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Aņo 1813
Julio de 1813

SESIÓN DE 2 DE JULIO DE 1813.
Que se tenga a mano una colección de Monitores.- Representación de don Roque Huicí.

En la ciudad de Santiago de Chile, a dos de julio de mil ochocientos trece, hallándose reunido en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento, en consorcio de los Tribunales, para tratar de los importantes y graves asuntos que el Excelentísimo Gobierno le ha cometido en unión de las corporaciones, con motivo de los presentes acontecimientos de la guerra que ha declarado el Virrey de Lima a esta capital y provincias, invadiendo con sus tropas a la ciudad de Concepción y puerto de Talcahuano; y no pudiendo evacuarlos con la prontitud que exige la urgencia por las medidas oportunas que el Cabildo y corporaciones han tomado para su acertada resolución, dijeron que era muy útil y necesario que el Ayuntamiento tuviese a la mano una colección de Monitores, para que con arreglo a los decretos y reglamentos expedidos por la Excelentísima Junta sobre varios asuntos importantes al bien del Estado, se procediese con uniformidad en los negocios que ocurriesen al Cuerpo, y que por su Secretario se pidiesen al impresor don Camilo Gallardo, de cuenta del Ayuntamiento.

Y habiéndose visto una representación del ciudadano don Roque Huicí, excusándose de la comisión que se le había conferido para la compostura de los puentes inmediatos al Carmen de San Rafael, por hallarse incapaz de esta atención por sus enfermedades y otras ocupaciones, acordó el Ayuntamiento proveer lo siguiente: “Por admitida la excusa, por las razones que expone, y entiéndase la comisión con don Luis Santa María, en los mismos términos que se le confirió a don Roque Huicí, teniendo presente que si el cauce de las acequias da proporción, sea como las de la Cañada”. Con lo que se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 2 de julio de 1813. Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Antonio José de Irisarri.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 3 DE JULIO DE 1813.
Acuerdo recaído en la representación del Cura de San Lázaro.- Acéptase una cuenta de don José Tocornal.- Que se pidan a la Junta los expedientes de ciudadanía para comprobar los informes dados por el Procurador General.

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres de julio de mil ochocientos trece, estando en su sala capitular de acuerdos el Muy Ilustre Ayuntamiento, como diariamente lo está acostumbrando para el despacho de los muchos asuntos que ocurren y deliberar sobre las importantes comisiones que la Excelentísima Junta le ha dado por los acontecimientos de la actual guerra con Lima, mandó se abriese un pliego del Excelentísimo Gobierno; y habiéndose visto el decreto que expidió en una representación de don Pedro José Ayestas, cura de San Lázaro, pretendiendo el visto bueno para el pago de su asignación, en que ordena que no teniendo el Ayuntamiento informes contrarios a su solicitud, se le diese, y notando el Cuerpo no estar revestida del preciso e indispensable requisito del certificado del juez territorial e informe del Procurador General; acordó el Cuerpo se le representase y consultase si para éste u otros casos de igual providencia podría el Ayuntamiento dar el visto bueno sin este trámite y con inobservancia del artículo 6° del Reglamento de esta materia; y se verificó por oficio de esta fecha.

Después se leyó un oficio de don José Tocornal, Diputado del Tribunal de Minería, excusándose de la comisión que el Ayuntamiento y corporaciones le confirieron para acompañar a los demás nombrados como miembros de estos cuerpos, que lo son, don Agustín Gana, por lo respectivo al Tribunal del Consulado, y don Miguel Ovalle al Cabildo, para evacuar a la mayor brevedad el grave e importante asunto de los empréstitos. Y el Ayuntamiento, hecho cargo de las razones de su excusa, dispuso nombrar a don Feliciano Letelier como individuo de aquel Cuerpo, y que se le pasase por Secretaría el correspondiente oficio.

Y, últimamente, habiendo tratado sobre la delicadeza y circunspección que debía tenerse en los informes que se diesen a los pretendientes de cartas de ciudadanía, para producirlos según su mérito y dignidad, representó el Procurador General sería lo más conveniente que por el Ayuntamiento se pidiese[n] al Excelentísimo Gobierno todos los expedientes que sobre este particular se han promovido, para transcribir los informes en los libros del Cabildo, que ha prestado el señor Procurador General, para tenerlos a la vista y proceder en lo sucesivo con la consecuencia que se merece asunto de tanta consideración; y los señores, después de haber reflexionado y meditado sobre esta importancia, resolvió [resolvieron] así se ejecutase, elevando a la Excelentísima Junta el oficio correspondiente; con lo que concluyeron su acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 3 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 5 DE JULIO DE 1813.
Sobre la repartición de nuevo empréstito.- Que se tuviesen a la vista los informes del Procurador General a las cartas de ciudadanía y una colección de Monitores y Auroras.

