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Aņo 1814
Septiembre de 1814

SESIÓN DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 1814.
Rateo de una contribución de 50.000 pesos y nombramientos de P. A. Villota y Rafael Sota para hacerla efectiva.

En Santiago de Chile, a siete de septiembre de mil ochocientos catorce, habiéndose extraordinariamente convocado el Ilustre Ayuntamiento y puntualmente reunídose en su sala, se instruyeron de un oficio del Excelentísimo Gobierno, fecha de este día, en que le manifiesta la suma escasez del tesoro público y agotados todos los recursos para poder sostener la guerra presente y la fuerza de la patria que ha de resistir los enemigos que la acometen: que en tales circunstancias tan críticas y apuradas, verificase la Municipalidad, dentro del término de ocho días, un rateo entre los vecinos de la capital, que llenase la suma de ciento cincuenta mil pesos, a que la hacía extensiva por oficio de 9 del mismo, no obstante que en el primero sólo se le previno la suma de cien mil pesos. Y los señores, convencidos de la indispensable necesidad de poner en planta a la mayor prontitud un arbitrio que debía llenar las miras de la Excelentísima Junta para salvar los peligros que amenazan al reino, acordaron que desde la noche del propio día y en las siguientes se reuniese el Cuerpo para sesionar con meditación un asunto tan interesante al bien de la patria, hasta evacuarlo completamente y dar cuenta al Excelentísimo Gobierno del exacto cumplimiento del Ayuntamiento a sus superiores órdenes. Y habiéndolo así verificado con todo el empeño que es propio de su patriotismo, se realizó la lista y cantidades que deben contribuir los prestamistas para socorrer la escasez y urgencia del erario, elevándolo a la Excelentísima Junta con oficio de 13 del mismo, que satisfactoriamente aprobó, cometiéndole su facultad, por otro de igual fecha, para que el Cabildo hiciese obrar su entrega dentro de 3º día improrrogable, a cuyo efecto se encargase la diligencia a uno o dos señores regidores, que, acompañados con algunos vecinos de conocimiento y probidad, llenasen la comisión, sin perdonar medio, ni resorte que condujese a su efectividad En cuya virtud, recayó el nombramiento, por unanimidad de pareceres, en la persona del señor Regidor don Pedro Antonio Villota y del señor Coronel de ejército don Rafael de la Sota, ordenando que, sin pérdida de tiempo, se les pasase por su secretario el correspondiente oficio, y al mismo tiempo se pusiese en consideración de la Excelentísima Junta. Lo que habiéndose cumplido, como consta de lo obrado en el libro de este asunto, concluyeron este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular. Valdivieso.- Araos.- Herrera.- Vergara.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

 

SESIÓN DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 1814.
Pago de derechos.- Licencia para molino.- Ramo de cancha de bolas.

En Santiago de Chile, a 16 de septiembre de mil ochocientos catorce, hallándose los señores del Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario, vieron un oficio del escribano de cámara del Tribunal de Justicia con que acompañaba los autos seguidos por don Francisco Bacigalup contra don Miguel Fierro por cobranza de pesos, resultivos de la falta de contribución del peso mensual que debe hacerle, como uno de los del gremio de panaderos, para que se ejecute el auto pronunciado por el mismo Tribunal en 31 de agosto; de que enterado el Cuerpo, proveyó el decreto siguiente: “Recibido con los autos de que se hace mérito, agréguese la tasación de las mulas embargadas, y pásese el expediente al Regidor Juez de Abasto, para que tenga efecto el auto del Tribunal de Apelaciones”.

Asimismo se instruyeron de una representación del Teniente Coronel don Luis Mata, entablada ante el Superior Gobierno pretendiendo licencia para erigir un molino en la ribera del río inmediata a su chácara, sobre que el Excelentísimo Gobierno pide informe al Ayuntamiento; y para evacuarlo, decretó: “Informe el señor Regidor Juez de Aguas, y con lo que exponga, pase al Procurador General de Ciudad”.

También se vio el expediente promovido por don Francisco Olivera, como comisionado para la recaudación del ramo de canchas, sobre la suspensión de varias de ellas que el Juez de comisión don Diego Serrano ha verificado en su distrito en días de trabajo, con el informe que sobre el particular ha producido; a que se proveyó: “Traslado al Procurador General de ciudad”.

Y, por último, se instruyó el Cuerpo de una representación del mismo Olivera, pidiendo que por Secretaría se le de una copia de las cuentas que tiene presentadas sobre la recaudación del ramo de canchas, correspondientes al año anterior de 1813, y se hallan en la misma oficina archivadas; a la que los señores proveyeron: “Dése por Secretaría la copia que se pide”. Con lo que se concluyó el acuerdo, que firmaron los se flores en su sala capitular. [Faltan las firmas].

 

SESIÓN DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1814.
El Doctor Bernardo Vera recibió el cargo de Juez Mayor de Policía.

En la ciudad de Santiago de Chile, a diez y nueve de septiembre de 1814, habiéndose reunido extraordinariamente los señores del Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, se orientaron de un oficio del Superior Gobierno, fecha 18 del presente en que comunica la elección y nombramiento de Juez Mayor de Policía que ha hecho en la persona del Doctor don Bernardo de Vera, encargando al Ayuntamiento su pronta recepción, por ser sumamente interesante a la Patria en las presentes circunstancias el ejercicio de esta magistratura. Y habiendo concurrido dicho Doctor a su sala, mandaron los señores se procediese a recibirle el juramento de estilo y demás formalidades acostumbradas; lo que verificado por su escribano, con todo el orden que se acostumbra, le dieron la posesión que le corresponde para el goce de todas sus prerrogativas, excepciones, y preeminencias, quedando así recibido en toda forma y en el ejercicio de sus facultades; cuyo acto concluido, se retiraron los señores, mandando extender esta acta para la debida constancia, y la subscribieron. [Faltan las firmas]

 

SESIÓN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 1814.
Que no se rebaje la cuota de contribución señalada a cinco vecinos que reclaman, pero sí a una insolvente.

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y tres de septiembre de mil ochocientos catorce, habiéndose reunido el Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular extraordinariamente en la noche de este día, en que se instruyeron de los reclamos que han hecho el Conde de Quinta Alegre, el Asesor General de Gobierno Licenciado don José Antonio Astorga, don Ignacio de Eyzaguirre y don Diego Antonio Cos ante la Excelentísima Junta, que los ha dirigido al Cuerpo, pretendiendo la minoración de las cantidades que se les ha graduado en empréstito; dijeron, con respecto que el Cabildo había procedido en su designación con reflexión y acuerdo de la posibilidad de los individuos, en que es comprendido el Doctor don Miguel de Baquedano, que también la elevó al Cuerpo, que no debía hacerse la menor innovación, para no dar lugar a que se abriese la puerta a otros de igual naturaleza, debiendo el Ayuntamiento reputarse sin facultad para esta variación, por haber concluido su comisión, y de ella dado cuenta con las listas al Excelentísimo Gobierno, que ya las tenía aprobadas, y así se le pusiese en su consideración y que por Secretaría no se admitiesen semejantes pretensiones. Y que por lo que respecta a la de doña María de Jesús Cañas por re presentación de su marido don Felipe Palacios, se le declaraba exonerada de la cantidad que se e había graduado, por haber calificado con documentos su insolvencia y situación de en enfermedades, subrogando a otro en su lugar y en el lleno de su contribución, como lo propuso el Cabildo al Excelentísimo Gobierno que es contestatorio el oficio de 21 del que rige. Con lo que concluyeron el acuerdo, que firmaron en su sala capitular. [Faltan las firmas].