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La Aurora de Chile
Número 1. Jueves, 7 de Enero de 1813. Tomo II.
Artículo de oficio. Oficio de la Junta Gubernativa, de fecha 30 de Diciembre de 1812, dirigido a los Provinciales de la Órdenes Religiosas, estimulándolos para el establecimiento de escuelas.

Todos convienen en la suma necesidad e importancia de la enseñanza de las primeras letras y doctrina cristiana, pero sus estériles clamores solo terminan en hacer más sensible el mal, sin indicar medios de evitarlo. No es menos extraño, que conocido el mérito de esta penosa ocupación, no se le de todo el aprecio que merece, o que no se incube en buscar arbitrios de honor y utilidad, con que compensar una tarea tan desagradable, y estimular a prestar sus conatos a un objeto que ha de ser la entrada a la religión y a la moral, bases de las virtudes sociales. Esta chocante contradicción ha inutilizado infinitos genios, que habrían honrado a la patria, y sido proficuos a la humanidad, si el empleo del tiempo en educar niños, y prepararlos para las ciencias y profesiones útiles, tuviese en el concepto de las gentes la misma estimación que otras carreras, acaso menos laboriosas y benéficas, en que empeñar las distinciones o comodidades afectas a determinado tiempo y servicios. Las que asignan las constituciones, formadas para otros tiempos, a los religiosos que dictan en las aulas de sus claustros las facultades de su instituto, no serían menos bien obtenidas si se dispensasen a una fatiga más tenaz a un bien más dilatado, y a unos rudimentos que franquean el acceso a aquellos mismos estudios. V.P.R. ha manifestado ya su disposición a realizar los deseos del gobierno, y aún adelantar sus miras sobre la mejora y multiplicación de escuelas; por eso no duda de encontrar en sus piadosos sentimientos, y en la sabiduría de esa venerable comunidad de caritativos literatos, el medio de dar a esta importantísima empresa todo el impulso que conviene a la religión, a las costumbres y al bienestar de nuestros semejantes.

Nuestro Señor guarde a V.P.R. muchos años. Sala de Gobierno y Diciembre 30 de 1812.

José Miguel Carrera.- José Santiago Portales.-
Pedro Pablo [Prado] Jaraquemada.

M.R.P.M. Provincial de San Francisco.
M.R.M. Provincial de Nuestra Señora de las Mercedes.
M.R.P.M. Provincial de Hermanos de San Agustín.
M.R.P.M. Provincial de Predicadores de Santo Domingo.