En la Ciudad de Santiago de Chile, a cinco de julio de mil ochocientos trece, estando en su sala capitular de acuerdos el Muy Ilustre Ayuntamiento, y habiéndose visto un oficio del Diputado del Tribunal de Minería don José Tocornal, excusándose de la comisión quo se le había encomendado para tratar de la graduación de nuevos empréstitos y sujetos a quienes debía imponérseles: dijo y acordó el Cuerpo se nombrase a don Feliciano Letelier como miembro de aquel Tribunal y que por Secretaría se le diese aviso por Carta-oficio para que se asociase con don Agustín Gana y don Miguel de Ovalle nombrados para esta importante comisión, que a la mayor brevedad deben evacuar, para cumplir con las órdenes de la Excelentísima Junta, en atención a las urgencias de la patria: lo que así se ejecutó.

Y en seguida, habiéndose tratado y discutido por el Cuerpo largamente sobre los informes de las cartas de ciudadanía y la consideración que en punto tan delicado debía tenerse para producirlos, acordó el Ayuntamiento se tuviese a la vista el reglamento, y que al mismo tiempo se suscribiese en un periódico de Monitores, desde la primera Aurora, y se pidiese al impresor don Camilo Gallardo, por la utilidad que resultaría al Cabildo de orientarse de cuanto podría necesitar en asuntos que ocurriesen, teniéndolos a la mano en su Secretaría de despacho; y así se verificó, trayendo una colección de Monitores y Auroras, que mandó archivar con este objeto. Con lo que concluyeron los señores este acuerdo, firmándolo en su sala capitular de Santiago de Chile, 5 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Anselmo de la Cruz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 6 DE JULIO DE 1813.
Sobre tierras en el llano de Maipo.- Aumento de los alguaciles hasta veinte.- Petición de don Agustín Antonio Argues.

En la capital de Santiago de Chile, hallándose en su sala capitular, como lo están acostumbrando diariamente por orden de la Excelentísima Junta con motivo de la presente guerra contra la invasión de Lima a Concepción y Huasco, y dando principio a sus acuerdos, mandó se viese un oficio del Excelentísimo Gobierno con que acompaña el expediente promovido por su Procurador General de ciudad sobre el descubrimiento de tierras pertenecientes a la ciudad en el llano de Maipo, con el decreto aprobatorio de esta solicitud: y enterado de su mérito y estado, proveyó lo siguiente: “Pase este expediente al procurador General para que pida lo que crea conveniente”.

A continuación mandó se leyese otro oficio de la Junta Excelentísima en que ordenaba se aumentas el número de alguaciles hasta el veinte, y que se pusiese uno a disposición de cada Prefecto para su auxilio; y en su cumplimiento y ejecución de esta orden superior, se nombraron en el acto a Mateo Díaz, Juan Francisco Cáceres, Francisco Peña y a Francisco Lillo, y se diese cuenta al Gobierno para su inteligencia.

Posteriormente se vio una petición de don Agustín Antonio Argues, pretendiendo se embarazase el tránsito y tráfico de carretas por un puente de su propiedad al frente de la quinta del finado don Carlos Hurtado que tiene arrendada; y con vista y consideración del reglamento de policía, expidió el decreto que sigue: “Ocurra esta parte a usar de su derecho en el juzgado donde corresponda”. Con lo que y no habiendo habido otro asunto que determinar, ni materia sobre que discutir, se concluyó el acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a  6 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- José Antonio de Rojas.- Anselmo de la Cruz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 7 DE JULIO DE 1813.
Providencia recaída contra don Antonio de Hermida respecto a la hacienda de la dehesa.

En la ciudad de Santiago de Chile, a siete de julio de mil ochocientos trece, reunido el Ayuntamiento en su sala capitular, mandó se viese el expediente promovido por el subastador de la hacienda de la dehesa, don Rafael Díaz, contra el Regidor don Antonio de Hermida sobre que le desembarace dicha hacienda de todos los animales e inquilinos que en ella mantiene. Y enterados los señores del estado y sustanciación de los autos con meditación y reflexión y con vista de las providencias repetidas que sobre este particular tenía libradas, con respecto a la naturaleza de la causa y a los perjuicios que irroga al arrendatario, y los que pueda experimentar el Ayuntamiento en el pago del arrendamiento por la falta de cumplimiento en el contrato; acordaron los señores, después de haber meditado largamente y reflexionado las dificultades que podrían ocurrir, entrando en votación, que fue casi plena, resolvió librar el decreto siguiente: “Autos y vistos: No habiendo cumplido el Regidor don Antonio Hermida con las providencias de 26 de marzo y 21 de mayo, ni con las condiciones del convenio celebrado con el arrendatario de 1º de febrero del presente año; procédase a la expulsión de los animales, cabalgares, e inquilinos, y los que éstos tengan de su pertenencia en la hacienda de la dehesa; y al efecto, se comisiona al Teniente Alguacil Mayor, quien para el cuidado de los animales vacunos que en dicha hacienda puedan haber de la pertenencia de don Antonio, dejara un solo inquilino; todo a su costa, con citación, y se comete”. Con lo que concluyeron este acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 7 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- José Antonio de Rojas.- Doctor Tiroteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 8 DE JULIO DE 1813.
Sobre repartición de empréstito.- Expediente del subastador de la plaza de abastos.- Sobre cartas de ciudadanía.

