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Aņo 1807
Agosto de 1807

SESIÓN DE 10 DE AGOSTO DE 1807.
Nombramiento de Cabo de alguaciles.

En la muy noble y leal ciudad de  Santiago de Chile en primero de agosto del año de mil ochocientos siete. Los señores de este Muy Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su sala de Ayuntamiento como lo tienen de uso y costumbre, en Cabildo Extraordinario:

Dijeron que hallándose vacante la plaza de Cabo de alguaciles por muerte de don Mauricio Villalobos, que la obtenía en virtud de haber sido nombrado, lo mismo que sus antecesores, por este Ilustre Cuerpo, a quien corresponde por derecho. Y concurriendo las calidades que para tal destino se requieren don Venancio Urízar, Cabo de Escuadra que ha sido del Cuerpo de Asamblea Veterana de Caballería de este Reino, venían en nombrarle como desde luego le nombran por tal Cabo de alguaciles de esta ciudad, con la asignación de trescientos y cincuenta pesos al año, pagados por meses, y demás prerrogativas que hasta aquí han gozado sus antecesores, y con la calidad de ser este empleo amovible ad mutum del ilustre Cabildo, sin necesidad de dar causas siempre que lo halle por conveniente, porque debiendo ser éste un oficial vigilante, activo y de honradez a satisfacción pública, deberá removérsele sin figura de juicio en el momento mismo en que se vean faltar estas circunstancias en el nombrado, no menos que su inmediata obediencia a las justicias ordinarias a que debe estar sujeto; bajo de cuyas calidades se le despache el correspondiente título en forma.

Juan Manuel de la Cruz.- Tomás de Vicuña.- Pedro José Prado Jaraquemada.- Francisco Diez de Arteaga.- Doctor José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Doctor Francisco Aguilar de los Olivos.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.

 

SESIÓN DE 14 DE AGOSTO DE 1807.
Cabo de alguaciles.

En la Ciudad de Santiago de Chile a catorce días del mes de agosto de mil ochocientos siete. Los señores de este Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su sala de Ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, a saber los que abajo firmaron:

Dijeron que por cuanto ha fallecido el Cabo de Alguaciles don Mauricio Villalobos, y siendo indispensable elegir otro subalterno en su lugar para el mejor servicio de las reales justicias, del público y de los ministros alguaciles, en persona de honor, probidad, juiciosidad, conducta y celo: recayendo estas calidades para el desempeño de este ministerio en don Venancio de Urízar, han tenido a bien proponerle y nombrarle como le nombraron por tal Cabo de alguaciles. Mandaron que para su aprobación se dé cuenta con testimonio de este acuerdo, y el oficio respectivo al Excelentísimo Señor Presidente, a fin de que se sirva expedirle su respectivo título.

Y así lo acordaron y firmaron de que doy fe.

[Hay dos firmas borradas] Tomás de Vicuña.- Doctor Francisco Aguilar de los Olivos.

 

SESIÓN DE 17 DE AGOSTO DE 1807.
Funciones de Sota-síndico.- Pago de gastos por exequias en homenaje a muertos en Buenos Aires.

En la muy noble y leal ciudad de  Santiago de Chile en diez y siete días del mes de agosto del año de mil ochocientos siete. Los señores de este Muy Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congrega dos en su sala de Ayuntamiento como lo tienen de uso y costumbre, en Cabildo Extraordinario:

Dijeron que siendo como es notorio el fallecimiento de don Francisco Sánchez, Sota-síndico que era de ciudad, y siendo asimismo preciso nombrar quien corra con la recaudación y administración de las rentas de los ramos de propios, y con disponer y estar a la mira de que las funciones que es obligado a hacer celebrar el Ilustre Cabildo se ejecuten con la decencia, economía y arreglo correspondientes, acordaban y acordaron que no tenían por conveniente nombrar por ahora Sota-síndico alguno, sino que el Sindicato refundido en el Cabildo mismo por la [sic] acta de elecciones del presente año, confirmada por el Excelentísimo señor Presidente, y que el Cuerpo todo no puede desempeñar por la confusión que resultaría: se sirva como una comisión especial por el señor Regidor Doctor don José Joaquín Rodríguez y mientras éste quisiere, asociándose o no, si gustara, con el señor don Nicolás Matorras cuando lo estimare preciso para mejor evacuar aquella; cuya determinación se ha tomado eligiendo la persona del primero, por prometerse el Ilustre Cabildo de su notorio honor, celo y conocimientos en las materias propias de la comisión, que la desempeñará cumplidamente, y junto con la que se le tenía conferida en acuerdo de diez de julio anterior, acerca de la liquidación y esclarecimiento de los Censos de ciudad; llevando sobre todo una cuenta exacta y prolija para presentarla en fin de cada año al mismo Ilustre Cabildo, para que vista en él y examinada pase a la Real Audiencia para su fenecimiento conforme a la ley. Que del producto del cuatro por ciento asignado en la citada acta [sic] de diez de julio por razón de salario al Sota-síndico que se había nombrado, se separen doscientos pesos a disposición del Cabildo para las ocurrencias que éste tuviere en la Corte, y el sobrante junto con la mitad del seis por ciento que el mismo Cabildo había reservado como sueldo del Sindicato para gastos de los adornos de la sala capitular, se pasen al comisionado para los costos personales de la recaudación y demás incumbencias anexas a la comisión.

En el mismo día, mes y año acordaron los expresados señores que se prevenga al señor Regidor comisionado para ejercer las funciones del Síndico, que al señor Alcalde don Juan Manuel Cruz se le deben los trescientos ocho pesos cuatro reales, que suplió para las exequias fúnebres que se hicieron en la Iglesia del Convento de San Agustín por disposición de este Ayuntamiento, en sufragio de los que perecieron en Buenos Aires con motivo de la guerra que hicieron allí las armas inglesas; cuya cantidad tiene acordado el mismo Ayuntamiento que se le pague de los once pesos que puede librar en cada mes. A fin de que en esta inteligencia vaya reservándolos para verificar el indicado pago, que podrá hacer en virtud del correspondiente libramiento que para el efecto se despachará.

Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. Tomás de Vicuña.- Juan Manuel de la Cruz.- Ignacio Valdés.- Justo Salinas.- Francisco Diez de Arteaga.- Doctor Pedro José González Álamos.- Doctor José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Nicolás Matorras.- Doctor Francisco Aguilar de los Olivos.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.

 

SESIÓN DE 29 DE AGOSTO DE 1807.
Asignación a hospicio.

En la Ciudad de Santiago de Chile en veintinueve días del mes de agosto del año de mil ochocientos siete. Los señores de este Muy Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento estando juntos y congregados en su sala de Ayuntamiento, como lo tienen de uso y costumbre, en Cabildo Extraordinario:

Dijeron que habiendo visto el expediente promovido sobre hacer al hospicio de pobres de esta ciudad alguna asignación fija en las rentas de los ramos de propios, con lo expuesto por el señor Procurador General a consecuencia de lo que dijo el Diputado del expresado hospicio, acordaban y acordaron asignarle en el producto del ramo de Juego de Gallos trescientos pesos cada año, los cuales empiece a percibir luego que cese la contribución que se le hace de las rentas del Procurador General de Ciudad, de Abogado y de Asesor del Cabildo, con prevención de que dicha asignación es sólo hasta que se concluya el término de la subasta presente de dicho ramo, después de la cual, y según el incremento o disminución que tomare en los sucesivos remates, se reserva el Cabildo acordarle la cantidad que pueda asignársele. Y que a fin de que esto pueda tener efecto, se pida de ello su superior aprobación a la Real Audiencia, sacándose prontamente testimonio de este acuerdo, y entregándose al señor Procurador General para que lo presente Junto con el expediente del asunto.

Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. Licenciado Pedro Díaz de Valdés.- Juan Manuel de la Cruz.- Nicolás Matorral.- Justo Salinas.- Ignacio Valdés.- Doctor José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Doctor Francisco Aguilar de los Olivos.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.