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Aņo 1814
Agosto de 1814

SESIÓN DE 5 DE AGOSTO DE 1814.
Carcelería de los esclavos.- Aguas del río Maipo.

En la ciudad de Santiago de Chile, a cinco de agosto de mil ochocientos catorce, los señores del Ilustre Ayuntamiento, habiendo tratado sobre el estipendio o contribución que los amos deben hacer por sus esclavos que ponen en la cárcel, con el objeto de evacuar el informe que con acuerdo del Ayuntamiento ha pedido el Tribunal de Apelaciones al Procurador General de ciudad en la instancia que don José Félix Rodríguez sigue en dicho Tribunal con el Marqués don José Tomas Azúa sobre este asunto: dijeron se representase que el derecho de carcelería de los esclavos debía exigirse a sus amos cuando por éstos eran voluntariamente puestos en la cárcel, y no cuando por razón de delitos u otros motivos se conducían reos por los jueces, en cuyo caso no debía exigírseles a sus amos estipendio alguno.

Luego se vio un oficio del Superior Gobierno, contestatorio al de 22 del próximo pasado, en que le dio cuenta de las medidas que había arbitrado el Ayuntamiento para facilitar las enajenación y venta de los veinte y cinco regadores de agua del Canal de Maipo, adoptando el proyecto que ha tomado, y ordenando que en el perentorio término de tres días se tratase de su remate, sin que se admita postura que baje de mil pesos, procurando de su mayor valor y aumento. En su consecuencia, el Ayuntamiento proveyó el decreto siguiente: “Cúmplase la orden del Superior, fijándose carteles  en el día que anuncien el remate, el que se señala para el  martes nueve del corriente”. Con lo que concluyeron el acuerdo, que subscribieron los señores.- Francisco Fontecilla.- José Antonio de Rojas.- Carlos José Infante.- Miguel de Ovalle.

 

SESIÓN DE 12 DE AGOSTO DE 1814.
Recepción de nuevo Cabildo.

En la ciudad de Santiago de Chile, a doce de agosto de mil ochocientos catorce, convocado el Cabildo y reunido en su sala capitular para recibir y dar posesión de los empleos de regidores a los ciudadanos que han sido electos y nombrados por el Excelentísimo Superior Gobierno a petición del pueblo, a consecuencia de su superior oficio de 10 del presente, que lo han sido los señores don José Agustín de la Jaraquemada, don José María Guzmán, don Anselmo Cruz, Doctor don Timoteo de Bustamante, Doctor don Pedro Ramón de Silva Bohórquez, don Juan de Herrera, don Gabriel de Valdivieso, don Pedro Antonio Villota, don Pedro Prado Montaner, don Manuel Araos, don José Tomás Vergara y don Francisco Gutiérrez del Río; quienes, habiendo ocurrido a la sala capitular, dijeron los señores del Ayuntamiento se procediese a recibirles el juramento de estilo y demás formalidades acostumbradas; y habiéndose verificado por su escribano, con todo el orden que se acostumbra, les dieron la posesión, que respectivamente les corresponde, según lo prevenido en El Monitor de 9 del que rige, quedando en el ejercicio de sus funciones los prenominados electos regidores; con cuyo acto ya celebrado se retiraron los que ocupaban y componían el Cuerpo del antiguo Cabildo, dejando firmada esta [sic] acta para su constancia los señores que la subscriben.- Francisco Fontecilla.- Conde de Quinta Alegre.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

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ESIÓN DE 13 DE AGOSTO DE 1814.
Apertura de puertos.- Nuevo Alcalde por renuncia de Juan Agustín Alcalde.- Juez de Aguas y de Abastos.