En la ciudad de Santiago de Chile, a ocho de julio de mil ochocientos trece, hallándose en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento y corporaciones, representaron los señores don Agustín Gana y don Miguel Ovalle, el primero como miembro del Tribunal del Consulado, comisionados por el Ayuntamiento para formar la graduación de empréstitos para auxilios de la presente guerra, que habiéndose hecho público este asunto tan grave y por su naturaleza odioso, hasta el extremo de hacerles reconvenciones varios sujetos y representarles las sensibles resultas que podrían experimentar por la odiosidad de la materia, después de haberse acordado sobre la reserva y sigilo que debía guardarse en este grave negocio, bajo cuyo supuesto habían admitido esta fastidiosa comisión, por dar pruebas y manifestar los deseos de emplearse en servicios de la patria, llenando al mismo tiempo las confianzas de este Ilustre Cuerpo; y que respecto a estar descubiertos del resentimiento del pueblo, se desistían y suplicaban se les admitiese su excusa, y que desde luego concurrirían para que en unión de todo el Ayuntamiento y demás corporaciones, se tratase y evacuase esta importante y grave materia. Y los señores, considerando la justicia de su excusa y la razón que les asistía para su desistimiento, acordaron se citase a todo el Cabildo pleno y Tribunales, conforme a la orden de la Excelentísima Junta, y que al efecto se pasase por Secretaría a los señores regidores oficio circular de citación, para que desde la noche de este día se convocasen en la sala del Ayuntamiento, de las seis a las siete, con prevención que, de no verificarlo, se pondría en consideración de la Excelentísima Junta; y así se ejecutó.

En seguida, habiéndose visto el expediente del subastador de la plaza de abastos sobre que a los vendedores se les permita acogerse en los arcos del portal en los días de lluvia, con lo informado por su Procurador General, proveyó lo siguiente: “Ocurra esta parte al Juzgado Mayor de Policía, donde corresponde”.

Últimamente, continuando la discusión del grande asunto de otorgar cartas de ciudadanía a los españoles europeos, y de las gravísimas dificultades que se presentan para concederles esta gracia, de que podrán resultar en nuestro sistema y nuevo Gobierno  adoptado funestas consecuencias, que acaso el tiempo y las circunstancias no podrán remediar, después de haberse tratado particularmente y con la mayor consideración este delicado negocio; resolvieron uniformemente los señores se consultase al Excelentísimo Gobierno sobre los decretos que se conceden a esta clase de ciudadanos, las circunstancias o cualidades que deban tener, y las clases de pruebas que deban dar, respecto a que el reglamento que se ha publicado no lo declara. Con lo que y reservándose el Ayuntamiento tratar después cuanto más convenga en este asunto en beneficio del pueblo, concluyeron su acuerdo, que firmaron en su sala capitular de Santiago, a 8 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Doctor José Ureta.- Feliciano José Letelier.- Agustín de Gana.- Marcelino Cañas Aldunate.- Isidoro de Errázuriz.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- Juan Francisco León de la Barra.- Miguel de Ovalle.- Tomás de Vicuña.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DEL DIA 10 DE JULIO DE 1813.
El Gobierno remite ejemplares del reglamento de escuelas.- Empréstito.

Habiéndose reunido las horas acostumbradas los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en su sala capitular para dar un principio efectivo y formal a la comisión que previenen los acuerdos anteriores, después de haber tornado el orden que es propio de la representación de ambos Cuerpos, mandaron se abriese un pliego del Excelentísimo Gobierno; fecha de este dial con que acompañaba los ejemplares del Reglamento de Escuelas para que dos se archivasen en su Secretaria, y los restantes se entregasen a los maestros de primeras letras que existiesen en la capital, y se diese al mismo tiempo cuenta cual es el cabildante decano encargado de la protección de estas escuelas: y enterado el Ayuntamiento de estos particulares, ordenó así se cumpliese y archivase dicho oficio; entrando en seguida a la discusión, realización y examen de los individuos que deben sufrir la derrama y empréstito de ciento cincuenta mil pesos para los urgentes auxilios de la presente guerra, con conocimiento, reflexión e inteligencia de la razón que se ha dado por los ministros de la Tesorería General de Hacienda de los individuos que han gratulado donativos voluntarios a la patria en manifestación y prueba de su decidido patriotismo y adhesión al justo sistema de nuestra libertad, y de la que al mismo tiempo ha firmado el Administrador interino de aduana de las introducciones hechas en la presente cordillera y estación de mar, con designación de las personas dueñas de estas propiedades; con cuya consideración dieron principio los señores del Ayuntamiento y tribunales a verificar el objeto de su asistencia.

 

SESIÓN DE 12 DE JULIO DE 1813.
Empréstito.

