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Aņo 1808
Abril de 1808

SESIÓN DE 2 DE ABRIL DE 1808.
Recepción de Francisco Antonio García Carrasco como Gobernador.- Oficio sobre la misma materia.

En la Muy Noble y Leal Ciudad de Santiago de Chile en dos días del mes de abril de mil ochocientos ocho años. Los señores de este Muy Ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su Sala de Ayuntamiento como lo tienen de uso y costumbre, en Cabildo Extraordinario:

Dijeron que sabiéndose ya que el señor Capitán General don Francisco Antonio García Carrasco se halla en las inmediaciones de la villa de Rancagua y que nada se dispone todavía para su recibimiento, porque el señor Alcalde don Santos Izquierdo, a quien se comisionó por el Superior Gobierno se ha negado a admitir la comisión por sus graves ocupaciones y falta de salud; en cuya resolución se mantiene por estas mismas razones, y aún en la de renunciar la Alcaldía si se le obliga, como acaba de prevenirlo por un oficio. Que por tanto, teniendo consideración a que este cargo ha sido siempre por una costumbre muy antigua e inalterada propia de los señores corregidores u otros señores que han estado presidiendo el Cabildo, acordaban y acordaron que el señor Teniente Letrado corra con disponer este recibimiento, como un deber propio de su empleo, así como lo hacen los demás tenientes de Capitán General o subdelegados de los otros partidos siempre que pasan estos jefes por sus jurisdicciones. Y que atendida la urgencia de la materia, se le haga saber prontamente este Acuerdo, para que trate de dar las disposiciones necesarias; poniéndose al mismo tiempo en noticia de la superioridad por medio del correspondiente oficio acordado. Y así lo determinaron y firmaron dichos señores de que doy fe.

En el propio día, mes y año los expresados señores acordaron que a la diputación acostumbrada para saludar al señor Carrasco en la penúltima jornada, vayan el señor Regidor don José Joaquín Rodríguez, en lugar del señor Alcalde que debía ir por estar éstos Impedidos, y el señor Regidor don Nicolás Matorras.

Y así lo acordaron y firmaron ut supra.

Santos Izquierdo.- Marcelino Cañas.- Doctor José Joaquín Rodríguez Zorrilla.- Doctor Pedro José González Álamos.- Francisco Ramírez.- Nicolás Matorras.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.

Copia de oficio pasado al Superior Gobierno sobre la comisión para recibir al señor Carrasco.

Muy Ilustre Señor Presidente:

Por una costumbre inmemorial fundada en sólidos principios, los antiguos corregidores, los teniente[s] letrados, o los que han estado a la frente del Ayuntamiento, han sido los encargados como de jure para recibir al jefe del reino, procediendo sin otro titulo que una Acta o Acuerdo Concejil que les recuerde este deber y sirva de credencial para recibir los caudales de ciudad destinados a los gastos del hospedaje. Este es un acto peculiar e inseparable de las funciones del Concejo, así como lo es el diputar sus miembros para saludar a los jefes a la penúltima jornada, y recae en el que le preside, lo mismo que el arengar en besamanos, etcétera, y también por consideración al carácter del recipiendo. Por esas mismas causas verá Vuestra Señoría que a los jefes en los partidos de su ruta los hospedan los subdelegados, no otro miembro alguno de los cabildos. En esa atención ha [hace] días lo avisamos al señor Teniente Letrado, a efecto de que se previniese; y para que no falte formalidad lo repetimos en Acuerdo de esta fecha. Si Vuestra Señoría acaso sin noticia de la costumbre ha comisionado al Alcalde Ordinario don Santos Izquierdo, ya Vuestra Señoría también ha visto sus justas excusas, que no permiten gravarlo. Cada cual debe sufrir las fatigas anexas a su empleo, entendido de que no ha de estar sólo a lo útil. Ningún otro capitular quiere ni puede tampoco ser compelido al enunciado cargo; así una legal excusa sucederá a otra, y entretanto el nuevo jefe entrará a esta capital, sin que haya quien le hospede. Este sensible acontecimiento desea evitar el Ayuntamiento por los medios justos y arreglados, sin embargo de que conoce muy bien que queda a cubierto con estas legítimas gestiones, y con comunicarlas oportunamente a quien corresponde.

Una práctica constante, una costumbre inveterada es la base, el fundamento más firme de los fueros y derechos de los cuerpos, y mayormente en puntos de ritualidad y preeminencias. Todas las disposiciones de nuestra legislación le ceden y respetan religiosamente. Así, no creemos que Vuestra Señoría la desprecie o vulnere, ni tampoco que prive al Ayuntamiento de sus legítimas funciones. Esperamos de la integridad de Vuestra Señoría haga que el presente asunto gire por el sistema debido. Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años. Santiago, dos de abril de mil ochocientos ocho. Muy ilustre Señor Presidente.- Santos Izquierdo.- Marcelino de Cañas.- José Joaquín Rodríguez.- Doctor Pedro José González Álamos.- Francisco Ramírez.- Nicolás Matorras.- Muy Ilustre señor Presidente y Regente de la Real Audiencia. Gobernador Superior y Capitán General del Reino don Juan Rodríguez Ballesteros.

