que promueva este asunto con la actividad que conviene a su urgencia e interés.
Así lo acordaron [...]
Este acuerdo no pasó por los diversos tropiezos que se tocaron, y por lo mismo no se firmó. Villarreal.