En la noche de este día, reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular para continuar las sesiones sobre los arbitrios y medidas que deben adaptarse para facilitar la colectación del dinero que se necesita para las exigencias de la patria a toda costa el ejército acampado en el sur; dieron principio a sus acuerdos discutiendo y discerniendo con el mayor acuerdo, circunspección y reflexión las dificultades que se ofrecían en la ejecución de este tan grave e importante negocio, y acordadas con cuantas consideraciones debían tenerse respecto a los individuos a quienes debe imponerse el empréstito, a proporción de sus haberes y otras consideraciones que tuvieron presentes, lo empezaron a verificar, suspendiendo la conclusión de la operación, por ser ya las nueve de la noche, para continuar en la sucesiva la sesión y resolución.

 

SESIÓN DE 13 DE JULIO DE 1813.
Se ordena investigación por falta de sigilo en la tramitación del empréstito.-  Agradecimiento de Bernardo de Vera al Cabildo.

Habiéndose juntado en la noche de este día el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular a las horas designadas con el objeto de proseguir las sesiones que dan mérito a su asistencia, dieron principio a la ejecución, y leyéndose una representación de don Ramón Bravo y Covarrubias patentizando los servicios que tiene hechos a la patria en virtud de la razón que de ellos acompañaba, enterado el Cuerpo y Tribunales de su solicitud, que denotaba ser con consideración y respecto al grave asunto que se está tratando con el mayor sigilo de la derrama de empréstitos; representaron los señores que semejante solicitud no podía resultar sin que se le hubiese puesto en noticia este asunto por algún individuo del Cuerpo, resultando de esto el comprometimiento y descubierto en que todos quedaban, expuestos a la odiosidad y resentimientos del pueblo, y que, siendo un caso digno de averiguarse para representarlo al Excelentísimo Gobierno y pedir la exclusión y separación del individuo cabildante que hubiese tenido la debilidad, poco honor y carácter de faltar a los deberes de su empleo, quebrantando, además, el sagrado de los repetidos juramentos que ha prestado el Cuerpo para sellar y ratificar el sigilo que deben guardar en todos los asuntos que traten y resuelvan en el Ayuntamiento, principalmente en los que en el día están entendiendo para los presentes acontecimientos de la guerra con la capital de Lima, cometidos por la Excelentísima Junta a la confianza y celo del Cabildo y demás Tribunales, sobre quienes recaía el agravio e injuria de esta falta de sigilo: unánimemente resolvieron se suspendiese la sesión por esta noche, y se procediese a la indagación de este deshonroso procedimiento, a cuyo fin comisionaron al señor don Jorge Godoy para que en la misma hora procediese y tomase declaración a don Ramón de Covarrubias, con arreglo a la instrucción que le confirieron; y habiéndolo así ejecutado, resultó el mérito que manifiesta su dicha declaración.

Y en este intervalo se recibió un pliego del ciudadano Doctor don Bernardo de Vera y Pintado, Diputado del Gobierno de Buenos Aires, en que daba a este Ilustre Cuerpo, representante del pueblo, las gracias más tiernas y el más sincero reconocimiento por la acción heroica y noble generosidad con que le libertó del destierro y confinación a que en igual día le destinó para Lima el Presidente Carrasco, cuya afligida memoria  y desgraciado suceso le hacía brotar su gratitud a este cuerpo; quien, instruido de dicha representación, acordó se le contestase en términos que manifestasen el aprecio con que le distinguía el Cuerpo, propio al mérito de su persona; y que ambos oficios se imprimiesen para dar al público una manifestación de la distinción a que se hacen acreedores semejante clase de individuos ciudadanos, quedando archivado en su Secretaría el oficio o representación del indicado Doctor don Bernardo de Vera y Pintado.

 

SESIÓN DE 14 DE JULIO DE 1813.
Sobre empréstito y concurrencia de regidores inasistentes.

Reunido en la noche de este día el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular para continuar la obra de su comisión, se dio principio a la sesión haciendo presente al Regidor secretario del Cuerpo a los señores el estado en que había quedado pendiente en la anterior noche, y discutiendo la materia con todas las consideraciones que exige el caso, entró en sus resoluciones que se suspendieron hasta las horas acostumbradas, habiendo determinado se elevase a la Excelentísima Junta un oficio representatorio de la falta de asistencia de los regidores don Pedro Prado, don Diego Larraín, don Francisco Cisternas, don Joaquín Gandarillas y don Juan Francisco Larraín, a pesar de repetidas citaciones y requerimientos para que se les compeliese a la concurrencia y deliberación de los graves negocios en que el Cabildo se halla entendiendo por orden de la misma Superioridad: lo que se verificó con la fecha de este día.

 

SESIÓN DE 20 DE JULIO DE 1813.
Protector de escuelas.- Toma de razón en la Municipalidad de las cartas de ciudadanía.- Prefecto e inspectores de cuartel.- Supresión del empleo de cirujano de ciudad y servicio gratuito a turno.- Sobre internación de un molino en tierra pública.- Informe sobre la petición de carta de ciudadanía de don Domingo Díaz Muñoz.- Informe sobre carta de ciudadanía de don José A. Mancheño, que debe ser en sentido favorable e inverso al anterior.- Informe sobre carta suspendida para don Diego Cos.- Informe recomendando la carta de ciudadanía a don Roque Huicí.