Es copla del oficio original remitido al señor Presidente Regente a quien me refiero. Santiago, 2 de abril de 1808.- Don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.

 

SESIÓN DE 9 DE ABRIL DE 1808.
Nombramiento de Juez de Abastos y Juez de Aguas.- Recepción de Francisco Antonio García Carrasco.

En la Muy Noble y Leal Ciudad de Santiago de Chile, en nueve días del mes de abril de mil ochocientos ocho años. Los señores de este Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, estando juntos y congregados en su Sala de Ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, en Cabildo Ordinario, a saber los que abajo firmaron:

Acordaron que en atención a haberse ausentado de esta Capital a los Baños el señor Regidor don Nicolás Matorras que servía el Juzgado de Abastos, y con el justo fin de que ese ministerio no quede sin Juez competente para su gobierno, debían de nombrar y nombraron por Juez de Abastos al señor Regidor Fiel Ejecutor don Ignacio Valdés, para que en calidad de tal ejerza las funciones de este empleo con las facultades prescritas por derecho.

Igualmente dijeron, que hallándose ausente el señor Juez de Aguas don José María Vivar, nombraban en su lugar por tal Alcalde de Aguas al señor Alcalde Doctor don José Teodoro Sánchez, por el tiempo de su ausencia; y que en atención a la indicada ausencia debían nombrar y nombraron para la diputación que según estilo ha de salir a recibir al Muy Ilustre Señor Presidente don Francisco Antonio García Carrasco, al señor Alcalde Doctor don José Teodoro Sánchez y al señor Regidor Doctor don Francisco Aguilar de los Olivos.

Y así lo acordaron y firmaron dichos señores de que doy fe. Pedro Díaz de Valdés.- José Teodoro Sánchez.- Pedro José Prado Jaraquemada.- Doctor Francisco Aguilar de los Olivos.- Doctor Pedro José González Álamos.- Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.

 

SESIÓN DE 22 DE ABRIL DE 1808.
Recibimiento público de Francisco Antonio García Carrasco.

En la Ciudad de Santiago de Chile a veinte y dos días del mes de abril de mil ochocientos ocho. Estando en la casa de don Luis Goycolea, que cae a la Cañada de esta dicha Ciudad para la parte del Sur, los señores Presidente, Regente y oidores de esta Real Audiencia, y el Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta Capital:

A efecto de recibir en público conforme a lo últimamente dispuesto por Su Majestad al Muy Ilustre señor don Francisco Antonio García Carrasco, de Presidente, Gobernador y Capitán General de reino; según ministerio de la ley pasó Su Señoría a la mesa en que se hallaba un crucifijo, un libro con los cuatro Evangelios, cuatro luces encendidas, y un azafate en que estaban expuestas las llaves de esta ciudad, y el bastón: e hincándose Su Señoría en un cojín que estaba al efecto hizo el juramento siguiente:

“Yo don Francisco Antonio García Carrasco, Brigadier de los Reales Ejércitos de Su Majestad en el Cuerpo de Ingenieros, a efecto de ser recibido al uso y ejercicio del empleo de Superior Gobernador y Capitán General del reino de Chile, Superintendente General de Real Hacienda y Presidente de su Real Audiencia, por ministerio de la ley juro a Dios Nuestro Señor y por los Santos Evangelios que usaré bien y fielmente del referido empleo.

Que observaré y haré observar las Leyes, Ordenanzas, Pragmáticas y otras Reales Disposiciones del Rey Nuestro Señor.

Que defenderé, protegeré y conservaré los derechos de su Real Hacienda.

Que guardaré secreto en las causas y negocios en que entendiere.

Que administraré justicia con imparcialidad. Que haré castigar a los delincuentes.

Que procuraré la tranquilidad de los habitantes del reino. Que lo defenderé de los enemigos.

Y finalmente que defenderé el misterio de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora. Así lo juro, amén”.

Cuyo acto concluido se hubo por recibido a dicho señor, entregándole las llaves el señor Regidor más antiguo, que hacía veces de Decano por ausencia del propietario, y el bastón el señor Regente de esta dicha Real Audiencia. Con lo cual se concluyó este acto de posesión y recibimiento, y lo firmó el Ilustre Cabildo con Su Señoría de que doy fe.

Francisco Antonio García Carrasco.- Pedro Díaz de Valdés.- Santos Izquierdo.- Diego de Larraín.- Doctor José Joaquín Rodríguez Zorrilla. Ante mí, don Andrés Manuel de Villarreal, Escribano Público, de Cabildo y Real.