En la ciudad de Santiago de Chile, a trece de agosto de mil ochocientos catorce, habiéndose convocado en este día extraordinariamente a los señores del Ilustre Ayuntamiento para que se reuniesen en su sala capitular a instruirse de un pliego de la Excelentísima Junta, lo verificaron en la propia hora, y orientados de su contenido, como del oficio del Ilustre Senado con que lo acompaña la Excelentísima Junta, contestatorio al grave asunto que le propone sobre meditar la apertura de los puertos, que tiempo ha debía haberse verificado, a consecuencia de los tratados de paz celebrados con el General del ejército invasor de las armas de Lima, con cuyos documentos hace la Excelentísima Junta la misma consulta al Ilustre Ayuntamiento: dijeron los señores que, siendo el asunto tan delicado, como al mismo tiempo urgentísima su deliberación, se entrase a la más seria discusión del asunto para que recayese el más acertado dictamen del Cabildo; y habiéndolo ejecutado con las mejores reflexiones sobre las dificultades y resultas que podrían sobrevenir, fueron de parecer que prontamente se verificase la apertura de dichos puertos, atendiendo que este sería el partido de conciliar enteramente las desavenencias de la guerra que se ha sostenido, la unión general de los ánimos mal contentos de los habitantes del reino, y, sobre todo, el objeto más interesante de enriquecer y restablecer las urgencias que padece nuestro erario con las grandes entradas que proporciona la circulación del comercio: en cuyos términos se verificó la contestación de la consulta del Excelentísimo Gobierno.

Concluido este acto, se orientó también el Ayuntamiento de otro oficio de la Excelentísima Junta, de doce del que rige, en que le transcribe el decreto admisivo de la renuncia que ha hecho el señor Conde de Quinta Alegre de la vara de Alcalde, y siendo, en su consecuencia, forzoso proceder a nueva elección, según la orden de la Excelentísima Junta, dijeron los señores y acordaron que no permitiendo la hora proceder ella, se hiciese depósito de la vara entre tanto se ejecutaba la elección, en cuya virtud se verificó en la persona del ser Regidor don Gabriel de Valdivieso, para que desde el mismo día ejercitase sus funciones.

Y, finalmente, dijeron los señores que, con respecto a su nueva elección y de hallarse vacantes los empleos de Juez de Aguas y de Abastos, era preciso hacer su nombramiento; y habiendo[lo] verificado, recayó el primero en la persona del señor Regidor don Juan de Herrera, y el del segundo en la del Doctor don Pedro Ramón Bohórquez. Con lo que concluyeron el acuerdo, que firmaron los señores que lo subscriben. Doctor Pedro Ramón de Silva Bohórquez.- Manuel Antonio de Araos.- Juan Nepomuceno de Herrera.- Pedro Antonio de Villota.- Francisco de Paula Gutiérrez.- Tomás Vergara y Sepúlveda.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

 

SESIÓN DE 16 DE AGOSTO DE 1814.
Licencia pedida por Simón Garrison para establecer una fábrica de papel.- Venta de los potreros de San José.

En la ciudad de Santiago de Chile, a diez y seis de agosto de mil ochocientos catorce, hallándose los señores en acuerdo ordinario, como lo tienen de costumbre, e instruido del anterior, dieron principio a su despacho viendo una representación del anglo-americano don Simón Garrison, pretendiendo ante la Excelentísima Junta licencia para poner una fábrica de papel, sobre cuyo asunto se le pide informe al Ayuntamiento, y para evacuarlo como corresponde, dictó el decreto siguiente: “Traslado al Procurador General de ciudad”.

Finalmente, se vio el expediente que promueve don Miguel Quintano ante la misma Excelentísima Junta, solicitando se le vendan a censo ciertos terrenos de los potreros de San José, que mantiene en arriendo, sobre cuyo particular igualmente ha pedido el Superior Gobierno informe con audiencia del Procurador General, a que proveyó: “Traslado a dicho Procurador”. Con lo que concluyeron el acuerdo y lo firmaron en su sala capitular. Francisco Borja Fontecilla.- Juan Nepomuceno de Herrera.- Gabriel José de Valdivieso.- Francisco de Paula Gutiérrez.- Pedro Ramón de Silva Bohórquez.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

 

SEGUNDA SESIÓN DE 16 DE AGOSTO DE 1814.
Nuevo Alcalde propietario por renuncia del Conde de Quinta Alegre.