En este día, habiéndose congregado en su sala capitular los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario, por hallarse la Secretaría de su despacho sumamente recargada de los asuntos peculiares al Cuerpo, retardados y sin expedición, para llenar diariamente la confianza de la comisión reencargada por el Excelentísimo Gobierno a que son referentes las precedentes sesiones, ordenaron se diese principio al acuerdo; y habiéndose instruido de un oficio de la Superioridad de 10 del presente mes con que le dirigió los ejemplares del Reglamento de Escuelas para que se repartieran a los niños de primeras letras que existieran en la capital, dejando archivados dos en su Secretaría, y se le diese parte del cabildante decano encargado de esta protección: dijo el Ayuntamiento que ninguno sería más a propósito para esta comisión importante que el Regidor don Tomás Vicuña, por el conocimiento que en esta materia tiene ya adquirido, y que, así, le nombraba de protector de dichas escuelas a quien se entregasen los ejemplares de su reglamento, según lo ordenaba el Excelentísimo Gobierno, y se le diese cuenta de este nombramiento y elección por el correspondiente oficio.

Y habiendo en seguida tratado sobre la toma de razón de las cartas de ciudadanía y el modo como debía hacerse, acordó se estampase o transcribiese el tenor de la primera expedida, y [en] las restantes se expresase a su continuación sólo la constancia de dicha carta y el individuo a quien correspondiese, en el caso de ser uniformes, pero en el de ser diferentes, se glosase la mayor distinción o calidad que comprendiese.

Sucesivamente se instruyó de otro oficios que pasó al Cuerpo el Excelentísimo Gobierno con fecha de 12 del mismo mes, previniendo que en decreto del 10 había nombrado la Junta, a virtud de propuesta del prefecto don Francisco Javier Errázuriz, para inspectores de su cuartel a don José Antonio Mesía, don Ramón Pasos, y a don Manuel Gandarillas de suplente en lugar de don Santiago, su padre; y el Ayuntamiento ordenó se les citase, pasándoseles el correspondiente billete de aviso para que concurriesen el día viernes siguiente para darles la posesión de sus empleos, precediendo los requisitos de estilo; y así se ejecutó.

Después se enteró de otro oficio de la misma Superioridad, de 15 del mismo mes, en que le transcribía al Ayuntamiento el decreto que con la misma fecha había expedido, y es del tenor siguiente: “Obligado el Gobierno, y sobre todo en las presentes circunstancias, a suprimir las dotaciones de cuantos destinos, o no sean necesarios, o puedan desempeñarse sin gravamen de los fondos públicos; decreta que desde hoy quede extinguida la plaza de cirujano de ciudad que servía don Bartolomé Coronilla, quedando todos los cirujanos existentes en la capital con la obligación de servir por turno de dos en dos meses dicha plaza, empezando desde la fecha por el más antiguo. Transcríbase este auto al Ilustre Cabildo para que haciéndolo saber a los alcaldes lo tengan éstos entendido para los casos que ocurran, y al Proto-médico para que lo notifique a todos los profesores comprendidos en este auto, y pase al Cabildo una razón de ellos dispuesta por el orden de su antigüedad”. Y en su consecuencia mandó se archivase, habiendo pedido antes el señor Alcalde don Jorge Godoy se le pasase una lista de los cirujanos, con expresión del tiempo en que cada uno debía turnar, para fijarla en las puertas de su juzgado, para inteligencia de ellos, y prontamente se le dio.

A continuación se leyó una representación del Procurador General, denunciando la internación que don Benito Coros había hecho con el edificio del molino que compró al convento de San Agustín, en tierras correspondientes a la ciudad, pidiendo al mismo tiempo que don Luis de Santa María, como Director de obras públicas, practicase el debido reconocimiento y diese cuenta al Cuerpo para que expidiese las providencias que conviniesen. Y [sic] instruido el Ayuntamiento de esta solicitud, proveyó a su petición: "Como se pide”.

Asimismo hizo se le diese cuenta de las cartas de ciudadanía que se hallaban en informe al Ayuntamiento y su Procurador General, y habiéndose visto la que pretende don Domingo Díaz Muñoz, después de haber discutido sobre las circunstancias de este individuo y los términos tan irregulares con que glosa su petición, dijo y acordó que el informe que debía producirse, debía reducirlo su Procurador General a reproducir el que tenía dado el señor Regidor don Antonio de Hermida, como prefecto de policía.

Y habiendo igualmente visto otra petición de don José Antonio Mancheño entablada ante el Superior Gobierno sobre conseguir la misma gracia, a cuyo fin se pidió informe al Procurador General con anuencia del Ayuntamiento, precedido el del Prefecto de Policía respectivo a su jurisdicción, resolvieron los señores se evacuase en los propios términos que el anterior, por parecer que este individuo merecía ser acreedor a la carta de ciudadanía, por la adhesión y ninguna contrariedad que se le había notado a nuestro sistema, y no como don Domingo Díaz Muñoz, en quien se ha visto desde el primer paso de su instalación las acciones y operaciones más públicas de su adversidad.

