Señor:
En este momento que recibe el Poder Ejecutivo la orden de V. A. para que provea a la ejecución de las peticiones del pueblo y jefes militares que se sirve incluirle, advierte que debiendo recibir las peticiones su sanción por Decreto del Alto Congreso, no se registra en los documentos precitados: éstos así por su calidad de peticiones como por la contrariedad que ellas mismas se versa, no aseguran al Poder Ejecutivo en la previsión que se le manda; sírvase V. A. resolverlas detenidamente para que podamos proveer a su ejecución, como nos ordena.
Dios guarde a V. A. muchos años. Santiago y noviembre 18 de 1811. Señor.-
José Miguel Carrera.- Bernardo O'Higgins.- Doctor Gaspar Marín.
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