En la ciudad de Santiago de Chile, a diez y seis de agosto de mil ochocientos catorce, habiendo quedado en este día convocado el Cuerpo para tratar en la noche del mismo de la elección de Alcalde que debe llenar el hueco del señor Conde de Quinta Alegre, en virtud de las renuncias que ante la Excelentísima Junta e Ilustre Cabildo ha hecho del empleo, y a consecuencia de haberle sido admitida por el Superior Gobierno, según el decreto que le transcribe en oficio de doce del que rige; procedieron a la elección, teniendo a la vista el referido oficio, la que recayó por aclamación en la persona de don Pedro Antonio del Villar, resolviendo que en el mismo acto se diese cuenta a la Excelentísima Junta, como se verificó, como consta del correspondiente oficio que se halla en el libro de este asunto; y concluyeron este acto, que firmaron en su sala capitular. Francisco Borja Fontecilla.- Gabriel José de Valdivieso.- Juan Nepomuceno Herrera.- Doctor Pedro Ramón de Silva Bohórquez.- Francisco de Paula Gutiérrez.- Tomás Vergara y Sepúlveda.- Pedro Antonio de Villota.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario

 

SESIÓN DE 19 DE AGOSTO DE 1814.
Nombramiento de Regidor de Andrés Santelices.- reposición de empleados europeos.- Venta de sitios.- Que el escribano del Gobierno  lo sea del Cabildo

En la ciudad de Santiago de Chile, a diez y nueve de agosto de mil ochocientos catorce, estando los señores del Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario, hizo presente su Secretario la contestación del Regidor nombrado don José María Guzmán, en que exponía tener hecha su renuncia ante la Excelentísima Junta, cuya causa le excusaba su recepción, a que le incitaba el Cuerpo; y habiendo en el mismo acto recibido de la Excelentísima Junta el oficio de 16 del mismo en que da cuenta al Ayuntamiento de haberle sido admitida, procedieron al nombramiento del que debe ocupar su lugar, habiendo recaído por uniformidad de votos en la persona de don Andrés Santelices, a quien ordenaron se le pasase por Secretaría el correspondiente oficio, para que, en su consecuencia, pasase a la sala capitular a recibirse y tomar posesión del empleo con las formalidades acostumbradas.

Luego se vio otro oficio de la Excelentísima Junta, con igual fecha, con que acompaña cinco expedientes de varios europeos empleados que reclaman el ser a ellos restituidos, por las poderosas razones que representan, sobre cuyo particular pide informe al Cuerpo; y para ejecutarlo debidamente, proveyó y decreto siguiente: “Traslado al Procurador General de ciudad, y lo evacue a la mayor brevedad”.

En seguida se vieron dos representaciones del escribano don José Gregorio Fontecilla, pretendiendo se le vendan a censo cuatro sitios situados en la margen del río, dos a la parte de abajo del puente nuevo, y los otros dos a la parte de arriba del puente de palo, a que el Ayuntamiento decretó: “Para proveer sobre esta solicitud, de cuenta el Sota-síndico sobre lo contenido en este escrito, y al efecto se le pasara original”.

Y, finalmente, se instruyeron de otro oficio de la Excelentísima Junta, en que transcribe el decreto siguiente: “Con respecto a que las causas entre partes se han remitido por esta Superioridad a la justicia ordinaria, y por este motivo han cesado en gran parte los emolumentos del escribano mayor del  Gobierno, que no tiene otra renta en este ejercicio, y que por los documentos presentados obtenía antes el mismo empleo en el Cabildo, viene la Junta en hacerlo revivir, a cuyo efecto se avisará con oficio al Ilustre Ayuntamiento, acompañándole también los expresados documentos para que le haga  poner en posesión”. En su consecuencia y obedecimiento, dictó el Ayuntamiento al margen del referido oficio el decreto siguiente: “Cúmplase, y entréguese el archivo con las  formalidades de estilo”. Con lo que se concluyó el acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular. Gabriel José de Valdivieso.- Doctor Pedro Ramón de Silva Bohórquez.-  Juan Nepomuceno de Herrera.- Pedro Antonio de Villota- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

 

SESIÓN DE 23 DE AGOSTO DE 1814.
Proyecto de fábrica de papel de Simón Garrison.- Plaza de portero del Cabildo.

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y tres de agosto de mil ochocientos catorce, los señores del
Ilustre Ayuntamiento, hallándose en su sala en acuerdo ordinario, vieron el expediente promovido por don Simón Garrison en el Superior Gobierno sobre obtener licencia para erigir una fábrica de papel, por las ventajas que han de resultar al reino de un objeto tan interesante y benéfico; y con lo expuesto por el Procurador General de ciudad, en que accede a su solicitud, precediendo las muestras del papel y el detalle de la fábrica que ha de construir el pretendiente, proveyó el Ayuntamiento el decreto siguiente: “Con lo expuesto por el Procurador General de ciudad, el suplicante traiga a la vista las muestras del papel que expresa en su representación,  justificando ser hechas por sí, y al mismo tiempo acompañe un detalle de las máquinas que ha de .levantar; designando el lugar de su construcción”.