Leyóse asimismo otra petición del europeo comerciante don Diego Cos sobre la misma solicitud, e instruido el Ayuntamiento de sus antecedentes para expedir el informe que debía darse, discutiendo sobre esta materia y sobre las circunstancias y operaciones de este sujeto, que exigían otro discernimiento y meditación, acordó y mandó se suspendiese la resolución hasta otro acuerdo.

Y, finalmente, habiendo visto la representación de don Roque Huicí pretendiendo se le otorgue la carta de ciudadanía por el Superior Gobierno, a cuyo efecto debía expedírsele el informe que previene el reglamento, consideró el Ayuntamiento el mérito de este gran vecino, su virtud y relevantes circunstancias, que lo hacían acreedor a esta gracia, no en los términos comunes que se les ha dado y concedido a otros, sino en términos que se le haga el mayor honor y distinción por su patriotismo el más decidido y por el interés que ha manifestado desde el primer paso de nuestra revolución a sostener el sistema de nuestra libertad, principalmente en la defensa de la patria que los enemigos de Lima han pretendido invadirla por Concepción, ayudando a su auxilio con soldados y donativos de dinero; y con esta consideración acordó el Ayuntamiento que el informe de su Procurador General se redujese a manifestar a la Excelentísima Junta el mérito de este vecino con las expresiones más eficaces y pedir se le otorgase la carta sublime de ciudadanía.

 

SESIÓN DE 22 DE JULIO DE 1813.
Empréstito.

Hallándose en la noche de este día los señores de este Ilustre Cuerpo y Tribunales diputados para tratar de los arbitrios que debían adoptarse para realizar la contribución del empréstito para socorro de las urgencias de la patria, que sostiene el numeroso ejército en el cantón del sur, en defensa de los enemigos de Lima, que han invadido a Talcahuano y Concepción, dando principio a su sesión se hicieron al mismo tiempo cargo de las gravísimas dificultades que abrazaba el lleno de esta comisión y las resultas que podían dimanar de comprender en esta derrama a vecinos y personas del país, no obstante de la fría indiferencia con que se han manifestado en el mayor peligro y las angustias que está padeciendo la patria; y hecho cargo de todo esto y de los odiosos comprometimientos a que quedaban expuestos los Cuerpos, y deseando llenar con acierto las órdenes de la Superioridad, unánimemente resolvieron se consultase al Excelentísimo Gobierno que si sin embargo de haber cesado la causa que motivaba esta contribución para sostener otro ejército en el Norte, por la invasión que también hicieron en el Huasco estos enemigos, debía llevarse adelante la ejecución de la colectación, y en este caso qué clase de personas deberían ser comprendidas, con respecto a que en los oficios que se habían pasado de la Excelentísima Junta sobre este particular no se designaban; y en su resolución contestó el Superior Gobierno el oficio que a su tenor se transcribe, y es como sigue: “Aunque falsificada la expedición invasora del Huasco, cesó el motivo de armar allí un ejército que reprimiera las osadas ideas del tirano del Perú que nos anunciaron; pero no por eso dejó de causarnos los cuantiosos gastos que se hicieron, ayudando a poner nuestro erario en la triste situación que hoy se ve. Cada día se agota con los que indispensablemente exigen las cosas del Sur, hasta ahora sin concluirse; y así, es indispensable el segundo empréstito que previno a US. el Gobierno, cuando no de los ciento cincuenta mil pesos, al menos de la mayor cantidad posible, prefiriéndose en esta contribución a los antipatriotas e indiferentes que no hayan tomado una parte activa en nuestra causa, ya con su influjo, con sus personas o con sus fortunas. Lo previene a US. la Junta en contestación a su oficio de ayer sobre el particular”.

 

SESIÓN DE 23 DE JULIO DE 1813.
Toma de posesión del cargo de inspectores de policía.- Renuncia de Joaquín Tocornal a su vara de Regidor.- Abolición de una de las Direcciones de Obras Públicas.- Representación del Alcaide de la cárcel.

Hallándose reunido los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular para acuerdo ordinario, y hallándose al mismo tiempo presentes don José Antonio Mesía y don Ramón Pasos para recibirse y tomar posesión de los empleos de inspectores de policía del cuartel correspondiente al prefecto don Francisco Javier Errázuriz, mandó el Ayuntamiento se procediese a este acto y por el presente escribano se les tomase el juramento de estilo; y habiéndolo verificado con todas las formalidades acostumbradas, se les dio la referida posesión, entregándoles para su instrucción el reglamento de su instituto; y habiéndose retirado, continuó sus acuerdos mandando se leyese una representación del Regidor don Joaquín de Tocornal, desistiéndose de la vara de su empleo, por sus continuas enfermedades y otras atenciones de negocios que le embarazaba su honroso desempeño. Y [sic] instruido el Cuerpo de su solicitud y las razones en que fundaba su renuncia, resolvió que con el correspondiente oficio se diese cuenta con ella al Superior Gobierno.

