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La Aurora de Chile
Número 41. Jueves 19 de Noviembre de 1812. Tomo I.
Artículo de oficio. Decreto de la Junta Gubernativa, de 12 de Noviembre de 1812, ordenando la suspención de una investigación iniciada por conspiración.

Santiago,  12 de Noviembre de 1812.

Apareciendo por la última declaración documentada de un diario de navegación, que ha manifestado don Felipe del Castillo Albo, del certificado que sigue, de haber dado fondo en Valparaíso el 16 de Agosto último la fragata Resolución que le trajo de Lima, que la obligación de 3 del mismo Agosto de concurrir con dinero para los gastos de la conspiración meditada contra el gobierno, es incontestablemente supuesta, cuando lo nomina entre los 35 convenidos al efecto, a tiempo que se hallaba navegando ese día y a la distancia de 31 grados 16 minutos de latitud; y resultando por el detenido examen que por ese antecedente se ha hecho del papel anónimo de fojas 56 con que se acompaña aquella obligación firmada de siete sujetos de los 35 que enumera el cuerpo de ella, que ha sido una maniobra de algún enemigo de la tranquilidad pública, como además lo convence el ser esa obligación de fojas 58 de letra disfrazada cuando no había motivo para ello si sus autores habían convenido en subscribirla a continuación; el estar reglado con lápiz o plomo el papel anónimo del delator, como lo está también la obligación que acompañaba; el no hallarse más que siete firmas desde el 3 de Agosto, cuando si había la connivencia, o convenio que se supone, hubo tiempo sobrado para que todos la subscribiesen y el designar el papel anónimo la causal, o excusa no pedida, de verse trémulas algunas de las siete firmas, atribuyéndolo al efecto del crimen, para que no se sospechase la verdadera causa del trabajo de remedarlas; por estas, y otras consideraciones que ministra el sumario en orden a la inconsecuencia y perfidia del autor, y a la inocencia de los que reconocieron de buena fe en sus confesiones las firmas antes de leer la obligación, que no lo habrían hecho si estuvieran instruidos previamente de su contenido, como negaron ser de su puño luego que la leyeron, suspéndase el curso de esta investigación, siguiendo solamente el del asunto principal, en que concurren otras pruebas e indicios contra otros, insertándose esta providencia en la Gaceta para satisfacción de los que fueron arrestados, confusión del autor de la calumnia, y justificación imparcial de esta comisión del Superior Gobierno.

Carrera.- Doctor Villegas.
Ante mí, Torres.