Igualmente se vio una representación del escribano receptor del Cuerpo, don José María González, pretendiendo la vacante de la plaza de portero del Ayuntamiento, por la renuncia que ha hecho el propietario don Manuel Quevedo, a que se proveyó: “Téngase presente”. Con lo que concluyeron el acuerdo, que subscribieron los señores en su sala capitular. Gabriel José de Valdivieso.- Juan Nepomuceno de Herrera.- Pedro Antonio de Villota.- Tomás Vergara y Sepúlveda.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.

 

SEGUNDA SESIÓN DE 23 DE AGOSTO DE 1814.
A consecuencia de una revolución hecha por el General O’Higgins, se nombra a M. Araos Alcalde, en lugar de F. Fontecilla.- Patrullas al mando de regidores y otros vecinos.

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y tres de agosto de mil ochocientos catorce, reunidos extraordinariamente los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, para tratar del más urgente despacho de sus negocios y arbitrar los mejores medios de la pública seguridad, en las circunstancias peligrosas y de funestos sucesos con que se ve acometida la patria por la actual revolución que ha promovido el General O’Higgins con las tropas de su mando; dijeron que del mismo modo que el actual Cabildo había sido electo y nombrado por la Excelentísima Junta, por haber expirado el término de los antecesores regidores, también debería verificarse ó procederse al nombramiento de Procurador General de ciudad y Asesor del Ayuntamiento, con respecto a que, aunque ambos no hubiesen concluido el tiempo de sus empleos, debía ser por haber sido electos en tiempo que no lo pudieron ejecutar los anteriores regidores; y que para proceder con acierto en esta resolución, se consultase a la Excelentísima Junta la determinación del Cabildo, habiéndose ejecutado por el correspondiente oficio; y siendo aprobada esta deliberación en oficio de 25 del mismo, como la provisión de la vara de Alcalde de don Francisco Borja Fontecilla, por el arresto en que se halla, acordaron que ésta se hiciese en la persona del señor Regidor don Manuel Araos, la que obtuvo por uniformidad de votos, reservando para otra audiencia proveer el nombramiento de Procurador General y Asesor, por no permitirlo el tiempo de este acuerdo y las urgentes atenciones de seguridad pública a que está destinada la Municipalidad.

En seguida trataron como objeto el más urgente e interesante los sucesos del día, meditar arbitrios que contuviesen el desasosiego del pueblo por los robos y otros excesos escandalosos que experimenta con motivo de la salida de las tropas, y que fuesen los más oportunos para restablecer el orden público y evitar cualesquier movimiento o revolución que pueda fomentarse; y los señores, movidos de su celo y de los deseos de propender a un servicio el más benéfico, dijeron que el más eficaz y conveniente sería que todas las noches saliesen patrullas hasta el amanecer, haciendo de comandantes de ellas los mismos señores regidores, que gustosamente sacrificarían en obsequio del público esta incomodidad, que debería alternarse con vecinos honrados y de su mayor confianza, a quienes igualmente se les franquease la competente custodia de gente y demás auxilios que se necesitasen; y habiéndose adoptado unánimemente este proyecto tan conveniente, resolvieron que sin pérdida de tiempo se formase lista de los individuos particulares del pueblo que habían de alternar, y que con ella se pusiese en consideración de la Excelentísima Junta para su deliberación; y habiéndose aprobado en decreto que le transcribe al Ayuntamiento, ordenaron los señores que por su Secretario se les pasase oficio a los individuos designados para la alternativa de las patrullas, quo deberían desempeñar desde el día que se les diese parte, ocurriendo al Sargento Mayor de plaza para, recibir los auxilios necesarios; y habiéndose todo cumplido, concluyeron el acuerdo, que firmaron en su sala capitular.- Gabriel José de Valdivieso.- Juan Nepomuceno de Herrera.- Pedro Antonio de Villota.- Tomás Vergara y Sepúlveda.- Doctor Timoteo de Bustamante, Secretario.