En seguida se vio un oficio de los ministros de la Tesorería General de Ejército, consultando al Gobierno el sueldo que deban abonar al Director de Obras Públicas don Juan Francisco Montaner, y una representación de éste, pretendiendo la posesión de este empleo; y enterado el Ayuntamiento de estas solicitudes y del decreto marginal que dictó el Superior Gobierno, del tenor siguiente: “Teniendo varios sobrestantes el presidio, informe el Ilustre Cabildo si será necesario el que tiene el Director de obras públicas o si su oficio podrá suplirse y servirse por aquéllos, consultando esta economía”. Y el Cabildo, después de haber meditado y reflexionado este particular, ordenó se informase a la Excelentísima Junta no ser necesario el ministro que mantiene el Director de Obras Públicas, porque su oficio puede muy bien desempeñarse por los sobrestantes del presidio; siendo en los mismos términos superflua la plaza de don Juan Francisco Montaner, porque también puede desempeñarse por el Director de Obras Públicas don Luis Santa María y sobrecargo del presidio don Ramón Moreno, resultando el beneficio de la economía de este sueldo.

Y, últimamente, se vio una representación del Alcaide Claudio Mengrano, haciendo ver al Ayuntamiento la falta de utensilios, como escobas, etc., para asear los inmundos calabozos de los reos, escaleras, etc., y la necesidad que había de socorrerlos con este pequeño desahogo para precaucionarlos de las enfermedades que pudiesen sobrevenirles de la corrupción de los aires; y que en esta atención se le mandase aplicar el real que contribuyen los esclavos, con cuya cuota se hacía cargo de desempeñar este encargo y obligación; y el Cabildo, enterado de esta pretensión, proveyó lo siguiente: “Esta parte ocurra a cualesquiera de los señores alcaldes, quienes están comisionados para proveerlo de los utensilios que necesite para el aseo de la cárcel, no habiendo lugar al preste del real de los esclavos, que le solicita con este fin”. Con lo que se cerró este acuerdo, firmándolo los señores en la sala capitular a 23 de julio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio de Rojas.- Isidoro de Errázuriz.- Antonio de Hermida.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Juan Francisco León de la Barra.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 27 DE JULIO DE 1813.
Reparación de calle de las Matadas.- Informe sobre carta de ciudadanía de Andrés Nicolás Orjera, Sargento Mayor de Voluntarios.

En la ciudad de Santiago de Chile, a 27 de julio de 1813, hallándose reunidos los señores del Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular para tratar en acuerdo ordinario del despacho de los negocios particulares del Cuerpo, mandó se viese el expediente que han obrado los vecinos de la calle de las Matadas sobre reparación de los empedrados, blanqueados y aseos de las casas que con parte de su peculio quieren costear para el recibimiento y entrada de nuestras tropas del Sur, sobre que el Superior Gobierno ha pedido se le informe acerca de su solicitud; acordó en su cumplimiento se ejecutase, accediendo a ella por la utilidad que resulta de la composición de dicha calle, y que el mayor costo que se impendiere podía salir del ramo de balanza, por ser el único que puede sufragarlo, porque los demás están destinados para otras atenciones precisas e indispensables; pero que, consultando el menor gravamen del erario, sería lo más conveniente excitar el esfuerzo y generosidad de los vecinos que no están en la lista de los contribuyentes, para que concurran a la obra como los demás.

Y, últimamente, se vio el expediente del Sargento Mayor de Voluntarios don Andrés Nicolás de Orjera sobre solicitud de carta de ciudadanía; y el Ayuntamiento, instruido del informe de su correspondiente Prefecto, acordó se reprodujese por su Procurador General. Con lo que se concluyó, y lo firmaron los señores, en la sala capitular, a 27 de julio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio de Rojas.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Juan Francisco León de la Barra.- Isidoro de Errázuriz.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.

 

SESIÓN DE 28 DE JULIO DE 1813.
Dudas sobre empréstito.

Estando en la noche de este día reunido el Ayuntamiento y corporaciones en la sala capitular para tratar sólidamente los asuntos a que es referente la sesión [del] día 22, y puestos estos Cuerpos en el orden de su representación y dignidad, y tomando la voz el Secretario hizo presente a los señores el estado en que había quedado pendiente la discusión anterior sobre la comisión y encargo que se le dio al señor Regidor don Antonio José de Irisarri para que privadamente tratase de indagar la inteligencia y verdadero espíritu del oficio constestatorio del Excelentísimo Gobierno inserto en la indicada sesión, sobre las dificultades y dudas que asistían a las corporaciones en la designación de les individuos a quienes debía abrazar la actual contribución; y habiendo satisfecho a los señores su confianza, abrieron discusión sobre el mismo número particular; y después de haber reflexionado y tratado [de] allanar y a fondo cerciorarse de la inteligencia de la contestación del Gobierno, entraron en acuerdo las corporaciones y resolvieron que para no dilatar mas la conclusión de su comisión y embarazarse con estas dificultades, se pasase a la Excelentísima Junta un oficio más expresivo para que ilustrase el espíritu y verdadera inteligencia de su anterior orden, para proceder sin interrupción en el objeto de su asistencia: lo que se puso en ejecución en la misma noche, según lo acredita el libro copiador de oficios, quedando pendiente esta sesión para continuarla con la resolución que diere el Excelentísimo Gobierno.

 

SESIÓN DE 30 DE JULIO DE 1813.
Lista de contribuyentes y nuevas dificultades relativas al empréstito.

Hallándose  a las horas acostumbradas los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento y corporaciones en la sala capitular para continuar la ejecución de la comisión a que son referentes las sesiones precedentes, y recibido del Excelentísimo Gobierno un oficio, mandaron se abriese, e instruidos de su contenido, cuyo tenor es corno sigue: “Conforme al oficio de US. fecha 28 del que expira, sobre que no entiende bien quienes son los que deben contribuir con los préstamos que se deben exigir, con la de hoy ha decretado el Gobierno lo que sigue: “Contéstese al ilustre Cabildo que deben incluirse en la contribución por vía de préstamo, no sólo los declarados antipatriotas, sino también los indiferentes, y aún aquellos patriotas que ni con sus personas ni con sus intereses, a proporción de lo que podían, han ayudado a la defensa de su patria en los apuros que ha estado y se mantiene”. Se le transcribe a US. para su inteligencia y en con testación a su citado [oficio].

Y viendo que era contestación del que se hace mérito en la citada anterior sesión, abrieron nueva discusión sobre el mismo asunto, reflexionando sobre las mismas dudas que se habían propuesto al Gobierno y con conocimiento de las peligrosas resultas que podrían dimanar de una operación que no le es privativo formar al Cabildo y corporaciones en el orden social del pueblo que representa, de cuyo beneficio, quietud y tranquilidad sólo debe tratar en circunstancias principalmente de los acontecimientos de la presente revolución y que es propio verificar y ejecutar al mismo Gobierno en unión y acuerdo del ilustre Senado, cuyo derecho no reclamó el Cuerpo y corporaciones en la derrama anterior que verificaron de su superior orden. Después de haber meditado este asunto tan grave con cuantas consideraciones podían tenerse presentes, y después de haber uniformado las corporaciones sus pareceres, acordaron y resolvieron que, concluida la lista de los individuos que deben prestar la contribución hasta en la cantidad que ha podido calcularse, comprendiendo las clases de personas que expresan los oficios del Gobierno, se le pasase con el correspondiente oficio, representándole y pidiéndole la declaratoria de los puntos que contiene el que de este intento se halla copiado en el libro de esta materia, cuya ejecución debe verificarse al tiempo y hora misma de dar punto y conclusión a la comisión. Con lo que y por ser más de las nueve de la noche, se suspendió la sesión para continuarla en las subsiguientes.

 

SESIÓN DE 31 DE JULIO DE 1813.
Lista de contribuyentes del empréstito.

Reunido el Ayuntamiento y corporaciones en la noche de este día y a las horas acostumbradas en la sala capitular de acuerdos para dar la última mano y conclusión al importante asunto de la comisión a que hacen relación los antecedentes de esta materia, hicieron el último escrutinio y graduación de la contribución en todos aquellos individuos y personas que a proporción de sus haberes podían verificar el empréstito, con arreglo a las ejecutivas órdenes del Excelentísimo Gobierno de diez y nueve de junio, veinte y tres y veinte y nueve de julio del presente año; y revisadas las listas de su formación, la gruesa de la cantidad de dinero calculado, y convencidos de no poderla extender a mayor número, por no encontrar sujetos que deban sufrir la contribución, según el espíritu y especificación de las órdenes del Gobierno, ordenaron los señores,  después de haber hecho larga reflexión sobre este delicado asunto, se diese por concluida su comisión y se preparasen las listas o razón que debía pasarse a la Excelentísima Junta, sin que se verificase hasta que el Gobierno mismo las exigiese al Cuerpo para los fines de su resolución, o que las necesidades de la patria pidiesen con mayor urgencia este socorro y auxilio; teniendo las corporaciones en consideración las resultas de la incomodidad y sentimiento que recibiría el pueblo, en que el Cabildo, que debe aspirar por su representación a sólo su alivio, sosiego y tranquilidad, concurriese a imponerle una pensión perjudicial y gravosa, desamparando los fueros y derechos con que debe proteger al público, cuyo temperamento o la suerte de nuestros acontecimientos de la presente guerra evitase tal vez la ejecución de este segundo empréstito. Con lo que y con inteligencia de todos los acuerdos y demás particulares que han obrado sobre esta materia, firmaron esta [sic] acta, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 6 de agosto de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Pedro Nolasco Valdés.- Antonio Josa de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.